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La resolución no es política,
sino jurídica: Lorenzo Córdova
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La determinación fue tomada
por seis votos a favor y cinco en contra
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Integrantes del Consejo
rechazan amenazas y presiones
El Consejo General
del Instituto Nacional Electoral (INE) confirmó la sanción impuesta,
consistente en la pérdida o cancelación del registro como candidata y
candidatos, a Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y
Adela Román Ocampo, precandidatos al Gobierno de Guerrero, así como a Raúl
Morón Orozco, candidato a Gobernador de Michoacán.
Los acuerdos
aprobados, en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinan que la omisión de
presentar informes de gastos de precampaña por parte de la y los precandidatos
cuando ejercieron recursos en dicha etapa es una falta grave mayor, ya que
vulnera la fiscalización y comprueba el dolo en dicha conducta.
Asimismo, la
autoridad electoral acreditó la falta de voluntad o disponibilidad de la y los
ciudadanos que ostentaron precandidaturas para presentar el informe de
precampaña dentro del plazo establecido por la legislación y, en su caso, el
momento en el que fue presentado no permitió al Instituto determinar el origen
y destino de los recursos usados en el periodo de precampaña y, en
consecuencia, impide la rendición de cuentas.
En su acuerdo, el
INE cambió la sanción impuesta a Luis Walton Aburto, precandidato de Morena a
la Gubernatura de Guerrero, ya que presentó un informe que incluye gastos de
precampaña realizados, por lo que no se acredita que haya intentado burlar la
fiscalización al presentar un informe en ceros y a destiempo como en los demás
casos, por lo que únicamente se le impone una sanción económica equivalente a
217 mil 200 pesos.
No entregar los
informes abre la puerta a la opacidad
El Consejero
Presidente del INE, Lorenzo Córdova, recordó que trasparentar el origen y
destino del dinero invertido en la política ha sido el objeto de una larga
lucha de quienes por más de dos décadas han exigido y conseguido que haya
equidad en las contiendas electorales.
“No es un tema
político, sino estrictamente jurídico y tiene que ver con la imposición de
sanciones a una serie de irregularidades en materia de fiscalización que han
sido confirmadas por la máxima autoridad jurisdiccional electoral de nuestro
país”, mencionó.
Aclaró que el
Tribunal Electoral resolvió y dio la razón al INE al determinar que la omisión
en la entrega de los informes de fiscalización es una violación a la ley. “Eso
ya está juzgado y la Sala Superior del Tribunal ya le dio la razón al INE; se
trata, pues, de una verdad jurídica”.
La fiscalización
tiene un doble propósito, agregó Lorenzo Córdova: garantizar que todos los
recursos que se usan para financiar a la política provengan de fuentes lícitas
y que no se rebasen los topes establecidos, lo que permite un margen de equidad
en la contienda.
“No entregar los
informes respectivos es una falta muy grave, porque abre la puerta a la
opacidad en la contienda por los poderes públicos, porque impide la rendición
de cuentas de los actores políticos y porque vulnera la equidad de las
elecciones y la transparencia de nuestra democracia”.
Aclaró que “el INE
no está en contra de nadie, de ninguna fuerza política ni de ningún actor
político. Quien diga lo contrario, simple y sencillamente miente. El INE está
en contra de quien viole la ley, sea quien sea, el INE está con la Constitución.
Nuestro compromiso con la equidad e imparcialidad y legalidad de nuestras
elecciones ha sido, es y será irrenunciable”.
“Por eso a este
INE, a estas consejeras y a estos consejeros electorales nadie los va a
amedrentar ni siquiera con amenazas directas y abiertamente ilegales”, aseveró
el Consejero Presidente.
Si queremos vivir
en un país verdaderamente democrático debemos ceñirnos a la Constitución
Por su parte, la
Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos
Políticos, explicó que los proyectos aprobados llegan a la conclusión de que
los sujetos obligados intentaron engañar a la autoridad, presentando sus
informes en ceros, a pesar de que se les encontraron gastos que habían
realizado en las precampañas.
También se llega a
la conclusión, ya que ha quedado acreditado, que en el caso concreto no medió
voluntad por parte de los sujetos infractores de cumplir con la normatividad en
materia de fiscalización y, también, que sí hubo la intencionalidad de tratar
de burlar la fiscalización que tenía que realizar esta autoridad.
