Este día alrededor de las 09:28 horas inició audiencia de
sobreseimiento solicitada por la defensa del C. Gabino “N”, en las
instalaciones que ocupa el Juzgado de Primera Instancia del Sistema Penal
Acusatorio y Oral de la Región I, con residencia en Tecuala, Nayarit, sobre la
causa penal 84/2022 por los delitos de usura, tráfico de influencias, delitos
cometidos por servidores públicos y asociación delictuosa en su modalidad de
pandilla.
Durante la audiencia celebrada en su modalidad de
videoconferencia, tanto la defensa particular del imputado como la parte
ofendida en compañía de su asesor jurídico particular vertieron los argumentos
necesarios para ratificar el perdón legal otorgado por los ofendidos,
solicitando se decretara el sobreseimiento de la causal penal.
No obstante lo anterior, Fiscalía General no estuvo de
acuerdo en cuanto al sobreseimiento que solicitó la defensa de Gabino “N” y que
otorgaron los ofendidos, en razón de que los delitos por los cuales se le
vinculó a proceso son de los que se persiguen de oficio, por lo que no puede
sobreseer la causa el perdón del ofendido.
Sin embargo, el Juez de Control tomando en cuenta los
razonamientos de la defensa y de Fiscalía, resolvió sobreseer la causa
solamente por lo que toca al delito de usura, en virtud de que como lo refirió
la Fiscalía los otros delitos por los cuales se vinculó y confirmó el Tribunal
de Alzada son de los que se siguen oficiosamente, en agravio de la sociedad, y
por esa razón no se sobresee la causa totalmente, dejando a salvo los derechos
de las partes para inconformarse en contra de la resolución tomada.
La defensa de Gabino “N” solicitó en ese momento la
suspensión condicional del proceso, así como la revisión de medida cautelar,
pero es de subrayar que la causa penal en este caso no se extingue por tratarse
de delitos que se persiguen de oficio, así como que el imputado no queda
liberado ni es objeto de exoneración aún en cuanto a los delitos que se le
atribuyen.
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