• Quien delinque también tendrá una multa de más de 179 mil
pesos
Tepic, 11 de julio de 2021.- Aumentan las sanciones por
ciberviolencia: la Trigésima Segunda Legislatura aprobó reformas al Código
Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por las
que se prevén penas a quienes distribuyan y comercialicen imágenes, audios o
videos de contenido real o manipulado por una persona de contenido erótico,
sexual o pornográfico sin consentimiento de la víctima; a quienes cometan este
delito se le impondrá una sanción de dos a seis años de prisión y
una multa de mil a 2 mil Unidades de Medida y Actualización; es decir de
89 mil 600 pesos hasta más de 179 mil pesos.
La sanción aumentará hasta una mitad más, cuando el que
delinque mantiene o haya mantenido una relación de confianza, laboral,
política, afectiva o sentimental con la víctima; cuando el delito se cometa en
contra de una persona con discapacidad o pertenezca a algún pueblo originario o
si la víctima sea menor de 18 años. También se aplica esta sanción cuando un
medio de comunicación impreso o digital reproduzca los contenidos y los haga
públicos incluyendo cuando la difusión de los contenidos sean para fin de
lucro.
En el dictamen aprobado se establece agregar al sujeto
activo de delito al servidor público que por motivos del procedimiento penal
difunda, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, comercialice,
oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada,
documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias,
objetos, instrumentos.
Las penas se incrementarán hasta una tercera parte sí la
información que se difunda es para dañar la dignidad de la víctima o sus
familiares, se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes incluyendo
para quien difunda las circunstancias de la muerte, de las lesiones o del
estado de salud de la víctima.
La legisladora promovente, diputada Elizabeth Rivera
Marmolejo, argumentó que se ha generado la regulación jurídica de la violencia
y el acoso cibernético por medio de las llamadas Ley Olimpia y Ley Ingrid, por
lo que Nayarit no queda exento y se logra la armonización del Código Penal y la
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para ser aplicables
la Ley Olimpia y Ley Ingrid y castigar tales delitos.
La Ley Olimpia, no es una ley, es un conjunto de reformas
que reconocen la violencia digital y sancionan los delitos que violen la
intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida
como ciberviolencia.
La Ley Ingrid, son acciones legislativas para evitar la
sobrevictimización y el fomento de la violencia que se presenta en los delitos
de género con la difusión de los contenidos, los cuerpos o de elementos del
lugar donde se exhibe la vulneración y el flagelo que sufrieron las víctimas
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