Desde 1994 y en ocasión de la celebración de las
elecciones federales mexicanas, se ha instrumentado un mecanismo dirigido a ofrecer
apoyo técnico y financiero a las organizaciones de la sociedad civil que realizan
actividades de observación electoral en el marco de los procesos electorales
federales que se llevan a cabo en el país.
La más reciente reforma electoral de México,
aprobada entre diciembre de 2013 y febrero de 2014, ha presentado importantes
modificaciones al sistema electoral mexicano. Por lo anterior, en ocasión del
proceso electoral federal de 2014-2015, el Instituto Nacional Electoral, el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Secretaría de
Gobernación en representación del Gobierno Federal, están sumando esfuerzos y
recursos para crear el Programa de Apoyo a la Observación Electoral 2015” (PAOE).
El programa será administrado por el Instituto Interamericano de Derechos
Humanos, a través del Centro de Asesoría y Promoción Electoral IIDH/CAPEL)
Derivado de los acuerdos alcanzados por el Instituto
Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y
la Secretaría de Gobernación, y con el propósito de apoyar las actividades de
observación electoral que lleven a cabo las organizaciones de la sociedad civil
en el marco del proceso electoral 2015, se emite la presente
C O N
V O C A T
O R I A
I.
BASES Y CONDICIONES.
1.
Se convoca a las organizaciones de la sociedad civil
mexicana que estén interesadas en realizar actividades de observación para el
proceso electoral en curso, a presentar el número de proyectos que considere
necesarios para tener derecho al financiamiento por parte del PAOE.
2.
Los proyectos que presenten las organizaciones de la
sociedad mexicana podrán abarcar una o algunas de las etapas que comprende el
proceso electoral, así como las distintas actividades a cargo de las
autoridades electorales.
3.
Las organizaciones interesadas, deberán presentar
sus proyectos en el Formato que estará disponible en las oficinas y páginas de
Internet de las instituciones convocantes, en el que se deberá incluir la información
siguiente:
1.
Nombre de la organización que realizará la
observación.
2.
Fecha de su constitución.
3.
Nombre del representante legal de la organización
autorizado a presentar el(los) proyecto(s), incluyendo datos de contacto para
recibir notificaciones (teléfono y medios electrónicos).
4.
Antecedentes y experiencia en materia de observación
electoral.
5.
Objetivos generales y específicos del proyecto.
6.
Fases, etapas y/o actividades del proceso electoral
a ser observadas.
7.
Ámbito geográfico de la observación.
8.
Número de observadores que registró ante el INE, y
que participarán en el proyecto.
9.
Monto financiero solicitado
10.
Para cada proyecto se deberá establecer:
a)
Justificación.
b)
Antecedentes.
c)
Planteamiento de objeto de estudio y actividades a
observar.
d)
Materiales de análisis (en su caso bases de datos y otras
fuentes de información – primarias y secundarias).
e)
Metodología (cualitativa, cuantitativa, mixta; gabinete
y/u observación en campo).
f)
Plan operativo (actividades a desarrollar,
cronograma y responsables de las actividades).
g)
Plan financiero (desglose sobre el destino de los
recursos y justificación del mismo).
h)
Mecanismos de control (seguimiento y evaluación de
cada etapa del proyecto).
11.
Estimación de los recursos humanos, técnicos y tecnológicos
necesarios para la ejecución del proyecto, precisando aquéllos con los que
cuenta la organización y aquéllos que se solicitan por parte del PAOE.
II.
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
Cada organización de la sociedad civil interesada en obtener recursos
del PAOE para realizar sus actividades de observación electoral, deberá
satisfacer los siguientes requisitos administrativos, mismos que tendrán que
ser entregados por vía electrónica, al correo que se menciona al calce de esta
convocatoria y que, de manera complementaria o extraordinaria podrán entregarse
impresos en las oficina la oficina de la Secretaría Ejecutiva. Únicamente serán
considerados los proyectos que cuenten con el acuse de recibo respectivo por
una u otra vía y cumplan con:
1.
Acreditar que está constituida conforme a las leyes
mexicanas y ante la autoridad mexicana correspondiente, presentando copias simples
del Acta Constitutiva y de sus estatutos, acreditando como mínimo cinco años de
antigüedad en su constitución.
2.
Presentar copia simple de su registro ante la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
3.
Comprobar que los observadores electorales
participantes en el proyecto están debidamente acreditados por el Instituto Nacional
Electoral, o al menos haber presentado las solicitudes de registro
correspondiente para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, presentando copia simple
de las resoluciones correspondientes o bien los acuses de recibo de las
solicitudes presentadas dentro del plazo legal.
