miércoles, 13 de enero de 2021

No habrá candidatos independientes a la gubernatura de Nayarit


 

        El 31 de enero vence el plazo para manifestar la intención de contender por diputaciones e integrantes de los ayuntamientos

 

Sin registro de aspirantes concluyó este 11 de enero el plazo para la recepción de escrito de manifestación de intención para la candidatura independiente a la gubernatura, por lo que —para ese puesto de elección popular— en el actual Proceso Electoral Local sólo participarán candidatos de trece partidos políticos, diez nacionales y tres locales.

 

Para los ciudadanos interesados en contender de manera independiente para los cargos de diputados e integrantes de los ayuntamientos, el plazo para la recepción del escrito de manifestación de intención finaliza el próximo 31 de enero, por lo que aún hay tiempo de cubrir este requisito ante el Instituto Estatal Electoral de Nayarit (IEEN).

 

El presidente del IEEN, José Francisco Cermeño Ayón, así como las y los consejeros electorales invitaron a la ciudadanía interesada en participar en el proceso electoral mediante esta vía a visitar la página web http://ieenayarit.org/html/registroci.php, en donde podrán consultar la convocatoria correspondiente, así como los formatos que deberán llenar y presentar ante el organismo electoral, el presidente resalto los trabajos que se están realizando en comisiones, en este caso de los integrantes de la comisión temporal de candidaturas independientes.    

 

El funcionario electoral precisó que, si se concreta alguna manifestación de intención para diputados o integrantes de los ayuntamientos, el 5 de febrero se entregaría la constancia de aspirante y, del 3 de febrero al 22 de febrero, sería el periodo en que tendría que recabar el apoyo ciudadano, con base en la lista nominal de electores, con corte al mes de diciembre del año previo al de la elección.

 

Para la fórmula de diputaciones por el principio de mayoría relativa, el apoyo ciudadano deberá ser, cuando menos, del 2 por ciento de la lista nominal correspondiente al distrito en que se postule, en tanto que para la planilla de la presidencia y sindicatura deberá ser de, cuando menos, el 2 por ciento de la lista nominal correspondiente al municipio en que se postulen.

 

Para las fórmulas de regidurías por el principio de mayoría relativa deberá ser de cuando menos el 2 por ciento de la lista nominal correspondiente a la demarcación en que se postule.

 

En los tres casos, el porcentaje deberá estar integrado por ciudadanas y ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales.

 

El apoyo ciudadano deberá ser recabado por medio de la aplicación móvil desarrollada por el Instituto Nacional Electoral y, en caso de que acrediten estar en los supuestos de excepción previstos en los lineamientos para el registro de la ciudadanía aspirantes a candidaturas independientes aprobado por el Consejo Local, lo podrán recabar utilizando la cédula física de la relación de apoyo ciudadano, en los formatos proporcionados por el Instituto.

 

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