domingo, 16 de octubre de 2022

Bienes del Estado dejan de ser botín político de particulares



•Las y los diputados aprueban Ley de Bienes para proteger el patrimonio de Nayarit

 

•La nueva norma prevé sanciones desde los 28 hasta los 96 mil pesos

 

Tepic, 16 de octubre de 2022.- Para proteger el patrimonio del Estado y que no sean objeto de botín político de particulares, las y los diputados en Sesión Pública Ordinaria aprobaron la Ley de Bienes para el Estado de Nayarit.




Las iniciativas de ley que promovieron la nueva norma, prevé 113 artículos y cuatro transitorios, mismas que fueron presentadas por la presidenta del Congreso local, diputada Alba Cristal Espinoza Peña y el legislador Luis Enrique Miramontes Vázquez, respectivamente, y al unificarlas se consolidó una nueva Ley que garantiza que los bienes del Estado y sus municipios dejen de otorgarse a particulares o empresas privadas de manera discrecional.




Al abordar este tema en tribuna, la legisladora Alba Cristal Espinoza Peña argumentó que “desde hace 18 años a través de una Ley de Adquisiciones se había solicitado que estuviese presente la Ley de Bienes, entonces tenemos todavía mucho atraso normativo, esta Ley dará una regulación integral al patrimonio estatal, con esto la 33 Legislatura contribuye a fortalecer el marco jurídico local buscando el bienestar de las y los nayaritas y una justicia social”.


El diputado Luis Enrique Miramontes Vázquez, comentó que la Ley permitirá transparentar los bienes con los que cuenta el gobierno y municipios, “viene a transparentar con qué bienes cuenta la administración estatal y municipal, la ciudadanía podrá conocer sobre los bienes inmuebles que conforman la hacienda pública, que nadie disponga para si o para terceros de los espacios públicos que son de todas y todos, como los que están destinados a áreas verdes y actividades deportivas”.



En la nueva Ley de Bienes para el Estado de Nayarit se establecen las reglas de cómo realizar los movimientos administrativos, de adquisición, uso, destino, registro, control, vigilancia y aprovechamiento de los bienes que corresponden a las instituciones estatales y municipales.



El mismo ordenamiento aprobado señala los requisitos que deben cumplirse para realizar la desincorporación de los bienes del gobierno y municipios, que debe justificar que los bienes serán utilizados en un interés social o con motivo de utilidad pública.



La misma Ley estipula que la administración pública estatal no podrá desincorporar bienes de dominio público seis meses antes de que termine su gestión gubernamental, además prevé sancionar a notarios y servidores públicos que intervengan en actos jurídicos irregulares; las sanciones van desde los 28 mil hasta los 96 mil pesos.

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