4.
Manifestar por escrito el compromiso de conducirse
conforme a las leyes electorales, las bases establecidas en la presente
convocatoria y respetar las decisiones del Comité Técnico de Evaluación las
cuales tienen carácter inapelable.
5.
Manifestar por escrito si la organización forma
parte de una red de observadores, y de ser el caso, los nombres de las
organizaciones que la integran.
6.
En caso que la organización que haya recibido
recursos financieros de alguna o varias experiencias de apoyo a la observación
electoral previas, manifestar bajo protesta de decir verdad, haber cumplido en
tiempo y forma con la correspondiente normatividad establecida, y en su caso,
presentar la documentación que lo acredite.
7.
Manifestar bajo protesta de decir verdad, no contar
con adeudos pendientes ante el Instituto Nacional Electoral, conforme a los
dictámenes emitidos por la Unidad Técnica de Fiscalización del propio instituto,
y en su caso, presentar la documentación que lo acredite.
III.
PRIORIDADES
Cualquier organización de la sociedad civil que cumpla con lo
establecido en la presente convocatoria será susceptible de recibir apoyo
financiero, de acuerdo a los siguientes criterios y prioridades:
1.
Que su actividad de observación no dependa
exclusivamente de los recursos solicitados al PAOE.
2.
Que sus proyectos realicen observación en las
diferentes etapas del proceso electoral o sobre actividades de las autoridades
electorales, así como en un ámbito geográfico del país.
3.
Aquellos proyectos de observación electoral que ya
se encuentren en marcha serán susceptibles de financiamiento, por lo que pueden
ser presentados para la obtención de los recursos que requieran.
4.
Sin menoscabo del análisis de proyectos sobre
temáticas diversas que las organizaciones presenten, se privilegiarán las
siguientes:
4.1
Actos preparatorios de la elección
a)
Desempeño de las autoridades electorales federales.
b)
Funcionamiento de los Organismos Públicos Locales
Electorales (OPLES).
c)
Procedimiento especial sancionador y/o procedimiento
ordinario sancionador.
d) Distribución de los documentos y materiales de
casilla.
e)
Justicia electoral (Juicios para la protección de
los derechos político-electorales de los ciudadanos, juicios de revisión de constitucionalidad
electoral, recursos de apelación, entre otros).
f)
Promoción del voto y de la participación ciudadana.
g)
Compra y coacción del voto.
h)
Uso de programas sociales con fines proselitistas.
i)
Acceso de los partidos
políticos a la radio y televisión, a través de los tiempos del Estado.
j)
Monitoreo en medios de comunicación.
k)
Libertad de expresión y derecho a la información.
l)
Mecanismos de medición de la intención del voto y de
la participación ciudadana: diseño y aplicación de sondeos de opinión pública.
m)
Candidatos independientes.
n)
Normas que regulan las campañas electorales.
o)
Contenidos de las campañas electorales.
p)
Financiamiento, fiscalización y rendición de cuentas
en campañas.
q) Voto de los mexicanos en el extranjero: casos
de Michoacán, Baja California Sur y Colima
r)
Participación y derechos políticos de las mujeres.
s)
Participación y derechos políticos de los pueblos
indígenas.
t)
Participación y derechos políticos de jóvenes.
u)
Impacto y uso de redes sociales y medios digitales.
v)
Análisis cualitativo y/o cuantitativo de campañas
propagandísticas.
4.2 Jornada Electoral
a)
La utilización de los instrumentos del sufragio
(padrón y listas nominales).
b)
Ubicación e instalación de casillas.
c)
Garantía de los electores a ejercer su voto libre y
de forma secreta, incluyendo actos tendientes a generar presión o coacción
sobre ellos.
d)
Desempeño de los funcionarios de mesa directiva y
representantes de partidos y candidatos en las casillas.
e)
Compra y coacción del voto.
f)
Casillas Especiales.
g)
Facilidades para personas con discapacidad.
h)
Conteo preliminar de votos.
i)
Mecanismos de medición respecto a la emisión del
voto: encuestas de salida, conteos rápidos, Programa de Resultados Electorales
Preliminares (PREP).
4.3 Actos posteriores a la elección
a)
Cómputo distrital y/o municipal y de entidad
federativa.
b)
Recuento distrital y/o municipal de votos.
c)
Transparencia, oportunidad y confiabilidad en los
procedimientos utilizados para informar al público sobre los resultados
electorales.
d)
Fiscalización de los recursos de los partidos políticos
y candidatos independientes.
e)
Justicia electoral (Juicio de Inconformidad, recursos de reconsideración, de revisión, de apelación
y/o de revisión de los PES, juicios de revisión constitucional electoral o/y de
protección a los derechos políticos-electorales del ciudadano, entre otros).
f)
Calificación de las elecciones.
