-El Ayuntamiento de Tepic toma
medidas extraordinarias de seguridad sanitaria en materia de acceso a
los cementerios, acatando el Acuerdo de la Secretaría General de
Gobierno del Estado de Nayarit, del pasado 4 de mayo
Tepic, Nay.- El XLI
Ayuntamiento de Tepic, que preside Francisco Javier Castellón
Fonseca, emitió hoy una circular, que contiene Medidas
Extraordinarias de Seguridad Sanitaria en materia de Acceso al
Público a los Cementerios y Panteones Públicos y Privados
(concesionados) y Rurales.
La circular señala, que con fecha 27 de
abril de 2020, el Ejecutivo Estatal, emitió el Acuerdo
Administrativo que reforma y adiciona diversas disposiciones de su
similar, por el que se establecen nuevas acciones extraordinarias
para atender la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, en el
Estado de Nayarit, publicado en el Periódico Oficial, Órgano del
Gobierno del Estado de Nayarit con fecha 1 de abril de 2020; dentro
del cual se extiende la vigencia de las medidas hasta el treinta de
mayo de dos mil veinte.
El citado acuerdo subraya, que en
acatamiento al bien mayor que significa la garantía del derecho a la
salud y a la vida que la autoridad se encuentra obligada a brindar,
de conformidad con los artículos 1º. y 4º. Constitucionales,
particularmente en estas fechas, en que la asistencia a los PANTEONES
PÚBLICOS Y PRIVADOS, debido al tradicional festejo del Día de las
Madres, se vuelve masiva, las autoridades municipales en auxilio de
la autoridad sanitaria y en coordinación con la Secretaría de
Seguridad y Protección Ciudadana, deberán tomar las medidas que
corresponda para evitar la asistencia a los citados
camposantos.
En ese marco, al Departamento de
Panteones del Municipio de Tepic, así como a los panteones ejidales
y privados o concesionados del Municipio de Tepic, se les dan a
conocer las acciones de control sanitario que se realizarán en el
Municipio:
PRIMERA. Como medida extraordinaria de mitigación y protección
sanitaria, se mantendrá cerrado el acceso al público a los
panteones públicos, privados, concesionados y ejidales, durante el
periodo de vigencia del acuerdo publicado el veintisiete de abril del
año en curso en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del
Estado de Nayarit. Por lo que, las presentes medidas son temporales,
y su vigencia concluirá el día treinta del mes de mayo de dos mil
veinte.
SEGUNDA. Se exceptúa de tal disposición, al personal encargado de
dar servicio y mantenimiento. De igual manera, se podrá permitir el
acceso restringido o limitado a familiares directos, para efectos de
inhumación de cadáveres, siempre y cuando se mantengan y guarden
las medidas de distanciamiento social o personal, así como las
medidas de cuidado sanitario que han sido decretadas por las
autoridades de Salud.
TERCERA. La dirección y vigilancia en el cumplimiento de la presente
circular, corresponderá al Director General de Servicios Públicos
Municipales del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, a través
del Departamento de Panteones y en lo que le competa a la Secretaría
de Salud Integral del Municipio y a la Dirección de Funcionamiento
de Negocios del Municipio de Tepic.
Las autoridades dependientes del
Municipio y el responsable de la Secretaría de Salud Integral
de Tepic, podrán establecer operativos conjuntos y trabajar de
manera coordinada en el ámbito de sus competencias, para vigilar el
eficaz cumplimiento de las disposiciones a que se refiere esta
circular. Estas disposiciones entran en vigor al momento de su
expedición.
#QUÉDATEENCASA.
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