“Si queremos vivir
en un país verdaderamente democrático, todas las personas debemos ceñirnos a lo
que contempla la Constitución, las leyes, el marco convencional y jurídico
y este deber se impone tanto a la
población en general, a los actores políticos, a las personas aspirantes a
candidaturas a cargos de elección popular y obviamente este deber también se
impone a todas las autoridades”, dijo Adriana Favela.
Sancionados tenían
la obligación de presentar informes de precampaña
La Consejera Dania
Ravel ratificó que los impugnados tuvieron el carácter de precandidatos y, por
lo tanto, tenían la obligación en materia de fiscalización de entregar sus
informes de gastos de precampaña, tal como lo estableció la Sala Superior.
“En acatamiento,
hemos llevado a cabo un nuevo análisis de las conductas cometidas y hemos
valorado todas las circunstancias particulares de cada caso concluyendo que, en
casi todos los casos, salvo el de Luis Walton, pues se confirma la sanción que
originalmente nosotros habíamos considerado, porque no tuvieron la voluntad de
dar cumplimiento a su obligación de presentar los informes de gastos de
precampaña”, sostuvo.
Las sanciones
deben ser ejemplares para inhibir la comisión de irregularidades
“La ciudadanía
merece saber que toda persona que aspira a un cargo de elección popular se
conduce dentro de los cauces legales”, indicó la Consejera Carla Humphrey.
Señaló que cuando
se violenta la fiscalización “no sólo se incurre en una responsabilidad que
debe ser sancionada para disuadir o inhibir su comisión, sino que además está
atentando contra el régimen democrático y las reglas de la contienda por lo que
las sanciones deben ser ejemplares para inhibir la comisión de irregularidades”.
Agregó que el
Tribunal en su sentencia ordenó la individualización de las sanciones
impuestas, analizando cada caso en particular, las circunstancias, así como la
disposición de las personas a cumplir con la norma, la gravedad de la falta y
la sanción. En su opinión, “la infracción alcanza tal magnitud que no sólo pudo
haber comprometido la equidad en la contienda electoral, sino que pudo
representar una violación a los principios de certeza, legalidad y equidad en
las contiendas”.
Necesario no generar
incentivos perversos para evadir la fiscalización
La Consejera
Claudia Zavala consideró que el tema fundamental no es el monto del gasto que
encontró el INE a cada una de las precandidaturas, sino la conducta procesal de
resistencia a la fiscalización, ya que el monto que se plantea en el proyecto
no corresponde con la realidad, como sucedió con el reporte que finalmente
entregó uno de los precandidatos con un monto significativamente mayor a los
hallazgos de la autoridad.
En este sentido,
dijo que la sanción debe ser calificada como grave mayor y enfatizó en la
importancia de no generar incentivos perversos en el sistema de fiscalización
para que se pueda medir una consecuencia o una sanción a costa de derribar la
transparencia: “la revisión de cuentas en función del análisis que hagan los
partidos para ver si es más barato pagar una multa o recibir la consecuencia
que el legislador estableció”.
Hay faltas y las
faltas merecen ser sancionadas
El Tribunal
confirmó lo que el INE vio y documentó, que el partido Morena y sus candidatos
incumplieron con la obligación de rendir cuentas pues “hubo precampaña y
precandidatos”, sostuvo en la sesión el Consejero Ciro Murayama.
“Hay faltas y las
faltas merecen ser sancionadas, de eso no deja duda el TEPJF”, por lo que
ratifica que la sanción es constitucional y es válido aplicarla. “En su
sentencia confirma que la cancelación de una candidatura por incumplir con la
rendición de cuentas de un precandidato no es excesiva ni lesiva del derecho”.
Agregó que la
multa impuesta a Morena por más de 6.5 millones de pesos es firme e irrevocable
y ya no es parte del acatamiento, ya que el Tribunal la confirmó, “porque el
partido ocultó sus precampañas, no registró ante el INE a sus precandidatos ni
sus datos. Dirigentes y representantes partidistas quisieron ocultar la
realidad”.