5.
Los proyectos estarán categorizados en dos
dimensiones: administrativa y jurisdiccional. La dimensión administrativa
considera tres tipos de ejes de observación: procesos previos a la jornada
electoral, procesos durante la jornada electoral y procesos posteriores a la
jordana electoral, en tanto que la dimensión jurisdiccional considera como ejes
de observación los procedimientos previos a las elecciones y los procedimientos
posteriores a las elecciones (ver Diagrama 1).
Diagrama 1. Estructura temática por dimensión y eje de observación
6.
El financiamiento a los proyectos se otorgará de
acuerdo a los siguientes criterios:
6.1 Cada proyecto podrá recibir como monto máximo para financiamiento
hasta $1’000,000.00
(un millón de pesos, moneda nacional).
6.2 Para aquellos casos en que una organización se encuentre beneficiada
en dos o más proyectos, el apoyo financiero que reciba del PAOE no será mayor
en ningún caso a $2’000.000.00
(dos millones de pesos, moneda nacional) en su conjunto.
7. Las organizaciones podrán incluir en sus
propuestas actividades de capacitación para mejorar su actuación en el
ejercicio de observación.
8. El financiamiento del proyecto no aplica para
actividades operativas regulares, ni gastos asociados a la compra de máquinas, equipos
de cómputo y/o materiales que fortalezcan las capacidades de infraestructura de
las organizaciones.
En
todo caso, toda vez que el PAOE se conforma de recursos públicos, cualquier
organización beneficiada que los utilice para dicho fortalecimiento de
infraestructura, deberá entregar dichos bienes al finalizar sus actividades a
la Secretaría Ejecutiva del PAOE.
IV.
COMITÉ TÉCNICO DE EVALUACIÓN
El
Comité Técnico de Evaluación será responsable de evaluar las características
técnicas de cada proyecto que se presente, así como de la aplicación de los
criterios generales establecidos en la presente convocatoria para la asignación
de recursos con base en el análisis técnico de las propuestas. Las resoluciones
del comité son de carácter inapelable.
Este Comité estará integrado por cinco
personalidades mexicanas que fungirán como las y/o los expertos electorales, quienes
contarán con derecho a voz y voto. Los miembros del Comité serán nombrados por
el Consejo de Normatividad. Se integrará también por un experto internacional
designado por la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho y por
un Secretario Ejecutivo. Estos últimos tendrán derecho a voz únicamente, y
serán nombrados por el Consejo de Normatividad.
Para la asignación de los recursos, el Comité
considerará además:
1.
La formación y la experiencia profesional de la
persona o personas encargadas de la coordinación del o los proyectos de
observación presentados, así como la persona o personas responsables de la
administración de los recursos.
2.
La infraestructura con que cuenta para desarrollar
el proyecto, los recursos técnicos y humanos, así como el número de
observadores electorales acreditados para llevar a cabo el proyecto.
3.
La importancia que la organización le asigne a las
actividades de capacitación de los involucrados para la observación electoral.
4.
El conjunto de normas, procedimientos y actos electorales
cuyo cumplimiento será observado.
5.
El conjunto de actores del proceso electoral
–autoridades, candidatos, partidos políticos, agrupaciones nacionales, instituciones,
medios de comunicación, ciudadanos y ciudadanas- cuyo comportamiento será observado.
6.
La oportunidad y la cobertura en la difusión de los
resultados.
7.
Los proyectos dirigidos a observar la participación
de grupos potencialmente vulnerables como las mujeres, los jóvenes, los pueblos
indígenas y/o las personas con discapacidad.
8.
La experiencia previa en la observación electoral de
las organizaciones, puntualizando si desarrollaron proyectos a nivel nacional o
local, así como su frecuencia y resultados.
9.
Aquellos proyectos que se encuentren en proceso de
ejecución, en cualesquiera de las etapas del proceso electoral y en cualquier
parte del territorio nacional.
V.
CALENDARIO DE ACTIVIDADES Y PLAZOS
A.
