·
La Comisión determinó como improcedentes
tres solicitudes de medidas cautelares contra Adán Augusto López y una
atribuible a Santiago Creel, por asistir a reuniones en diversas entidades para
posicionarse de cara al proceso electivo federal 2023-2024; así como la
presentada por diversos funcionarios quienes, en múltiples reuniones, promovieron
a la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum
·
La
Comisión consideró de forma preliminar que dos spots del PAN son de contenido
político y genérico
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) negó siete medidas cautelares solicitadas para retirar
la difusión de diversos contenidos en Facebook y Twitter, así como
publicaciones en medios de comunicación realizadas por parte de varios
representantes populares y funcionarios locales que organizaron eventos para
posicionar a posibles candidatos de cara al proceso electivo federal 2023-2024,
alegando la probable realización de actos anticipados de precampaña o campaña,
violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la
contienda, así como por el supuesto uso indebido de recursos públicos con
impacto en el Proceso Electoral Federal (PEF).
En seis de los casos el colegiado estimó que no
se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique las medidas
cautelares para el retiro de las publicaciones denunciadas, toda vez que
ninguna de las etapas del PEF ha comenzado, ya que será hasta dentro de algunos
meses que este dará inicio o, en otros casos, se está ante actos consumados, y
con respecto a las publicaciones realizadas en sus perfiles de Twitter y Facebook,
la Comisión advirtió que se requiere de
actos de voluntad específicos para localizarlas y visualizar el
contenido.
En las quejas los promoventes también
solicitaron el otorgamiento de la tutela preventiva para que se ordene a los
denunciados que se abstengan de continuar ejecutando y publicitando acciones
por las que busquen posicionar la imagen de servidores públicos fuera de los
plazos legales, al respecto se resolvió la improcedencia de las solicitudes por
tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Referente a las publicaciones en medios
digitales, también determinó como improcedente la solicitud ya que,
aparentemente, es una actividad que forma parte del quehacer periodístico
amparado bajo la libertad de expresión.
Valido promocional del PAN al contener temas de
naturaleza política y genérica permitida
Finalmente, la Comisión conoció la denuncia del
partido Morena en contra del Partido Acción Nacional (PAN) por propaganda calumniosa, con motivo de la
transmisión del promocional denominado PAN CDMX en televisión y
radio, que contiene las frases “CAMBIEMOS LA CDMX” y “SI HAY DE OTRA PAN”,
de la cual constituyen un llamamiento del voto a su favor, en aras del proceso
electoral que deviene 2024 en la Ciudad de México.
Del análisis preliminar del material, el colegiado
negó las medidas cautelares al concluir que el contenido central sólo
constituye la visión del emisor del mensaje respecto al gobierno de la Ciudad
de México emanado del partido Morena relacionado con “del desgobierno
de MORENA”, derivado de los distintos eventos que se han suscitado en los últimos años en el Sistema
de Transporte Colectivo Metro de esta ciudad, por lo que se considera de
naturaleza política y genérica y, consecuentemente, su difusión es válida en
todo tiempo.
Todos los proyectos fueron aprobados por
unanimidad de votos de la consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión
de Quejas y Denuncias, de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro
Murayama.
No hay comentarios:
Publicar un comentario