*El juez federal decretó la “suspensión de oficio y de plano”
a favor del comunicador por tratarse de actos que, si llegaran a consumarse,
harían físicamente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía
individual reclamada.
Un juez federal admitió ayer martes por la noche, una demanda
de amparo promovida por el periodista de Nayarit, Lenin Salvador Guardado
Negrete, en contra de varias autoridades estatales y federales y de la diputada
federal con licencia y actual candidata de Morena a la presidencia municipal de
Tepic, María Geraldine Ponce Méndez, y en auto de admisión de la misma decretó
la “suspensión de oficio y de plano” a favor del comunicador.
El expediente fue radicado el pasado lunes por la tarde con
el número 385/2021-I, en el juzgado cuarto de distrito de amparo en materia
penal en el estado de Nayarit, cuyo titular es el juez José Armando Zozaya
Solórzano, informó el abogado penalista, Oswaldo Zamir De La Torre Fregoso,
defensor legal de Lenin Guardado.
El litigante reveló que al final de su justificación para
otorgar la suspensión de plano, el juez Zozaya expuso: “atendiendo al principio
de buena fe con que se conducen las partes, en específico el peticionario del
amparo, cuyas manifestaciones son vertidas bajo protesta de decir verdad, en
las que se advierte que forma parte de un grupo en situación de vulnerabilidad,
que en el caso son las personas periodistas, además, atendiendo a que es obligación
de este juzgador federal tomar las medidas necesarias que permitan al
solicitante preservar los derechos humanos inmediatos que preserven su dignidad
y seguridad, los cuales, debido a su actividad profesional son susceptibles de
ser vulnerados en un mayor rango, con apoyo a los artículos 15, 125, 126 y 161
de la Ley de Amparo, se decreta la SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO”.
Este tipo de suspensiones como la otorgada por el juzgador en
el inicio de esta demanda, se dan precisamente cuando se trate de actos que
importen peligro de privación de vida, deportación o destierro o alguno de los
prohibidos por el Artículo 22 de la Constitución Federal; o cuando se trate de
algún otro acto que, si llegare a consumarse, haría físicamente imposible
restituir al quejoso en el goce de la garantía individual reclamada.
Como recordaremos, el periodista Lenin Salvador Guardado
Negrete, del medio informativo Crítica_dn, (Crítica Digital Noticias o Cdn) el
pasado jueves 20 de mayo, al medio día, en conocido hotel de Tepic, después de
un evento público, abordó a la candidata de Morena para preguntarle el por qué
y desde cuando sus familiares cobran en el SIAPA de Tepic sin trabajar, además
de que si iría o no al debate organizado por el Instituto Electoral de Nayarit.
La candidata no contestó las preguntas del comunicador y en
todo momento evadió decir algo al respecto, por lo que Lenin Guardado se le
insistió en tres ocasiones, de manera respetuosa, sin impedirle su paso, ni
mucho menos agredirla verbalmente, pero no hubo respuesta a los
cuestionamientos.
El trabajo del periodista resultó “ofensivo, violento y
molesto”, para la candidata por lo que Ponce Méndez, ese mismo día por la
tarde, presentó una denuncia en la Fiscalía General de Justicia de Nayarit,
contra el reportero por “violencia simbólica, psicológica y verbal”.
Como nunca lo hacen en los expedientes, la Agente del
Ministerio Público, Miriam Lizeth Rangel Rosas, en solo 12 horas y sin llamar
al imputado para conocer la otra parte del asunto, consideró de manera
unilateral que el periodista Lenin Salvador Guardado Negrete, quien tiene más
de 27 años en dicha profesión, “representaba un riesgo inminente para la
seguridad de la víctima”, concediéndole medidas de protección a María Geraldine
Ponce Méndez, entre ellas el poder de contar con más policías para que “le
brinden auxilio inmediato contra el comunicador al momento que lo solicite”.
Obviamente, las medidas de protección otorgadas a la diputada
federal con licencia, Geraldine Ponce, dentro del expediente
NAY/TEP-III/RH/4760/2021, son violatorias de varios derechos fundamentales del
imputado, como lo son el artículo 6 y 7, referentes a la libertad de expresión;
el 5, que tiene que ver con el derecho al trabajo; el 11, que tiene que ver con
la libertad de tránsito y otros más referentes al debido proceso penal.
Por lo anterior, el periodista Lenin Guardado, ha dado a
conocer que continuará con su labor periodística, aunque “incomode” a la
candidata morenista, y además, seguirá puntualmente su defensa legal, pero,
también, procederá conforme a derecho contra la titular de la agencia de
ministerio público y la diputada federal con licencia por incurrir en delitos
del fuero común como abuso de poder, tráfico de influencias, colusión de
servidores públicos y otros más.
Lenin Guardado, también ya dio a conocer en una carta abierta
publicada el pasado viernes 21 de mayo, que hace responsable de cualquier
situación que le pase a él, a su equipo de comunicadores y trabajadores de
Crítica_dn (www.criticadn.mx), a sus familias y a sus bienes, a María Geraldine
Ponce Méndez y demás integrantes de su equipo de campaña.