• Aumentó a 50 años la prisión
impuesta al sentenciado, quien privó de su libertad a un niño
Tepic, Nayarit; sábado 1 de abril de
2023.- La Sala de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior de Justicia resolvió
un recurso de apelación presentado con relación a la causa penal 868/2020, en
el cual se emitió en su momento una sentencia condenatoria en contra de Miguel
Ángel “N”, imponiéndosele una pena de 40 años de prisión y mil Unidades de
Medida y Actualización (UMA) por concepto de multa, por el delito de secuestro
cometido en agravio de un niño de identidad reservada.
Respecto de los hechos, se conoce que
ocurrieron el pasado 25 de junio del año 2020, cuando el acusado –quien se
desempeñaba como elemento de la Policía Municipal de Tepic-, invitó al niño al
interior de su domicilio y una vez ahí lo retuvo contra su voluntad,
negándoselo a su mamá cuando esta lo fue a buscar.
Miguel Ángel “N” mantuvo cautivo al
menor toda la noche. Sin embargo, el hoy sentenciado salió de su domicilio la
mañana siguiente, momento que aprovechó el menor para escapar.
Posteriormente la víctima se encontró
con su familia y narró los hechos, si bien ya se había iniciado la
investigación por la desaparición del afectado.
La sentencia fue apelada tanto por la
defensa particular del hoy sentenciado por considerar que el Tribunal de Juicio
Oral no valoró adecuadamente las pruebas y no atendió a la presunción de
inocencia. Por otra parte, la Fiscalía General del Estado a través de la
Fiscalía Especializada en Investigación de Personas Desaparecidas también apeló
la sentencia, señalando que el delito se había cometido con agravantes que en
su momento el Tribunal de Enjuiciamiento no estimó por acreditadas.
El Tribunal de Alzada, al momento de
revisar el contenido del Juicio Oral, así como de los agravios presentados por
las partes y los argumentos de las mismas en la respectiva audiencia, determinó
que los agravios de la defensa se consideraban infundados y, por otra parte,
estimó como fundados los agravios señalados por la Fiscalía, modificando la
sentencia como secuestro agravado; por consecuencia, se modificó la pena impuesta
al sentenciado, elevándola a 50 años de prisión y 8000 Unidades de Medida y
Actualización (UMA) por concepto de multa.
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