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de mayo para personas morales y el 30 de junio para las personas
físicas.
“En
mayo y junio es el turno para que las empresas realicen el reparto
anual de utilidades 2017 entre sus trabajadores de acuerdo a la ley
federal del trabajo”, informó a medios de comunicación Juan
Fernando Muñoz Mejía, Presidente del Colegio de Contadores Públicos
del Estado de Nayarit, IMCP.
El
reparto de utilidades es una retribución que las entidades hacen al
trabajo realizado y devengado durante el año por sus colaboradores.
Cada año el trabajador deberá recibir el 10 por ciento de las
utilidades que se generaron en la empresa durante el año inmediato
anterior.
Están
exentas del reparto de las utilidades las empresas de nueva creación,
IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales,
asistenciales o de beneficencia, instituciones de asistencia privada
sin propósitos de lucro y empresas con capital menor al que fije la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
“Los
que tienen derecho a recibir el reparto de utilidades son los
trabajadores de planta o eventuales con más de 60 días trabajados
en el año, y que sean empleados asalariados sin cargos jerárquicos
como administradores, directores o gerentes”, agregó Muñoz
Mejía.
Las
empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades
son las de nueva creación dentro del primer año de funcionamiento o
si han elaborado un producto nuevo. Instituciones públicas
descentralizadas con fines asistenciales, culturales o de
beneficencia y asistencia privada.
Sobre
los nuevos requerimientos del comprobante fiscal digital por internet
o factura electrónica si
bien son obligatorios a partir del primer día del mes de Julio se
han otorgado facilidades administrativas por parte del SAT, para
llevar una migración gradual que culminará el primero de diciembre.
“Dentro
de los cambios relevantes en la nueva factura electrónica está un
catálogo emitido por el SAT que incluye 65 mil conceptos entre
productos y servicios, así como el destino que el contribuyente le
dará para efectos fiscales, a la compra del bien o servicio
recibido”, informó el Presidente
del IMCP en Nayarit.
“La
cantidad de cambios puede generar incertidumbre jurídica al
contribuyente, de ahí que como Colegio a través
de nuestros síndicos, analizaremos los impactos de estos cambios y
solicitaremos a las autoridades fiscales, que en dos años no cambien
el esquema, ya que se invierte en tecnología y capacitación”,
concluyó.