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Cero tolerancia en los actos
de violencia política en contra de las mujeres: Consejera Adriana Favela
Para
erradicar el flagelo de la violencia política contra las mujeres es necesario
que las víctimas denuncien, conozcan el procedimiento y todas las autoridades
están obligadas a atender este tipo de acusaciones, precisaron expertas que
participaron en el Conversatorio “¿Cómo denunciar la violencia política contra
las mujeres en razón de género?”, organizado por el Instituto Nacional
Electoral (INE).
Durante
la inauguración, la Consejera e integrante de la Comisión de Igualdad de Género
y No Discriminación del Instituto, Adriana Favela Herrera, dijo que habrá “cero
tolerancia” en los actos de violencia política en contra de las mujeres por
razón de género.
Subrayó
la importancia de que las víctimas sepan a dónde acudir, qué hacer, los pasos a
seguir para presentar una denuncia, qué sucede cuando se presenta la queja y
estar pendiente de ella. Recordó que “no basta denunciar, necesitamos un
pronunciamiento de las autoridades electorales y de cualquier tipo para lograr
tener una resolución y que se pronuncie sobre el caso concreto”.
El
INE, añadió, cuenta con la “Guía para la prevención, atención y reparación
integral de la violencia política contra las mujeres”, la cual orienta a la
ciudadanía en general sobre cómo denunciar los casos de violencia política.
Citó
como ejemplo, que “si hay algún tipo de violencia en contra de las mujeres que
están postuladas a la Presidencia de la República, senadurías, diputaciones
federales o que sean candidatas a esos cargos de elección popular o que estén
ejerciendo el cargo y, también, cuando se trata de spots que están
difundiéndose en radio y televisión, que generen violencia, la autoridad
competente es el INE que va a emitir medidas cautelares, de ser el caso,
medidas de protección y va a sustanciar la queja”.
“En
el caso de mujeres que están compitiendo para una gubernatura, diputación
local, presidencias municipales, sindicaturas, regidurías o ya están
desempeñando el cargo y sufren violencia política deben acudir a los institutos
electorales locales de su entidad federativa”, para que reciban la denuncia,
dicten medidas cautelares o de protección y sustancien la queja.
El
fondo del asunto, agregó, lo van a conocer los tribunales electorales y
cualquier impugnación relacionada con estas denuncias, serán atribución del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Durante
el Conversatorio, moderado por el Consejero Martín Faz Mora, la presidenta de
la Comisión para la Igualdad de Género del Senado de la República, Martha Lucía
Micher Camarena, sostuvo que para que las mujeres “puedan hacerse candidatas”
necesitan contar con condiciones libres de violencia de cualquier tipo.
Por
ello, compartió que en esta legislatura se han reformado 11 ordenamientos con
el fin de proteger y garantizar que las mujeres participen en política sin
violencia, “legislación fruto de un arduo trabajo y discusión que han llevado a
un acuerdo histórico en un tema fundamental: garantizar la participación
política de las mujeres”.
Con
estas reformas en las que se incorporan un conjunto de conductas constitutivas
de esa violencia y donde se armonizan las leyes que permiten el acceso a la
justicia, se brinda las herramientas “para prevenir, atender, sancionar,
reparar y erradicar la violencia política”, ya que es deber de todas y todos
poner especial atención en su correcta implementación y garantizar que la
promesa de una democracia paritaria y libre de violencia se haga realidad”,
puntualizó la senadora.
Autoridades del Estado mexicano
obligadas a atender VPG
En
seguida, el Director de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, Carlos
Ferrer Silva, sostuvo que todas las autoridades del Estado mexicano están
obligadas a atender y tutelar en el ámbito de su competencia las denuncias de
violencia política en contra de las mujeres como ya lo dejó en claro la Sala
Superior.
