lunes, 4 de mayo de 2015

PROGRAMA DE APOYO PARA LA OBSERVACIÓN ELECTORAL 2015

Desde 1994 y en ocasión de la celebración de las elecciones federales mexicanas, se ha instrumentado un mecanismo dirigido a ofrecer apoyo técnico y financiero a las organizaciones de la sociedad civil que realizan actividades de observación electoral en el marco de los procesos electorales federales que se llevan a cabo en el país.

La más reciente reforma electoral de México, aprobada entre diciembre de 2013 y febrero de 2014, ha presentado importantes modificaciones al sistema electoral mexicano. Por lo anterior, en ocasión del proceso electoral federal de 2014-2015, el Instituto Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Secretaría de Gobernación en representación del Gobierno Federal, están sumando esfuerzos y recursos para crear el Programa de Apoyo a la Observación Electoral 2015” (PAOE). El programa será administrado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, a través del Centro de Asesoría y Promoción Electoral IIDH/CAPEL)


Derivado de los acuerdos alcanzados por el Instituto Nacional Electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Secretaría de Gobernación, y con el propósito de apoyar las actividades de observación electoral que lleven a cabo las organizaciones de la sociedad civil en el marco del proceso electoral 2015, se emite la presente


C  O  N  V  O  C  A  T  O  R  I  A

I.                     BASES Y CONDICIONES.

1.       Se convoca a las organizaciones de la sociedad civil mexicana que estén interesadas en realizar actividades de observación para el proceso electoral en curso, a presentar el número de proyectos que considere necesarios para tener derecho al financiamiento por parte del PAOE.

2.       Los proyectos que presenten las organizaciones de la sociedad mexicana podrán abarcar una o algunas de las etapas que comprende el proceso electoral, así como las distintas actividades a cargo de las autoridades electorales.

3.       Las organizaciones interesadas, deberán presentar sus proyectos en el Formato que estará disponible en las oficinas y páginas de Internet de las instituciones convocantes, en el que se deberá incluir la información siguiente:
1.       Nombre de la organización que realizará la observación.
2.       Fecha de su constitución.
3.       Nombre del representante legal de la organización autorizado a presentar el(los) proyecto(s), incluyendo datos de contacto para recibir notificaciones (teléfono y medios electrónicos).
4.       Antecedentes y experiencia en materia de observación electoral.
5.       Objetivos generales y específicos del proyecto.
6.       Fases, etapas y/o actividades del proceso electoral a ser observadas.
7.       Ámbito geográfico de la observación.
8.       Número de observadores que registró ante el INE, y que participarán en el proyecto.
9.       Monto financiero solicitado
10.    Para cada proyecto se deberá establecer:
a)       Justificación.
b)       Antecedentes.
c)       Planteamiento de objeto de estudio y actividades a observar.
d)       Materiales de análisis (en su caso bases de datos y otras fuentes de información – primarias y secundarias).
e)       Metodología (cualitativa, cuantitativa, mixta; gabinete y/u observación en campo).
f)         Plan operativo (actividades a desarrollar, cronograma y responsables de las actividades).
g)       Plan financiero (desglose sobre el destino de los recursos y justificación del mismo).
h)       Mecanismos de control (seguimiento y evaluación de cada etapa del proyecto).

11.    Estimación de los recursos humanos, técnicos y tecnológicos necesarios para la ejecución del proyecto, precisando aquéllos con los que cuenta la organización y aquéllos que se solicitan por parte del PAOE.


II.                    REQUISITOS ADMINISTRATIVOS

Cada organización de la sociedad civil interesada en obtener recursos del PAOE para realizar sus actividades de observación electoral, deberá satisfacer los siguientes requisitos administrativos, mismos que tendrán que ser entregados por vía electrónica, al correo que se menciona al calce de esta convocatoria y que, de manera complementaria o extraordinaria podrán entregarse impresos en las oficina la oficina de la Secretaría Ejecutiva. Únicamente serán considerados los proyectos que cuenten con el acuse de recibo respectivo por una u otra vía y cumplan con:

1.       Acreditar que está constituida conforme a las leyes mexicanas y ante la autoridad mexicana correspondiente, presentando copias simples del Acta Constitutiva y de sus estatutos, acreditando como mínimo cinco años de antigüedad en su constitución.

