La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, la solicitud de 11
medidas cautelares, esencialmente, por presunta realización de actos
anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de
recursos públicos, transgresión al interés superior de la niñez y la
vulneración a los principios de imparcialidad y equidad de cara al Proceso
Electoral Federal (PEF) 2023-2024.
Presidente de México ha sido recurrente en
realizar manifestaciones de índole político o electoral durante
“las mañaneras”
Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz denunció a Andrés
Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a diversas
personas del servicio público que participan dentro del formato informativo de
las conferencias de prensa conocidas como “las mañaneras”, por sus
manifestaciones realizadas en proceso electoral, celebradas los días 7, 8 y 13
de septiembre de 2023, pues en estima de la denunciante, ello beneficia al
partido Morena y a Claudia Sheinbaum Pardo y perjudica a los partidos políticos
de oposición y a su persona.
Del análisis preliminar a las frases y
manifestaciones realizadas en su conjunto, se advierte que el Titular del
Ejecutivo Federal hizo referencia expresa al Proceso Electoral Federal
2023-2024 exponiendo de forma insistente la continuidad de lo que denomina “su
movimiento o proyecto de transformación” lo que constituyen, bajo la
apariencia del buen derecho, declaraciones de naturaleza electoral, por lo cual se dictaron medidas cautelares para ordenar
se eliminen los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones
estenográficas de las citadas conferencias y de cualquier otra plataforma
electrónica bajo su dominio, control o administración.
De igual manera, la Comisión consideró la
procedencia de las medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva,
a fin de que el Presidente de la República se abstenga,
bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios,
opiniones o señalamientos sobre temas electorales.
Derivado
de que existe un riesgo real de que la conducta ocurra nuevamente, toda vez que
la Comisión de Quejas y Denuncias ha dictado múltiples medidas cautelares y el
Presidente de México ha sido recurrente en realizar manifestaciones de
índole político o electoral durante las conferencias de prensa matutinas se
resolvió que, previo al inicio de las conferencias de prensa matutinas,
se haga público un mensaje en el que se indiquen los límites contenidos en el
artículo 134 de la Constitución Federal relacionados con los principios
constitucionales de imparcialidad y neutralidad que rigen el actuar de todos
los servidores públicos que acuden a
dichas conferencias.
Procedente
el retiro de espectaculares de Marcelo Ebrard por sobreexponer su imagen
En otros asuntos, la Comisión determinó procedentes las solicitudes de
medidas cautelares en contra de Marcelo Luis Ebrard Casaubon, derivado de la
colocación de espectaculares en los estados de México y Puebla y la vulneración al interés superior de la niñez, ante
la publicación en la red X de la imagen de una menor durante una
asamblea efectuada en Quintana Roo.
Por cuanto hace a la propaganda
fijada en los espectaculares acompañada
de las leyendas “EL CAMINO DE MÉXICO”, “MARCELO EBRARD”, “UN RECORRIDO AL
FUTURO DE NUESTRO PAÍS”, la Comisión consideró que, del análisis preliminar y
bajo la apariencia del buen derecho, su difusión sí genera la exposición del
nombre e imagen de Marcelo Ebrard Casaubon, lo que podría vulnerar los
principios rectores del Proceso Electoral Federal en curso, al posicionar de
manera anticipada al denunciado su libro, e incluso, la asociación civil que
refiere es un movimiento político.
En consecuencia, se determinó ordenar a Marcelo Luis
Ebrard Casaubon, al partido Morena y a la editorial Penguin
Random House Grupo Editorial, S.A. de C.V.,
que de inmediato realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para
retirar la publicidad.
La Comisión negó la tutela preventiva por tratarse de
hechos futuros de realización incierta, sin embargo, realizó un recordatorio al
denunciado para que, en todo tiempo, ajuste las conductas de sus aspiraciones
políticas a los límites y parámetros constitucionales antes expuestos, en
particular, a la obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad
y equidad; mientras que al partido Morena le recordó lo establecido en los Lineamientos Generales para regular y
fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los
procesos políticos.
Finalmente, con
relación a la publicación del 19 de septiembre del presente año donde
supuestamente aparece una menor de edad en una publicación en la red social X,
se certificó que ya no puede ser visualizada y, por tanto, no se encuentra
disponible, ante lo cual se está en presencia de actos consumados de manera
irreparable de ahí la improcedencia de la medida; al igual que negó la tutela
preventiva puesto que no se tienen programadas actividades vinculadas con el
proceso político, ni la difusión de la publicación; razón por la cual, se trata
de actos futuros de realización incierta.
Ordenan al
Comité Organizador del
Frente Amplio por México y a Xóchitl
Gálvez retirar publicaciones de redes sociales
Tres ciudadanos y el
partido Morena presentaron quejas en contra de Xóchitl Gálvez Ruiz, Beatriz Elena Paredes Rangel y los partidos
integrantes del Frente Amplio por México, por las manifestaciones realizadas en
el “Foro Regional México y el mundo:
si promovemos a México ¿Vendrán más oportunidades?” celebrado el pasado 24 de agosto en
Guadalajara.
La Comisión ordenó al
Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a Xóchitl Gálvez el retiro de
diversas publicaciones alojadas en la red social X y Facebook, pues su
contenido pudiera configurar actos
anticipados de precampaña y/o campaña y, en consecuencia, afectar el
principio de equidad en la contienda de cara al Proceso Electoral Federal
2023-2024.