El registro y presentación de los proyectos deberá
hacerse a través de los documentos en físico, de manera personal, a través de servicios de mensajería o por medios
electrónicos habilitados por las instituciones convocantes, a partir del 4 al 12 de mayo de 2015, inclusive; por
vía electrónica, al correo que se menciona al calce de esta convocatoria y que,
de manera complementaria o extraordinaria podrán entregarse impresos en las
oficinas de la Secretaría Ejecutiva, ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos
No. 1926, 4º. Piso, colonia Tlacopac, Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01049,
México D.F.; en donde se recibirán los proyectos dentro del horario de 10.00 a
las 18.00 horas.
B.
El Comité Técnico evaluará los proyectos entre el 13 y 15 de mayo de 2015,
y emitirá su fallo el día 16
de ese mismo mes.
C.
Entrega de los recursos financieros por parte del IIDH/CAPEL,
a través del Secretario Ejecutivo:
1ra. Ministración.- 90% del monto aprobado. Los recursos se entregarán a
partir del 20 de mayo, sujeto a la firma del Convenio entre la organización y
el IIDH /CAPEL.
2ª. Ministración. 10% del monto aprobado durante el periodo del 2 al 4 de septiembre,
sujeto a la presentación de la siguiente documentación:
a.
La presentación del listado final de observadores
que participaron en el proyecto, mismo que se entregará el 20 de junio de 2015
a la Secretaría Ejecutiva. Para este fin, el Instituto Nacional Electoral
entregará también a la Secretaría Ejecutiva el listado de los observadores
acreditados para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, para realizar la compulsa
del caso.
b.
La presentación del acuse de recibo correspondiente
a la entrega del informe financiero ante el Instituto Nacional Electoral, con
base en lo establecido en el artículo 217, párrafo 2 de la Ley General de
Procedimientos e Instituciones Electorales
c.
La presentación del informe final de actividades
desarrolladas que incluya conclusiones de la observación realizada, a
entregarse a más tardar el
28 de agosto de 2015 en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva, así
como la aprobación del mismo por parte del Comité Técnico de Evaluación.
d.
De ser el caso, las máquinas, equipos de cómputo y/o materiales adquiridos con
recursos del PAOE, se entregarán a la
Secretaría Ejecutiva a más tardar el 28 de agosto de 2015.
VI.
TRANSPARENCIA
Las organizaciones beneficiadas por el PAOE están
obligadas a incluir en sus informes financieros toda la documentación original
de la nueva disposición en materia fiscal para la facturación electrónica que
cuente con los requisitos legales señalados en los artículos 29 y 29-A del
Código Fiscal de la Federación. Dichos expedientes estarán en resguardo de la
Secretaría Ejecutiva del PAOE quien será responsable de entregarlo a la Unidad
Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, a través de la Coordinación de Asuntos
Internacionales del propio Instituto.
Asimismo, las organizaciones beneficiadas por el PAOE,
deberán dar cumplimiento a las obligaciones en materia de rendición de cuentas
y transparencia establecidas por el Artículo 217, párrafo 2 de la Ley General
de Instituciones y Procedimientos Electorales; por el Reglamento de
Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, y por la Unidad Técnica de
Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
Los informes finales de actividades relativos a los
proyectos beneficiados por el PAOE serán publicados en el portal de Internet
del Instituto Nacional Electoral.
VII.
ASUNTOS GENERALES
Cualquier asunto no previsto en esta Convocatoria,
será resuelto por el Comité Técnico de Evaluación.
VIII.
INFORMACIÓN
La Convocatoria completa se encuentra publicada en
las páginas web de los organismos convocantes. Las organizaciones interesadas
podrán obtener el Formato para la presentación de proyectos, los criterios
generales y las normas para la asignación de recursos, en las siguientes
oficinas y direcciones electrónicas:
Instituto Nacional Electoral
Coordinación de Asuntos
Internacionales
Periférico Sur 4124, 4º.
Piso, Col. Ex hacienda de Anzaldo
C.P. 01090, Delegación
Álvaro Obregón, México D.F.
Teléfono (55) 5449-0436
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Coordinación de
Relaciones con Organismos Electorales
Avena 513, 4º. Piso,
Col. Granjas México,
Delegación Iztacalco,
México D.F.
Teléfono (55) 5722-4000
ext. 4133
Toda
comunicación deberá ser dirigida al correo de la Secretaria Ejecutiva: apoyo.observacion@ine.mx
México D. F., a 4 de mayo de 2015.
Por el Consejo de Normatividad del Programa de Apoyo a la Observación
Electoral 2015.
Consejera Electoral Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles
Instituto Nacional Electoral
|
Magistrado Manuel González Oropeza
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
|
Consejero Electoral Arturo Sánchez Gutiérrez
Instituto Nacional Electoral
|
Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
|