Sin
embargo, precisó que “el elemento determinante para establecer la competencia
del INE y de la Sala Regional Especializada o de los Organismos Públicos
Locales Electorales es la contienda electoral en la que los hechos denunciados
tienen posible impacto”. Las autoridades electorales, agregó, están obligadas a
suplir la deficiencia de la queja, deben subsanar, orientar y suplir lo que
dijo o no la mujer, por lo que la denuncia puede ser presencial, vía telefónica
o por cualquier medio digital.
Detalló
que la finalidad de un régimen administrativo sancionador electoral es
determinar la existencia o no de violencia política en razón de género, se
impongan las sanciones correspondientes, se restituya el orden, se inhiban las
conductas violatorias, se prevengan en el futuro este tipo de daños y en su
caso, se puedan dictar medidas cautelares y de protección en favor de las
víctimas.
Cuando
es facultad del INE, recibe este tipo de casos, los investiga, integra el
expediente y lo envía al Tribunal Electoral del Poder Judicial para que
determine si hay o no violencia política en razón de género.
Asimismo,
expresó que el Instituto puede dictar medidas cautelares que son “el corazón de
la queja”, porque una autoridad electoral puede “frenar o detener oportunamente
una violación para evitar daños irreparables o más graves después”, o bien
medidas de protección que son actos urgentes con la finalidad de atender de
manera inmediata situaciones de riesgo en su integridad personal o la vida de
las mujeres.
Nadie puede estar por encima
de los derechos de las mujeres
El
Magistrado de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, Luis Espíndola Morales subrayó la importancia de
identificar la violencia política y cómo denunciarla, porque “todas las mujeres
tienen derecho a que se les garantice el libre acceso a los cargos de elección
popular y se sancione a quienes realicen estas prácticas, para combatir la
impunidad y hacer valer el Estado de derecho”.
Invitó
a las mujeres que sean víctimas de violencia política a que denuncien. “Nada ni
nadie puede estar por encima de los derechos de las mujeres. Es necesario poner un límite a los atropellos
a sus derechos; es necesario prevenir, contener y revertir las causas que
originan la violencia política contra las mujeres y sancionar los efectos perniciosos
que de ella derivan”.
Consideró
necesario entender que juntos, hombres y mujeres, pueden participar en hacer
política y construir democracia. Ese es el compromiso de todas y todos y las
instituciones “estamos listos para llevar a cabo las acciones que sean
necesarias y combatir esta serie de problemas que son abiertamente
antidemocráticos”, puntualizó, ya que la violencia es profundamente antidemocrática.
En
su intervención, la Directora General de Política Criminal y Vinculación en
materia de Delitos Electorales de la Fiscalía Especializada en Delitos
Electorales, María de los Ángeles Lozano Mac Donald, precisó que la denuncia o
acto mediante el cual cualquier persona hace del conocimiento del agente del
Ministerio Público un hecho que puede considerarse delito, pueden presentarse
de forma verbal o por escrito, las 24 horas del día, los 365 días del año ante
la Fiscalía Electoral, o bien en las delegaciones de la Fiscalía General de la
República, en cada una de las entidades federativas, en las fiscalías
electorales locales o bien, vía telefónica en Fedetel 808 33 72 33.
Aclaró
que la violencia política contra las mujeres puede ser cometida por cualquier
persona: por integrantes de los partidos políticos, simpatizantes,
funcionariado electoral, aspirantes a un cargo de elección popular, medios de
comunicación, agentes del Estado y particulares.
Recordó
que, si el delito es cometido por servidores públicos o funcionarias o
funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidaturas, candidatas
o candidatos o bien, con el consentimiento de cualquiera de éstos, las penas se
incrementan en un tercio. Y si es cometido contra una mujer que pertenece a un
pueblo o comunidad indígena, la pena se incrementa en una mitad.
Hizo
énfasis en que las principales formas de comisión del delito de violencia
política contra las mujeres son las agresiones simbólicas como la difamación de
la imagen pública, la publicidad sin equidad, las agresiones verbales, patrimoniales
y físicas que pueden llegar al feminicidio, así como las sexuales que van desde
acoso, hostigamiento y violación o las psicológicas.