domingo, 10 de agosto de 2014

La Trigésima Legislatura APRUEBA NO OTORGAR MAS PERMISOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DURANTE LOS PRÓXIMOS 10 AÑOS

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       Esta iniciativa de reforma, enviada a esta Soberanía Popular por el titular del Poder Ejecutivo, Roberto Sandoval Castañeda, se plantea como innecesario  que se expidan nuevos permisos para explotar dicho servicio.


Tepic, 10 de agosto del 2014.- Con el ánimo de que el Gobernador del Estado suspenda de manera temporal, -hasta por 10 años- la recepción y tramite de solicitudes de permisos para el transporte público, en Sesión Pública del Tercer Periodo Extraordinario las diputadas y diputados locales nayaritas, aprobaron el dictamen unitario con proyecto  de decreto que adiciona un inciso c) a la fracción II del artículo 14 y reforma el artículo 140 A, de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit.

Esta iniciativa de reforma, enviada a esta Soberanía Popular por el titular del Poder Ejecutivo, Roberto Sandoval Castañeda, se plantea como innecesario  que se expidan nuevos permisos para explotar dicho servicio, ya que se considera que la disponibilidad que proporcionan los prestadores, no debe superar las necesidades de los usuarios, ya que en la actualidad genera problemas de rentabilidad de quienes otorgan estos servicios.

Con esta reforma y adición a Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit, se está dotando de una herramienta de suma utilidad  al Ejecutivo del Estado, a efecto de que  pueda manejar con eficiencia los recursos humanos, materiales y financieros con los que cuenta la administración publica, en cuanto se refiere a la tramitación  que actualmente se hace respecto a las solicitudes  de nuevos permisos para brindar el servicio de transporte público en las modalidades y tipos q que se establece en el artículo 124.

En el artículo 124 de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Nayarit, se señala como tipos y modalidades: al transporte de alquiler, que corresponde a taxis;   transporte de pasajeros; urbano o carretero, cuando se utilicen autobuses, minibuses, combis o similares; transporte de turismo, transporte de carga, urbano o carretero, utilizando cualquier tipo de equipo, trátese de carga general, especializada, grúas de arrastre o salvamento, o bien que requiera de vehículos con características especiales.

Cabe destacar que con la aprobación de este nuevo ordenamiento legal en la entidad nayarita, también se está favoreciendo a los ciudadanos interesados  en tramitar algunos permisos de los citados, pues estos últimos no tendrán la necesidad  de efectuar gastos e invertir tiempo en trámite sobre el cual sería muy difícil en determinado momento que obtenga respuesta favorable.


Cabe señalar que un servicio público concesionado a un particular, ineludiblemente debe estar sometido al control y la vigilancia  de la administración pública, a  efecto de asegurar su eficacia, ya que es una de las formas del ejercicio privado de las actividades públicas; ello en razón de que el concesionario aporta su colaboración aun no siendo parte de la administración.

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