Líneas
Por:
José Ma. Narváez Ramírez
Después de uniformar criterios al resolver asuntos
mercantiles sometidos a su consideración, magistrados de la Sala Civil del Tribunal
Superior de Justicia y jueces de primera instancia del estado celebraron una
reunión de análisis de normas internacionales y jurisprudencia de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación
que tienden a evitar la usura en operaciones de crédito.
Al inicio de la reunión
a la que también acudieron secretarios de estudio y cuenta del Tribunal
Superior, el presidente del Poder Judicial de Nayarit, magistrado Pedro Antonio
Enríquez Soto, hizo una breve mención sobre control de convencionalidad y
destacó la importancia de que los juzgadores garanticen la protección de los
derechos humanos.
Igualmente, se
refirió a las antinomias o contradicciones entre diversas normas y que pueden
ser literales, de interpretación o de aplicación a los casos concretos. Agregó
que los juzgadores deben en dado caso identificar dichas contradicciones y
resolver de forma que garantice a las personas la más amplia protección de
derechos, como dicta nuestra Constitución.
En seguida, la
magistrada Rocío Esther González García, presidenta de la Sala Civil , detalló el
criterio de la Corte
emitido este año, el cual en relación con los pagarés establece que el artículo
174 de la Ley General
de Títulos y Operaciones de Crédito permite a las partes pactar intereses de
manera libre, con la limitante de que los mismos no sean usurarios. Se trata,
según se explicó, de una interpretación conforme a la Constitución.
En la reunión
que tuvo lugar en el salón de sesiones Prisciliano Sánchez Padilla de la sede
del Poder Judicial se precisó que, de acuerdo con dicha jurisprudencia, cuando
los jueces estén convencidos de que un interés pactado en un pagaré es
notoriamente excesivo o produce usura, pueden de oficio —es decir sin que la
parte deudora se los pida— reducirlo a su criterio, de forma razonada y motivada,
y apreciando tanto las circunstancias particulares del caso como las
constancias de actuaciones que válidamente tengan a la vista al momento de
resolver.
Más tarde, la
magistrada González García expuso los elementos objetivos y subjetivos que
deben considerar los jueces al evaluar si hay exceso en la tasa de interés y
fundar debidamente sus resoluciones en la materia.
Por otra parte,
se hizo referencia a algunos antecedentes normativos en este tipo de asuntos,
como el artículo 21.3 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, que
prohíbe la usura como forma de explotación del hombre por el hombre. Cabe
señalar que dicha Convención fue suscrita por el Estado mexicano y en estas
condiciones, por disposición constitucional, está vigente en nuestro país.
Los magistrados
Roberto Arturo Herrera López y Rodolfo Adrián Rodríguez Alcántar, quienes
también forman parte de la
Sala Civil , participaron en la reunión, lo mismo que secretarios
de estudio y cuenta del Tribunal Superior, jueces mixtos y mercantiles del
Estado.
La reunión concluyó
luego de más de tres horas de un productivo intercambio de opiniones y
experiencias entre servidoras y servidores del Poder Judicial con tareas
jurisdiccionales.
Control…
Señores… Control… Usureros de Nayarit: A temperar sus ansias de enriquecimiento
ilícito, sino se las verán con los magistrados y jueces del TSJ