Reforma Constitucional

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lunes, 9 de abril de 2018

Ordena Comisión de Quejas y Denuncias al PT sustituir spots de radio y TV pautados en Guanajuato en los que aparece AMLO

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido del Trabajo (PT) que en un plazo no mayor a 3 horas -a partir de la notificación formal- sustituya los spots “GUANAJUATO SHEFFIELD PT-INE DVC PRO” (televisión) y “GUANAJUATO SHEFFIELD PT-INE” (radio), pautados para la campaña local de Guanajuato, en los que destacan la imagen, voz y nombre de Andrés Manuel López Obrador, candidato a la presidencia por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, que podrían implicar una sobreexposición de éste frente al electorado, además de contravenir el principio de equidad en la contienda. 

En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela, Claudia Zavala y Pamela San Martín, la Comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), al considerar que la aparición de López Obrador en la pauta local podría contravenir las reglas sobre uso de los tiempos en radio y televisión a los que tienen derecho los partidos políticos: utilizar la pauta local para promocionar candidaturas a un cargo estatal y la pauta federal para las que correspondan a este perfil, como lo establece la jurisprudencia 33/2016 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

En el caso particular del spot de radio, la Comisión ordenó su sustitución, al determinar que se identifica la voz del candidato a la Presidencia de la República por la Coalición “Juntos Haremos Historia” emitiendo el mismo mensaje, el cual guarda identidad con el contenido del promocional pautado para televisión.


Bajo la apariencia del buen derecho, se precisó que la participación de dos candidatos distintos en un mismo spot, uno a nivel local y otro a nivel federal, podría generar confusión en la ciudadanía respecto de si las propuestas de campaña que se presentan en el promocional, corresponden a la plataforma del candidato a la gubernatura o a la del candidato a la Presidencia de la República, lo que, en principio, no abona a fortalecer el voto informado de los ciudadanos.

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