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Determina
sancionar con la pérdida o cancelación del registro la omisión de presentar
informes de precampaña
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Se
imponen sanciones a partidos y aspirantes a nivel local y federal por un monto
global de 28 mdp
El Consejo General del Instituto
Nacional Electoral (INE) resolvió sobre diversas irregularidades detectadas en
materia de fiscalización de los recursos utilizados por partidos políticos, las
y los precandidatos, así como aspirantes a una candidatura independiente, tanto
en las elecciones federales como en las locales.
Para concluir con esta etapa, la Unidad
Técnica de Fiscalización del INE revisó mil 647 informes presentados por los sujetos
obligados en el ámbito federal y cinco mil 81 en el ámbito local.
Al presentar los proyectos, la Consejera
Adriana Favela Herrera, presidenta de la Comisión de Fiscalización, reconoció
el trabajo realizado por la Unidad y por el personal del INE en la
verificación, validación y revisión de los ingresos y gastos que realizaron los
partidos políticos, precandidatas y precandidatos, así como las y los
aspirantes a una candidatura independiente.
“A nivel federal, se revisaron los
ingresos y egresos reportados. De los ingresos son 13 millones 411 mil 416
pesos y gastos por 13 millones 411 mil 416 pesos”.
Y -agregó- se imponen sanciones a los
partidos políticos que en su conjunto dan 3 millones 909 mil 135, por
irregularidades encontradas durante la etapa de precampaña de la elección federal.
Entre las principales conductas
detectadas como faltas se encuentran: la omisión de presentar informes, egresos
no reportados, eventos registrados de forma extemporánea y gastos de personas
que no fueron registradas como precandidatas y sí participaron en la contienda
interna.
Debido a la no presentación de informes
de ingresos y gastos, el Consejo determinó sancionar con la pérdida o
cancelación del registro a 21 personas y en otros seis casos se inicia un
procedimiento oficioso para investigar si se incumplió y si se acredita la
omisión para imponer, en su caso, la sanción que corresponda.
Fiscalización de elecciones locales
En cuanto la fiscalización de las precampañas y etapa de apoyo ciudadano para aspirantes a una candidatura independiente a nivel local, el Consejo General aprobó sanciones por un monto total de 23.7 millones de pesos por diversas conductas o irregularidades detectadas en la revisión de los ingresos y gastos.
Adicionalmente, el pleno determinó
sancionar con la cancelación o pérdida del registro como candidatas o
candidatos a 22 personas que, habiendo realizado actos tendientes a obtener una
candidatura, no presentaron informes de fiscalización al Instituto durante el
proceso de revisión. En otros seis casos, se iniciaron procedimientos
oficiosos.
La
fiscalización permite a la ciudadanía sustentar de mejor forma su voto
La Consejera Carla Humphrey Jordan
consideró que la Fiscalización Electoral constituye un auténtico ejercicio de
transparencia y rendición de cuentas que permite a la ciudadanía tener
conocimientos acerca de dónde se obtienen los recursos de partidos, personas precandidatas
y aspirantes a candidaturas independientes; cuál es el importe de los mismos y
en qué se gastan, para que se cuente con mejores y mayores elementos para
sustentar la decisión de por quién se va a votar.
En este sentido, manifestó su
preocupación por que diversas personas habrían llevado a cabo actos de
propaganda tendientes u orientados a la obtención de alguna candidatura, pero
que al ser advertidos de dicha circunstancia por esta autoridad, argumentaron
que no se trataba de precampaña, por lo que no se habían inscrito personas con
esa calidad y por lo tanto, no se configuraba la obligación de presentación de
informes.
“Esta situación me parece preocupante y
grave, no sólo porque a mi juicio constituye una actitud dolosa de diversos
partidos políticos al pretender evadir obligaciones legales de rendición de
cuentas con un argumento endeble en el sentido de que no se llevaron a cabo
procesos de precampaña, cuando como lo ha señalado el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, todo acto orientado a la obtención de alguna
candidatura debe ser considerado como precampaña, independientemente de la
denominación que se le otorgue”, advirtió.
Si se incumple la obligación de entregar
su informe de ingresos y gastos, no podrán ser registrados legalmente como
candidatos
El Consejero Jaime Rivera Velázquez
lamentó que la indefinición de las reglas de los partidos políticos, se utilice
como medio para la opacidad.
Indicó que, a pesar de que los partidos
no llamen precampañas a sus procesos de selección interna, la disposición legal
obliga a quienes realizan actos y gastos tendientes a ser registrados a una
posible candidatura, a presentar con oportunidad sus informes de ingresos y
gastos.
El Consejero Ciro Murayama Rendón
sostuvo que, con base en la ley, si un precandidato incumple con la obligación
de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo
establecido, no podrá ser registrado legalmente como candidato.
