La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) resolvió ocho solicitudes de medidas cautelares: cinco
solicitadas por el partido Morena, una por el Partido de la Revolución
Democrática (PRD), y dos por una ciudadana y un ciudadano, respectivamente.
Un ciudadano denunció a los seis aspirantes a
presidir la Coordinación Nacional de los Comités de la Defensa de la Cuarta
Transformación, por presentar acciones concretas para posicionarse frente al
electorado, y por uso indebido de recursos en contra de tres funcionarios
públicos al realizar publicaciones en favor de éstos, de cara a las elecciones
de 2024.
La Comisión por mayoría de votos de sus
integrantes consideró improcedente la solicitud de la medida cautelar
solicitada, dado que en la resolución se hacen valoraciones de fondo, las
cuales están prohibidas en sede cautelar y, además que su sentido contradice el
Acuerdo ACQyD-INE-104/2023, en donde se resolvió que las reuniones estaban
permitidas bajo algunas consideraciones, mismas que no están demostradas que se
hayan violentado, máxime que no existen elementos mínimos para suponer de forma
preliminar el peligro o urgencia en la demora.
Además, se exhortó a Morena, así como a Claudia
Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubon,
Ricardo Monreal Ávila, Manuel Velasco Coello y José Gerardo Rodolfo Fernández
Noroña,
para que se ajusten en todo tiempo, a los límites y parámetros
constitucionales antes expuestos, recalcándoles la obligación de conducirse
acorde a los principios de legalidad y equidad; debiendo ajustar tales
actividades a lo establecido en el Acuerdo ACQyD-INE-104/2023.
En otro asunto, una ciudadana
presentó queja en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, otrora Jefa de Gobierno de
la Ciudad de México y otras personas, por varios hechos que consideró
infractores de la normativa electoral en el estado de Chihuahua. Al respecto,
se resolvió lo relativo a la supuesta distribución de la nota denominada “Vamos
a ganar la encuesta” del periódico el Heraldo de México, el reparto de
calcomanías y un boleto de rifa; actos con los que, presuntamente, se promueve
la candidatura de la denunciada a la Presidencia de la República.
El colegiado determinó improcedente ordenar la
suspensión de la distribución y retiro de la propaganda denunciada, pues se
trata de actos consumados de manera irreparable, ya que los hechos denunciados
tuvieron lugar en mayo y abril de 2023.
El PRD denunció al otrora jefe de la Unidad de
Política Interior y Análisis de Información de esa dependencia, por la difusión
en su red social Twitter, de material que promueve a Adán Augusto López
Hernández, ex Secretario de Gobernación.
Al respecto, se concluyó que las publicaciones
en la plataforma digital se hicieron en fechas pasadas y para su consulta se
requiere un acto de voluntad para acceder a ellas, y también que los
denunciados han dejado sus cargos, por lo que se está ante actos irreparables,
ya que al cambiar su situación jurídica la probable vulneración a los
principios rectores del servicio público se torna inexistente.
Por otro lado, Morena presentó queja contra
Gustavo de Hoyos Walther, la agrupación “Sí por México”, los partidos Revolucionario
Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y PRD, las senadoras María Lily del
Carmen Téllez García, Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, y Alejandro Moreno Cárdenas y
Octavio de la Madrid Cordero, por manifestaciones vertidas en diversos medios
de comunicación nacional que, a decir del quejoso, benefician a los integrantes
de la Coalición "Va por México", de cara a las elecciones de 2024.
El colegiado resolvió, en los seis casos, que
las publicaciones fueron realizadas en fechas pasadas y para su acceso se
requiere un acto de voluntad que permita buscar la información y acceder a la
misma, de ahí la improcedencia de las medidas cautelares en su vertiente de
tutela preventiva, además de que versan sobre hechos futuros de realización
incierta.
Finalmente, se
determinó necesario realizar un recordatorio a todas y todos los implicados,
para que, en todo tiempo, ajusten las conductas de sus aspiraciones
políticas a los límites y parámetros constitucionales, en particular, a la
obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.
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