2.       Presentar copia simple de su registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

3.       Comprobar que los observadores electorales participantes en el proyecto están debidamente acreditados por el Instituto Nacional Electoral, o al menos haber presentado las solicitudes de registro correspondiente para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, presentando copia simple de las resoluciones correspondientes o bien los acuses de recibo de las solicitudes presentadas dentro del plazo legal.

4.       Manifestar por escrito el compromiso de conducirse conforme a las leyes electorales, las bases establecidas en la presente convocatoria y respetar las decisiones del Comité Técnico de Evaluación las cuales tienen carácter inapelable.

5.       Manifestar por escrito si la organización forma parte de una red de observadores, y de ser el caso, los nombres de las organizaciones que la integran.

6.       En caso que la organización que haya recibido recursos financieros de alguna o varias experiencias de apoyo a la observación electoral previas, manifestar bajo protesta de decir verdad, haber cumplido en tiempo y forma con la correspondiente normatividad establecida, y en su caso, presentar la documentación que lo acredite.

7.       Manifestar bajo protesta de decir verdad, no contar con adeudos pendientes ante el Instituto Nacional Electoral, conforme a los dictámenes emitidos por la Unidad Técnica de Fiscalización del propio instituto, y en su caso, presentar la documentación que lo acredite.


III.                  PRIORIDADES

Cualquier organización de la sociedad civil que cumpla con lo establecido en la presente convocatoria será susceptible de recibir apoyo financiero, de acuerdo a los siguientes criterios y prioridades:

1.       Que su actividad de observación no dependa exclusivamente de los recursos solicitados al PAOE.

2.       Que sus proyectos realicen observación en las diferentes etapas del proceso electoral o sobre actividades de las autoridades electorales, así como en un ámbito geográfico del país.

3.       Aquellos proyectos de observación electoral que ya se encuentren en marcha serán susceptibles de financiamiento, por lo que pueden ser presentados para la obtención de los recursos que requieran.

4.       Sin menoscabo del análisis de proyectos sobre temáticas diversas que las organizaciones presenten, se privilegiarán las siguientes:

4.1    Actos preparatorios de la elección
a)       Desempeño de las autoridades electorales federales.
b)       Funcionamiento de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES).
c)       Procedimiento especial sancionador y/o procedimiento ordinario sancionador.
d)       Distribución de los documentos y materiales de casilla.
e)       Justicia electoral (Juicios para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, juicios de revisión de constitucionalidad electoral, recursos de apelación, entre otros).
f)         Promoción del voto y de la participación ciudadana.
g)       Compra y coacción del voto.
h)       Uso de programas sociales con fines proselitistas.
i)         Acceso de los partidos políticos a la radio y televisión, a través de los tiempos del Estado.
j)         Monitoreo en medios de comunicación.
k)       Libertad de expresión y derecho a la información.
l)         Mecanismos de medición de la intención del voto y de la participación ciudadana: diseño y aplicación de sondeos de opinión pública.
m)     Candidatos independientes.
n)       Normas que regulan las campañas electorales.
o)       Contenidos de las campañas electorales.
p)       Financiamiento, fiscalización y rendición de cuentas en campañas.
q)       Voto de los mexicanos en el extranjero: casos de Michoacán, Baja California Sur y Colima
r)        Participación y derechos políticos de las mujeres.
s)       Participación y derechos políticos de los pueblos indígenas.
t)         Participación y derechos políticos de jóvenes.
u)       Impacto y uso de redes sociales y medios digitales.
v)       Análisis cualitativo y/o cuantitativo de campañas propagandísticas.

4.2 Jornada Electoral
a)       La utilización de los instrumentos del sufragio (padrón y listas nominales).
b)       Ubicación e instalación de casillas.
c)       Garantía de los electores a ejercer su voto libre y de forma secreta, incluyendo actos tendientes a generar presión o coacción sobre ellos.
d)       Desempeño de los funcionarios de mesa directiva y representantes de partidos y candidatos en las casillas.
e)       Compra y coacción del voto.
f)         Casillas Especiales.
g)       Facilidades para personas con discapacidad.
h)       Conteo preliminar de votos.
i)         Mecanismos de medición respecto a la emisión del voto: encuestas de salida, conteos rápidos, Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

4.3 Actos posteriores a la elección
a)       Cómputo distrital y/o municipal y de entidad federativa.
b)       Recuento distrital y/o municipal de votos.
c)       Transparencia, oportunidad y confiabilidad en los procedimientos utilizados para informar al público sobre los resultados electorales.
d)       Fiscalización de los recursos de los partidos políticos y candidatos independientes.
e)       Justicia electoral (Juicio de Inconformidad,  recursos de reconsideración, de revisión, de apelación y/o de revisión de los PES, juicios de revisión constitucional electoral o/y de protección a los derechos políticos-electorales del ciudadano, entre otros).
f)         Calificación de las elecciones.