“¿Qué facultades tiene este Consejo para
cambiar la ley? Hasta donde yo me acuerdo, la Constitución señala que, entre
los principios rectores de la función electoral, está la legalidad y yo no
encuentro una norma que nos permita a nosotros, como autoridad administrativa,
expulsar leyes del marco jurídico mexicano. Eso lo pueden hacer sólo los
tribunales constitucionales, pero no las autoridades administrativas”, afirmó.
Murayama se pronunció por la aplicación
irrestricta de la ley, porque “si se comienza a optar por el contentillo de lo
que nos gusta o no, yo creo que llegaríamos a un terreno muy pantanoso que no
sólo ignoraría el principio de legalidad, sino el de certeza”.
Sancionar con la pérdida de registro
podría afectar derechos
Al fijar su postura en contra de
sancionar con la pérdida del registro a diversas candidaturas por la omisión en
la entrega de sus informes, el Consejero Martín Faz Mora explicó que, si
bien es cierto que la pérdida del derecho a ser registrado es la consecuencia
legal que está prevista en el artículo 229 de la LGIPE, no menos cierto, es que
se trata de una medida muy gravosa que impacta negativamente en el ejercicio de
los derechos políticos de las personas involucradas.
“Como
parte de la obligación genérica de protección de derechos humanos que tienen
todas las autoridades del Estado mexicano, esta autoridad electoral debe
realizar un riguroso escrutinio caso por caso para determinar, en primer lugar,
si la consecuencia prevista por la ley es proporcional al daño causado al bien
jurídico que se pretende salvaguardar”.
El Consejero Uuc-kib Espadas Ancona se
pronunció por no sancionar de forma general a quienes no cumplieron en tiempo y
forma con el informe de gastos de precampaña, sino analizar cada caso con el
objetivo de salvaguardar en lo posible los derechos de quienes participan en el
proceso electoral.
“Yo no podría en conciencia votar por
una sanción rasa de suspensión de candidaturas, afectando sí a las personas,
pero también afectando a los partidos políticos y a los votantes”, aseveró.
Por ello, insistió, se debe privilegiar
la imposición de otras sanciones antes de tomar la determinación de suspender o
suprimir candidaturas.
Transparencia y rendición de cuentas son
principios en nuestro modelo democrático
La Consejera Claudia Zavala Pérez
aseguró que la transparencia y la rendición de cuentas son principios en
nuestro modelo democrático que acoge y que avala el Sistema de Fiscalización
implementado.
No se puede soslayar, dijo, la
obligación que tienen de forma corresponsable, los partidos políticos y las
personas que aspiran a un cargo de elección popular en este ínter, por lo que,
si alguna persona no hizo gasto de precampaña, de cualquier forma, debe
presentar su informe en ceros.
“Y el partido político tiene que
anunciar por principio, por transparencia quiénes son las personas que están
involucradas en su proceso de selección interna. Están obligadas y obligados a
hacerlos. Y las personas son corresponsables, tan corresponsables son que en el
Sistema de Fiscalización se abre un apartado de notificaciones para ellos”.
Al argumentar su voto en contra de
cancelar registros por la no presentación de informes, el Consejero José
Roberto Ruiz Saldaña señaló que, a su parecer y conforme a criterios de la Sala
Superior, los informes extemporáneos tienen pertinencia y eso es suficiente
para no generar afectaciones de derechos.
Al anunciar su voto concurrente, dijo
que en algunos casos “revisando los elementos que obran de pruebas técnicas, no
hay manera de sostener que hicieron actos de precampaña.
“Nunca se ostentaron como precandidatos
o precandidatas, nunca hicieron alusión a procesos de esa naturaleza, nunca
pidieron apoyo dentro de un proceso interno, que estaban en el espacio público
haciéndose presentes, sí, pues son políticos o políticas, ni modo que les
dijéramos que no hicieran actos de presencia de ningún tipo o que bajaran sus
redes”.
La Consejera Norma De la Cruz Magaña
indicó la existencia de un vacío en la regulación sobre los hechos que ocurren
en el periodo de precampañas, porque por una parte partidos políticos informan
que no realizarán actos de campaña y por otro, personas sin contar con un
registro, realizan actos de campaña por lo que esas personas deberían presentar
informes de ingresos y gastos.
“Lo que no se vale es que se afirme por
un lado que no se realizan actos de precampaña y la autoridad limitada por no
saber ni el nombre de probables aspirantes a candidatura, realice
investigaciones con esta limitante y la consecuencia recae en las personas que
buscan participar y obtener su registro como candidatas, generan simulación,
fomento a ocultar en vez de transparentar sus actos”, lamentó.
Por ello, llamó a los partidos políticos
a transparentar sus procesos de selección de candidaturas, y a “no llevar actos
legales y válidos en este periodo y los derechos de las personas que desean
obtener registro como candidatas a fomentar la evasión de revisión de cuentas”.
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