· Por la
utilización de recursos públicos para realizar un evento público, se impone una
multa a Morena por 330 mil 339.32 pesos
El
Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad
modificaciones al Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) y
del personal de la Rama Administrativa, en lo relativo al reingreso y a la
reincorporación como vías de ocupación de plazas vacantes del SPEN y en
acatamiento a la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, dictada en el expediente SUP-JLI-30/2022,
a propuesta de la Junta General Ejecutiva.
El acuerdo
aprobado, en sesión extraordinaria, modifica el Estatuto del Servicio
Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, en sus
artículos 8, 54, 55, 217, 219, 220, 413 y 415.
Permiso
de paternidad y por adopción por 90 días
Entre estas
modificaciones destaca la del Artículo 54 del Estatuto que establece que “el personal
masculino del Instituto, con motivo del nacimiento de un hijo, tendrá derecho a
un permiso de paternidad que consistirá en un periodo de noventa días naturales
con goce de sueldo, posteriores al nacimiento del menor, el cual se otorgará
ante la solicitud que se presente dentro de los quince días antes y hasta
quince días después del parto.
Para
ello deberá exhibir la copia del certificado de alumbramiento o copia
certificada del acta de nacimiento correspondiente al término de la licencia,
así como demás documentos necesarios para tal efecto”.
Asimismo,
la adecuación al Artículo 55 del Estatuto, señala que “el personal del
Instituto tendrá derecho a un permiso por adopción cuando adopte a una o un
menor de edad, dicho permiso será concedido por un periodo de noventa días con
goce de sueldo, posteriores al día en que el solicitante reciba al menor de
edad adoptado. Para tal efecto se deberá informar a la Dirección Ejecutiva de Administración
y presentar la documentación legal que acredite los trámites de la adopción”.
Sanciona
INE irregularidades en la fiscalización
En
otro punto de la sesión, la autoridad electoral nacional resolvió ocho
procedimientos administrativos sancionadores y de queja en materia de
fiscalización instaurados en contra de partidos políticos nacionales, de los
cuales dos se declararon fundados.
De los
procedimientos declarados fundados, en un caso sólo ameritó una amonestación
pública al extinto partido Fuerza por México y en otro se impuso al partido
Morena una multa equivalente a 330 mil 339.32 pesos, por la utilización de
recursos públicos para la realización de un evento público en la explanada de
la Presidencia Municipal de Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, enmarcado
en la Consulta de Revocación de Mandato.
A
continuación, las Consejeras y los Consejeros dieron por recibido el Primer
Informe Trimestral de Actividades de la Junta General Ejecutiva correspondiente
a los meses de enero, febrero y marzo de 2023.
Adicionalmente,
el órgano colegiado resolvió 28 procedimientos sancionadores ordinarios por
hechos que se considera constituyen infracciones a la ley en materia de quejas
y denuncias, consistentes en afiliaciones indebidas a partidos políticos.
De
éstos, en 14 casos se acreditó la infracción, por lo que se impusieron amonestaciones
públicas y sanciones de tipo económico a diversos partidos políticos.
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