5.       Los proyectos estarán categorizados en dos dimensiones: administrativa y jurisdiccional. La dimensión administrativa considera tres tipos de ejes de observación: procesos previos a la jornada electoral, procesos durante la jornada electoral y procesos posteriores a la jordana electoral, en tanto que la dimensión jurisdiccional considera como ejes de observación los procedimientos previos a las elecciones y los procedimientos posteriores a las elecciones (ver Diagrama 1).

Diagrama 1. Estructura temática por dimensión y eje de observación


6.       El financiamiento a los proyectos se otorgará de acuerdo a los siguientes criterios:

6.1      Cada proyecto podrá recibir como monto máximo para financiamiento hasta $1’000,000.00 (un millón de pesos, moneda nacional).

6.2      Para aquellos casos en que una organización se encuentre beneficiada en dos o más proyectos, el apoyo financiero que reciba del PAOE no será mayor en ningún caso a $2’000.000.00 (dos millones de pesos, moneda nacional) en su conjunto.

7.       Las organizaciones podrán incluir en sus propuestas actividades de capacitación para mejorar su actuación en el ejercicio de observación.

8.       El financiamiento del proyecto no aplica para actividades operativas regulares, ni gastos asociados a la compra de máquinas, equipos de cómputo y/o materiales que fortalezcan las capacidades de infraestructura de las organizaciones.

En todo caso, toda vez que el PAOE se conforma de recursos públicos, cualquier organización beneficiada que los utilice para dicho fortalecimiento de infraestructura, deberá entregar dichos bienes al finalizar sus actividades a la Secretaría Ejecutiva del PAOE.


IV.                 COMITÉ TÉCNICO DE EVALUACIÓN

El Comité Técnico de Evaluación será responsable de evaluar las características técnicas de cada proyecto que se presente, así como de la aplicación de los criterios generales establecidos en la presente convocatoria para la asignación de recursos con base en el análisis técnico de las propuestas. Las resoluciones del comité son de carácter inapelable.

Este Comité estará integrado por cinco personalidades mexicanas que fungirán como las y/o los expertos electorales, quienes contarán con derecho a voz y voto. Los miembros del Comité serán nombrados por el Consejo de Normatividad. Se integrará también por un experto internacional designado por la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho y por un Secretario Ejecutivo. Estos últimos tendrán derecho a voz únicamente, y serán nombrados por el Consejo de Normatividad.

Para la asignación de los recursos, el Comité considerará además:

1.     La formación y la experiencia profesional de la persona o personas encargadas de la coordinación del o los proyectos de observación presentados, así como la persona o personas responsables de la administración de los recursos.

2.     La infraestructura con que cuenta para desarrollar el proyecto, los recursos técnicos y humanos, así como el número de observadores electorales acreditados para llevar a cabo el proyecto.

3.     La importancia que la organización le asigne a las actividades de capacitación de los involucrados para la observación electoral.

4.     El conjunto de normas, procedimientos y actos electorales cuyo cumplimiento será observado.

5.     El conjunto de actores del proceso electoral –autoridades, candidatos, partidos políticos, agrupaciones nacionales, instituciones, medios de comunicación, ciudadanos y ciudadanas- cuyo comportamiento será observado.

6.     La oportunidad y la cobertura en la difusión de los resultados.

7.     Los proyectos dirigidos a observar la participación de grupos potencialmente vulnerables como las mujeres, los jóvenes, los pueblos indígenas y/o las personas con discapacidad.

8.     La experiencia previa en la observación electoral de las organizaciones, puntualizando si desarrollaron proyectos a nivel nacional o local, así como su frecuencia y resultados.

9.     Aquellos proyectos que se encuentren en proceso de ejecución, en cualesquiera de las etapas del proceso electoral y en cualquier parte del territorio nacional.