El Consejero Jaime
Rivera Velázquez aseguró que el Tribunal Electoral avaló que las conductas
infractoras señaladas por el INE están acreditadas y que la norma que establece
la sanción es válida por lo que, en pocas palabras, dijo, “el Tribunal confirma
los hechos que constituyen la infracción, la validez de las normas aplicables y
la procedencia de sanción al partido”.
A pesar de lo
anterior, destacó, la Sala Superior argumenta que es posible otra
individualización de la sanción, no porque la norma no sea clara, específica y
aplicable a las conductas acreditadas, sino porque sería posible otra
interpretación a fin de proteger derechos humanos que podrían ser vulnerados
con la aplicación estricta de la ley, pero “para un órgano de legalidad como lo
es esta autoridad administrativa, la aplicación de las reglas expresas es un
deber ineludible”.
Cinco votos en
contra de la cancelación de los registros
En ambos proyectos
cinco integrantes del Consejo General votaron en contra del retiro de la
cancelación de las candidaturas.
La Consejera
Adriana Favela propuso imponer como sanción 200 por ciento del monto
involucrado y no proceder a la cancelación del registro de la y los candidatos
sancionados.
La obligación es
también de los partidos políticos
El Consejero José
Roberto Ruiz consideró que en materia de fiscalización los partidos políticos
son los que tienen una responsabilidad mayor respecto de las y los
precandidatos, toda vez que éstos no tienen un control de las acciones del
partido en la entrega de dichos informes.
“Quiero manifestar
que no acompaño los proyectos de acuerdo de éste y del siguiente punto del
orden del día, por sus propios méritos y en su justa dimensión los mismos no son
dignos de esta gran institución y de los anhelos democráticos del pueblo
mexicano, en efecto, los proyectos de acuerdo adolecen de graves
inconsistencias jurídicas”, aseveró.
La Consejera Norma
De la Cruz cuestionó que la resolución omita considerar el monto de los gastos
involucrados para el impacto o trascendencia de la fiscalización y para valorar
la trascendencia de la falta en que incurrieron los precandidatos de Guerrero.
Bajo esta premisa,
estimó que la sanción resulta desproporcional tomando en cuenta los montos
involucrados y los beneficios que tuvieron cada uno de los precandidatos, así
como el que la Sala Superior pidió al INE proteger, respetar y garantizar los
derechos político-electorales.
El Consejero
Uuc-kib Espadas fundamentó su voto en contra de los proyectos de acuerdo
relacionados con el retiro y cancelación de candidaturas, pero exigió respeto a
la autoridad electoral, pues argumentó que la crítica en democracia debe ser un
claro sustento de realidades, por lo cual exigió disminuir el nivel de
fricciones que el debate conlleva.
“Rechazo, sin
ningún tipo de matices, los sucesivos intentos de intimidación que en las
últimas horas se han vertido sobre los consejeros y las consejeras de este
órgano, sus domicilios y en consecuencia sus familias”.
En seguida, el
Consejero Martín Faz mencionó que, desde su punto de vista, los proyectos
aprobados no cumplen con lo mandatado en la sentencia, “al no hacer un adecuado
análisis de proporcionalidad en dos sentidos: a partir del cual se pueda
individualizar la sanción en términos del marco constitucional y legal, así
como lo expresamente ordenado por el Tribunal Electoral”.
Consideró
deficiente la ponderación entre el derecho a ser votado, la certeza,
transparencia y rendición de cuentas “pues no se abordan todas las gradas del
test desarrollado por la Suprema Corte, pues no se justifica ni la idoneidad,
ni la necesidad de imponer la sanción de pérdida de registro o alguna otra del
catálogo de sanciones”.
Los proyectos,
abundó, no obedecen las directrices dictadas para la calificación de la falta,
ni la individualización de la sanción y, por tanto, no dan cabal cumplimiento a
la instrucción dada por el Tribunal.
Registran
fórmulas a senadurías relativas a la elección en Nayarit
En una segunda sesión, el Consejo
General del INE registró supletoriamente las fórmulas de candidatas y
candidatos a senadurías en el estado de Nayarit por el principio de mayoría
relativa para el Proceso Electoral Extraordinario Nayarit 2021 y que fueron
presentadas por los partidos del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Morena, Redes
Sociales Progresistas y la de Coalición Va por México como se relacionan a
continuación: