Se garantizó su derecho de audiencia para conocer los alegatos y elementos de defensa de ambos partidos: Patricio Ballados
Habrán de cesar sus derechos y prerrogativas de ley, con excepción de las correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2018, que deberán ser entregadas al interventor respectivo
La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) confirmó –tras cumplirse el derecho de audiencia establecido en ley- la pérdida de registro de los partidos políticos nacionales Nueva Alianza y Encuentro Social, al no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el 1 de julio de 2018.
Los dictámenes de pérdida de registro de ambos partidos políticos se pondrán a consideración y, en su caso, aprobación del pleno del Consejo General del INE en la sesión programada para el 12 de septiembre próximo.
El Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Patricio Ballados, precisó que los alegatos de defensa presentados por Nueva Alianza y Encuentro Social –en ejercicio de derecho de audiencia para evitar la pérdida de su registro como partido político nacional- no logran superar la determinación inicial de la Junta General Ejecutiva del Instituto, el 3 de septiembre pasado, ni las disposiciones legales o las tesis vigentes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en las cuales se establece con toda precisión que éstos requerían de por lo menos del 3% de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria del 1 de julio pasado.
De esta forma, a partir del día siguiente a la aprobación de ambos dictámenes, habrán de cesar los derechos y prerrogativas de Nueva Alianza y Encuentro Social establecidos en la Constitución y la Ley General de Partidos Políticos y demás normatividad aplicable, con excepción de aquellas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2018, que deberán ser entregadas al interventor respectivo, con base en el Reglamento de Fiscalización del Instituto.
En sesión extraordinaria, se estableció que ambos partidos políticos deberán cumplir las obligaciones en materia de fiscalización contempladas en la ley, el Reglamento de Fiscalización y demás normatividad aplicable, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.
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