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miércoles, 13 de septiembre de 2023

Obtiene FGEN sentencia condenatoria por el delito de desaparición forzada de personas y delitos cometidos por servidores públicos


 

• Se acreditó que el Director y elementos de Seguridad Pública de Compostela participaron en la desaparición de una persona en el año 2020

 

Tepic, Nayarit; 13 septiembre de 2023.- La Fiscalía General del Estado a través de la Fiscalía Especializada en Investigación de Personas Desaparecidas, obtuvo dentro de la Causa Penal 1233/2020 una sentencia condenatoria mediante juicio oral por los delitos de desaparición forzada de personas y delitos cometidos por servidores públicos en contra de cinco personas, quienes al momento de los hechos se desempeñaban como elementos de Seguridad Pública del municipio de Compostela, Nayarit.

 

De los hechos se conoce que la víctima fue detenida a bordo de su vehículo en compañía de otras personas a finales del mes de abril del año dos mil veinte en Rincón de Guayabitos, por parte de elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Compostela. Esta detención la llevaron a cabo los elementos municipales ya que se indicó que la víctima portaba un arma de fuego, por lo que una vez que fue asegurada la víctima, sus acompañantes y el vehículo, pretendieron dejarlo detenido en el Ministerio Público local, pero al indicárseles que por la posesión del arma de fuego el delito era de competencia federal, el Director de Seguridad Pública Municipal les dio la indicación a sus agentes que dejaran detenida de manera administrativa a la víctima y a sus acompañantes, siendo trasladados a las instalaciones de la cárcel municipal de La Peñita de Jaltemba, en donde supuestamente habrían dejado en libertad a la víctima tras el pago de una supuesta multa, sin que en ningún momento se corroborara que la víctima recobró su libertad y tampoco se localizara su vehículo.

 

Durante el desarrollo del Juicio Oral, la Fiscalía acreditó una serie de irregularidades que cometieron los policías municipales desde el momento de detener al ofendido, así como el falseamiento de información respecto de lo que había sucedido con él cuando fueron requeridos por su familia y por las autoridades que investigaban su desaparición, además que el ocultamiento de información sobre lo que se hizo con la víctima por parte de los elementos que participaron en los hechos, así como del Director de Seguridad Pública -quien en todo momento tuvo conocimiento de lo sucedido-, tuvieron como consecuencia que desde la fecha de la detención se desconociera lo que ocurrió con la víctima y dónde podía ser localizada.

 

Por lo anterior, el Tribunal de Enjuiciamiento encontró suficientes los elementos de prueba aportados por los Agentes del Ministerio Público para acreditar que las acciones desplegadas por los acusados configuran el delito de desaparición forzada de personas y delitos cometidos por servidores públicos, por lo cual se les declaró culpables de la comisión de estos ilícitos.

 

De esta forma se determinó la responsabilidad penal de los sentenciados: A Gibrán “N” se le dictó el correspondiente fallo condenatorio y se le impuso una sentencia de 55 años de prisión, además de pagar 17,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa; a Edgar “N” se le dictó el correspondiente fallo condenatorio, imponiendo en su contra sentencia de 55 años de prisión, además de pagar 17,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa; a Nelson “N” se le dictó el correspondiente fallo condenatorio, imponiendo en su contra sentencia por 45 años de prisión, además de pagar 12,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa; a Francisco Javier “N” se le dictó el correspondiente fallo condenatorio, imponiendo en su contra sentencia de 45 años de prisión, además de pagar 12,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa; en tanto, a Miguel “N” se le dictó el correspondiente fallo condenatorio imponiendo en su contra sentencia por 45 años de prisión, además de pagar 12,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa.

 

Es preciso hacer mención que esta es la primera sentencia que se obtiene por el delito de desaparición forzada de personas en Nayarit.

 

Con acciones como esta, la Fiscalía General del Estado refrenda su compromiso de atender esta sensible problemática social, investigando y llevando a los responsables de esta clase de hechos ante la justicia.

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