V.                   CALENDARIO DE ACTIVIDADES Y PLAZOS

A.      El registro y presentación de los proyectos deberá hacerse a través de los documentos en físico, de manera personal, a través de servicios de mensajería o por medios electrónicos habilitados por las instituciones convocantes, a partir del 4 al 12 de mayo de 2015, inclusive; por vía electrónica, al correo que se menciona al calce de esta convocatoria y que, de manera complementaria o extraordinaria podrán entregarse impresos en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva, ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos No. 1926, 4º. Piso, colonia Tlacopac, Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01049, México D.F.; en donde se recibirán los proyectos dentro del horario de 10.00 a las 18.00 horas.

B.      El Comité Técnico evaluará los proyectos entre el 13 y 15 de mayo de 2015, y emitirá su fallo el día 16 de ese mismo mes.

C.      Entrega de los recursos financieros por parte del IIDH/CAPEL, a través del Secretario Ejecutivo:

*        1ra. Ministración.- 90% del monto aprobado. Los recursos se entregarán a partir del 20 de mayo, sujeto a la firma del Convenio entre la organización y el IIDH /CAPEL.

*        2ª. Ministración. 10% del monto aprobado durante el periodo del 2 al 4 de septiembre, sujeto a la presentación de la siguiente documentación:
a.     La presentación del listado final de observadores que participaron en el proyecto, mismo que se entregará el 20 de junio de 2015 a la Secretaría Ejecutiva. Para este fin, el Instituto Nacional Electoral entregará también a la Secretaría Ejecutiva el listado de los observadores acreditados para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, para realizar la compulsa del caso.
b.     La presentación del acuse de recibo correspondiente a la entrega del informe financiero ante el Instituto Nacional Electoral, con base en lo establecido en el artículo 217, párrafo 2 de la Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales
c.     La presentación del informe final de actividades desarrolladas que incluya conclusiones de la observación realizada, a entregarse a más tardar el 28 de agosto de 2015 en las oficinas de la Secretaría Ejecutiva, así como la aprobación del mismo por parte del Comité Técnico de Evaluación.
d.     De ser el caso, las máquinas, equipos de cómputo y/o materiales adquiridos con recursos del PAOE, se entregarán a  la Secretaría Ejecutiva a más tardar el 28 de agosto de 2015.


VI.                 TRANSPARENCIA

Las organizaciones beneficiadas por el PAOE están obligadas a incluir en sus informes financieros toda la documentación original de la nueva disposición en materia fiscal para la facturación electrónica que cuente con los requisitos legales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Dichos expedientes estarán en resguardo de la Secretaría Ejecutiva del PAOE quien será responsable de entregarlo a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral,  a través de la Coordinación de Asuntos Internacionales del propio Instituto.

Asimismo, las organizaciones beneficiadas por el PAOE, deberán dar cumplimiento a las obligaciones en materia de rendición de cuentas y transparencia establecidas por el Artículo 217, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; por el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, y por la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

Los informes finales de actividades relativos a los proyectos beneficiados por el PAOE serán publicados en el portal de Internet del Instituto Nacional Electoral.



VII.                ASUNTOS GENERALES

Cualquier asunto no previsto en esta Convocatoria, será resuelto por el Comité Técnico de Evaluación.


VIII.              INFORMACIÓN

La Convocatoria completa se encuentra publicada en las páginas web de los organismos convocantes. Las organizaciones interesadas podrán obtener el Formato para la presentación de proyectos, los criterios generales y las normas para la asignación de recursos, en las siguientes oficinas y direcciones electrónicas:

Instituto Nacional Electoral
Coordinación de Asuntos Internacionales
Periférico Sur 4124, 4º. Piso, Col. Ex hacienda de Anzaldo
C.P. 01090, Delegación Álvaro Obregón, México D.F.
Teléfono (55) 5449-0436

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Coordinación de Relaciones con Organismos Electorales
Avena 513, 4º. Piso, Col. Granjas México,
Delegación Iztacalco, México D.F.
Teléfono (55) 5722-4000 ext. 4133


Toda comunicación deberá ser dirigida al correo de la Secretaria Ejecutiva: apoyo.observacion@ine.mx

México D. F., a 4 de mayo de 2015.



Por el Consejo de Normatividad del Programa de Apoyo a la Observación Electoral 2015.


Consejera Electoral Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles
Instituto Nacional Electoral

Magistrado Manuel González Oropeza
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Consejero Electoral Arturo Sánchez Gutiérrez
Instituto Nacional Electoral

Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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