• Se busca asegurar la equidad en la contienda comicial Con
la conclusión de las precampañas, en el marco del Proceso Electoral Federal
(PEF) 2023-2024, inicia el periodo conocido como Intercampaña (del 19 de enero
al próximo 29 de febrero), un espacio para que los partidos políticos, de cara
a la Jornada Electoral del próximo 2 de junio, resuelvan posibles diferencias
sobre la selección interna de sus candidatas y candidatos a los diferentes
cargos de elección popular, así como para permitirle a esta autoridad electoral
revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las
postulaciones.
Durante este lapso, las personas aspirantes no podrán
aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y
televisión, en donde esté presente más de una o un candidato. Del mismo modo,
el contenido de su propaganda comicial sólo puede tener un carácter
informativo.
Cabe aclarar que sí se permite la difusión de propaganda
política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios,
valores o programas de un partido político en general, para generar,
transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar
a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su
participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus
afiliados. Tal circunstancia implica que este tipo de publicidad esté focalizada
en la imagen del partido político y en sus postulados esenciales, contenidos en
sus documentos básicos, como la Declaración de Principios y el Programa de
Acción, así como la manifestación de ideas o críticas propias del contexto
político para propiciar el debate en esta materia.
De igual forma, en los
promocionales de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a
temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se
haga uso explícito de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias
expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que
difunde el promocional. También es pertinente resaltar que la alusión genérica
al cambio o continuidad de una política pública no supone una afectación grave
o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que
no es un llamamiento al voto.
De igual forma se permite la difusión de cuestionamientos o
logros de la actividad gubernamental.
En tal caso, el promocional no debe hacer mención ni
identificar a una candidatura o partido político, a fin de posicionarlo de
forma negativa o positiva. Actos anticipados de campaña durante la Intercampaña
Para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben colmar
tres requisitos:
• Un elemento personal: que los realicen los partidos
políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos;
• Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o
después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al
registro constitucional de candidaturas;
• Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental
de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una
candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.
Los programas de opinión y las mesas de análisis político en
la Intercampaña Durante este periodo, la libertad de expresión de las y los
precandidatos, así como de las candidaturas, al igual que el derecho de los
medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar
entrevistas, están salvaguardados en todo momento.
Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y
difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones,
precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y
a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y
la televisión.
De igual forma, de acuerdo con criterios del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, las precandidaturas o
candidaturas pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan
temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se
incurra en actos anticipados de campaña.
No hay comentarios:
Publicar un comentario