lunes, 5 de septiembre de 2022

COMUNICADO OFICIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE NAYARIT.


Debido a que uno de los compromisos asumidos por Fiscalía General es el de ser transparente de cara a la sociedad, en torno de la carpeta de investigación NAY/TEC-I/C.I-116/2022 en contra del exalcalde de Tecuala, Gabino “N”, se socializa la siguiente información:

 

Este día alrededor de las 09:28 horas inició audiencia de sobreseimiento solicitada por la defensa del C. Gabino “N”, en las instalaciones que ocupa el Juzgado de Primera Instancia del Sistema Penal Acusatorio y Oral de la Región I, con residencia en Tecuala, Nayarit, sobre la causa penal 84/2022 por los delitos de usura, tráfico de influencias, delitos cometidos por servidores públicos y asociación delictuosa en su modalidad de pandilla.

 

Durante la audiencia celebrada en su modalidad de videoconferencia, tanto la defensa particular del imputado como la parte ofendida en compañía de su asesor jurídico particular vertieron los argumentos necesarios para ratificar el perdón legal otorgado por los ofendidos, solicitando se decretara el sobreseimiento de la causal penal.

 

No obstante lo anterior, Fiscalía General no estuvo de acuerdo en cuanto al sobreseimiento que solicitó la defensa de Gabino “N” y que otorgaron los ofendidos, en razón de que los delitos por los cuales se le vinculó a proceso son de los que se persiguen de oficio, por lo que no puede sobreseer la causa el perdón del ofendido.

 

Sin embargo, el Juez de Control tomando en cuenta los razonamientos de la defensa y de Fiscalía, resolvió sobreseer la causa solamente por lo que toca al delito de usura, en virtud de que como lo refirió la Fiscalía los otros delitos por los cuales se vinculó y confirmó el Tribunal de Alzada son de los que se siguen oficiosamente, en agravio de la sociedad, y por esa razón no se sobresee la causa totalmente, dejando a salvo los derechos de las partes para inconformarse en contra de la resolución tomada.

 

La defensa de Gabino “N” solicitó en ese momento la suspensión condicional del proceso, así como la revisión de medida cautelar, pero es de subrayar que la causa penal en este caso no se extingue por tratarse de delitos que se persiguen de oficio, así como que el imputado no queda liberado ni es objeto de exoneración aún en cuanto a los delitos que se le atribuyen.

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