De igual manera, se
denunció el evento realizado el pasado 3
de septiembre en el Ángel de la Independencia de la Ciudad de México, y
su posterior difusión en redes sociales.
Al respecto, se ordenó
el retiro de diversas publicaciones vinculadas con dicho evento pues se
considera que se realizaron manifestaciones de naturaleza proselitista
con la finalidad de posicionarse de manera anticipada ante la ciudadanía.
En el mismo sentido, se dictó tutela
preventiva a efecto de ordenar a la y los denunciados que, en todo
tiempo, se ajusten a los límites y parámetros constitucionales antes expuestos,
recalcándoles la obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad
y equidad.
Respecto de las publicaciones realizadas en los medios de
comunicación digitales, se consideró
que forman parte del quehacer periodístico, por lo que no se justifica su
retiro.
Sobre el deber de cuidado de los partidos que conforman el Frente Amplio
por México y el uso indebido de recursos, tales tópicos deberán ser analizados
en el fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En un tercer caso, Xóchitl Gálvez
Ruiz fue denunciada por la presunta vulneración al interés superior de la
niñez, derivado de la publicación de imágenes y un video en X, Facebook, Instagram y TikTok, en el que aparecen
menores de edad. Toda vez que no proporcionó el otorgamiento del consentimiento
y la autorización o permiso de sus padres para aparecer en la propaganda, la
Comisión consideró procedente ordenar que se eliminen las publicaciones y
audiovisuales o, en su caso, se difuminen las imágenes de las personas menores
de edad.
Asimismo, se otorgó la tutela
preventiva para evitar
situaciones en las que se pueda poner en riesgo el derecho de niñas, niños o
adolescentes a su imagen e identidad, ordenando el cumplimiento
a los Lineamientos Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales, recabando, previo a la
difusión de las publicaciones, las autorizaciones correspondientes.
En el último caso, Morena denunció la difusión
de la publicación de un video en YouTube denominado “Xóchitl Gálvez en
entrevista con Joaquín López-Dóriga para @GrupoFormulaOficial 04/09/23” en
el canal de la Senadora; al respecto se ordenó su eliminación, pues los
contenidos no obedecen
a la labor periodística del medio de comunicación,
dado que el material denunciado se difunde en el canal de YouTube de Xóchitl
Gálvez Ruiz, quien cuenta con la calidad de Senadora de la República, por lo
que está sujeta a deberes más restrictivos en lo que respecta al contenido
difundido en sus redes sociales.
Por otra parte, se
declaró improcedente la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de
realización incierta.
Espectaculares de Adán Augusto López Hernández amparados por la libertad
comercial
Diversos ciudadanos denunciaron a Adán Augusto López Hernández, por la colocación de espectaculares ubicados en Jalisco, Estado de México, Ciudad de México y Querétaro.
Se declaró
improcedente ordenar el retiro por cuanto hace a los espectaculares ubicados en
Jalisco y en Querétaro, pues se trata de hechos consumados al ya no encontrarse
visibles los contenidos denunciados en los espectaculares. En lo referente a
los espectaculares de la revista Red Transformación en la entidad mexiquense y
la Ciudad de México, se trata de una estrategia comercial que está amparada
bajo la libertad de expresión.
Y por lo que hace a la
tutela preventiva se negó la solicitud, porque no se tienen elementos para
determinar que la conducta se repetirá en el futuro.
Ordena
Comisión retiro de pinta en bardas ubicadas en la Ciudad de México
Se denunció a Adán
Augusto López Hernández, Marcelo Ebrard Casaubon y Ricardo Monreal Ávila por la
pinta de bardas referentes a estas personas.
La Comisión otorgó las
medidas cautelares por contravenir los Lineamientos generales para regular y
fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los procesos
políticos, respecto de la temporalidad, al establecer que al finalizar el
proceso deberán retirar la propaganda colocada, en un plazo no mayor de siete
días naturales siguientes a la publicación de los resultados o declaración
final en el proceso político.
En ese sentido, los denunciados
deberán retirar las publicidades distribuida en 128 direcciones en la Ciudad de
México.
Improcedentes medidas
cautelares por evento del partido Morena el 6 de septiembre
Un ciudadano denunció a Francisco Alfonso Durazo
Montaño, gobernador de Sonora y el partido político Morena, por el evento que
se llevó a cabo a puerta cerrada en las instalaciones del WTC el pasado 6 de
septiembre de 2023, donde se dieron a conocer los resultados de la encuesta del
partido Morena para elegir a su Coordinador o Coordinadora Nacional de los
Comités de la Defensa de la Cuarta Transformación, al considerar presuntos
actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y
el incumplimiento a los Lineamientos para regular los procesos políticos de los
partidos políticos.
La Comisión negó las medidas cautelares por el
material dado a conocer en redes sociales en fechas pasadas, pues dichas
publicaciones no contienen elementos que pudieran actualizar una violación a
los principios rectores del Proceso Electoral Federal en curso, también se negó
la tutela preventiva, por no advertirse una situación fáctica objetiva que
revele la comisión de conductas posiblemente antijurídicas, cuya continuación o
repetición deba evitarse en el futuro.
No obstante, el colegiado hizo un
recordatorio a Francisco Alfonso Durazo Montaño, Gobernador Constitucional del Estado
de Sonora en el sentido de que debe observar un especial deber de cuidado con
motivo de sus funciones.
Referente a un probable uso indebido de recursos
públicos del Gobernador denunciado, tema que atañe al fondo del asunto que
resolverá el TEPJF.