Con objeto de actualizar la información en torno del lamentable hecho de tránsito ocurrido la tarde del pasado viernes 30 de diciembre de 2022, en la autopista Compostela Chapalilla, Fiscalía General del estado de Nayarit emite el siguiente comunicado:
Este día fue reportado, por parte de un hospital de esta
ciudad, el fallecimiento de Julio César Torres Gaona, de 8 años de edad,
lesionado en el referido accidente.
Asimismo, se informa que por las condiciones delicadas de
salud en que se encontraban, no fue posible realizar el traslado de los
siguientes lesionados:
1. Víctor Belmonte Vera, de 60 años.
2. Rebeca Belmonte Vera, de 43 años.
Sin embargo, se espera que este día arriben ambulancias que
harán el traslado de ambas personas a su lugar de origen, así como del cuerpo
del menor fallecido.
En cuanto a los avances de la investigación, tomando en
consideración los hallazgos en el lugar del hecho, así como la verificación
física del vehículo siniestrado y las entrevistas recabadas a los lesionados y a
otros testigos de los hechos, es posible proporcionar consideraciones
preliminares, tales como:
▪ Que el vehículo se encontraba en regulares condiciones
mecánicas, sin daño en su sistema de frenado.
▪ Que el conductor del vehículo en mención transitaba sin
limitar su velocidad para las condiciones de seguridad que le permitía el
camino, sin respetar los señalamientos restrictivos de velocidad, lo que
originó que perdiera el control de la dirección del vehículo a su izquierda,
saliéndose del camino y proyectándose contra un objeto fijo (banda metálica de
contención), cayendo a un desnivel de terreno de 10 metros de profundidad
aproximadamente y volcándose.
▪ Se encontró una huella de frenado de 40 metros de longitud
y de desplazamiento de 30 metros, sobre el carril de circulación, con salida
hacia el lado oeste de la vía, donde se encontró la banda de contención dañada.
▪ El vehículo no presenta impactos y/o fricciones que
indiquen que haya tenido previamente contacto con ningún otro vehículo, solamente
aquellos que corresponden a la volcadura y por contacto con la barrera
metálica.
▪ El conductor del vehículo en mención, al transitar sin
limitar su velocidad para las condiciones de seguridad que le permitía el
camino ni respetar el señalamiento restrictivo de velocidad de 30 km/h.,
propició la colisión.
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