viernes, 30 de enero de 2015

CUMPLIRÁ INE OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DE FISCALIZACIÓN



·         Aprueba INE clasificación de gastos de precampaña y obtención de apoyo ciudadano

Las y los Consejeros Electorales, en sesión extraordinaria, afirmaron que el Instituto Nacional Electoral (INE) trabaja para que el mandato constitucional de garantizar la construcción del Sistema de Fiscalización se lleve a cabo con puntualidad y absoluta concreción.

Ante los planteamientos de los partidos políticos sobre el inicio del proceso de rescisión del contrato de la empresa Scytl, la cual operaba la construcción del Sistema de Contabilidad en Línea, el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova, aseguró que, frente a cuestionamientos sobre la viabilidad del sistema y los riesgos de su implementación, “no existen naufragios, ni claudicación, ni crisis, ni mucho menos intencionalidades políticas, el INE llevará a buen puerto el tema de la fiscalización, ya que es condición indispensable para que la reforma política electoral se concrete”.

“Asumimos con toda responsabilidad el mandato constitucional y un problema contractual derivado del incumplimiento de un particular no puede poner en riesgo lo que es la columna vertebral de la reforma política”, enfatizó.

Lorenzo Córdova informó que el Instituto ha detonado una ruta de construcción de un sistema que se le ha encomendado a la Unidad de Servicios de Informática del INE y cuenta ya con el respaldo, la asesoría técnica y la infraestructura informática necesaria por parte de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Por su parte, el Consejero Benito Nacif, Presidente de la Comisión de Fiscalización, aseguró que el Instituto valora las mejores alternativas para brindar certeza, seguridad jurídica y transparencia a la opinión pública y a los sujetos regulados para la aplicación de la ley.

El Consejero Ciro Murayama,  afirmó que los problemas administrativos con una empresa particular no pueden volverse un problema político ni de certeza en cuanto al cumplimiento de las obligaciones de los partidos de presentar con toda puntualidad sus cuentas, ni de la autoridad de revisarlos, fiscalizarlos y castigarlos si hay incumplimiento, por lo que el INE no cederá en el cumplimiento de cabal de sus responsabilidades.
Durante la sesión, el Consejo General determinó por unanimidad la clasificación de gastos de precampaña y obtención de apoyo ciudadano para el caso de los aspirantes a candidatos independientes en tres rubros:



a) Gastos de propaganda: bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos, propaganda utilitaria y otros similares;

b) Gastos operativos: sueldos y salarios del personal eventual; arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles; transporte de material y personal, viáticos y otros similares;
c) Gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos: son aquellos realizados en cualquiera de tales medios como inserciones pagadas, anuncios publicitarios y sus similares, tendentes a la obtención del apoyo ciudadano.

Al respecto, el Consejero Benito Nacif, mencionó que para una fiscalización adecuada, se requieren los insumos correctos e información homogénea y oportuna sobre las operaciones de los partidos políticos; por lo que este acuerdo indica cómo deberán registrar operaciones los actores políticos, de tal modo que se permita al INE fiscalizar los ingresos y gastos que se utilicen a propósito de las precampañas y las actividades de obtención del voto ciudadano.

Las Consejeras y Consejeros Electorales recibieron un informe sobre las acciones efectuadas por los partidos políticos nacionales respecto a la definición del procedimiento aplicable para la selección de sus candidatos a cargos de elección popular.

Lo anterior, en cumplimiento al acuerdo INE/CG209/2014, por el que se establece el período de precampañas para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, así como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas.


Posteriormente, el Consejo General celebró una segunda sesión extraordinaria durante la cual fue modificado el Reglamento de Sesiones y funcionamiento de las Comisiones de Vigilancia, en lo relativo a la periodicidad de las sesiones, las cuales se llevarán a cabo una vez al mes durante el desarrollo de los procesos electorales federales.

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