Por: José Ma. Narváez
Ramírez
La tarde de este miércoles,
celebraron su trigésima tercera sesión pública los magistrados de la Sala
Constitucional-Electoral del Poder Judicial de Nayarit, y
resolvieron en forma unánime dieciocho medios de impugnación promovidos por
representantes de partidos políticos y de una coalición con motivo de las
recientes elecciones de presidentes municipales y síndicos o de regidores.
Dicho
cuerpo colegiado declaró infundados y en su caso inoperantes –por unanimidad-
los agravios planteados por los promoventes de diez juicios de inconformidad;
en consecuencia, confirmó las resoluciones impugnadas de seis consejos
municipales electorales, a saber los de Acaponeta, Ahuacatlán y Compostela, así
como Ruiz, San Pedro Lagunillas y Tecuala.
En
forma separada, la Sala Constitucional-Electoral que preside el
magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto sobreseyó —es decir declaró concluidos sin entrar al
fondo del asunto— cinco juicios de inconformidad por haber sido presentados en
forma extemporánea; dichos juicios se relacionaban con la elección de regidores
de las demarcaciones 1, 2, 3 y 4 del municipio de Santiago Ixcuintla; cuatro de
dichas impugnaciones fueron presentadas por el Partido de la Revolución
Democrática y otra por el Partido del Trabajo.
Por
la misma razón fue sobreseída una apelación del Partido Acción Nacional
respecto de un acuerdo del Consejo Municipal Electoral de Tepic. Asimismo se
declaró el sobreseimiento de un juicio de inconformidad de Acción Nacional con
la elección de regidor de la demarcación 6 de Tepic por haberse desistido el
representante de ese mismo partido y el regidor electo, coadyuvante en el
juicio.
Entre
los juicios de inconformidad en que los magistrados entraron al fondo del
asunto se encontraban cuatro en que se impugnaba el resultado de la elección de
fórmulas de presidente municipal y síndico: dos iniciados por el Partido Acción
Nacional en los casos de Compostela y Ruiz, otro del Partido de la Revolución
Democrática en el caso de Acaponeta y el restante de la Coalición
“Por el bien de Nayarit” en el caso de Ahuacatlán.
Tocante
a este último municipio, y en diverso juicio de inconformidad, la Sala
Constitucional-Electoral declaró fundados los agravios
planteados por Acción Nacional y anuló la votación recibida en una casilla,
específicamente la 57, ubicada en Tetitlán, por la intervención de una
candidata suplente a regidora de la Coalición
“Por el bien de Nayarit”, aunque ello no alteró el sentido de la votación
municipal en Ahuacatlán, que favoreció al PAN.
El
resto de los juicios de inconformidad resueltos se relacionaron con la elección
de regidores bajo los principios de mayoría relativa o de representación
proporcional en Acaponeta, San Pedro Lagunillas, Santiago Ixcuintla, Ruiz y
Tecuala.
Durante
la sesión efectuada en la sede del Poder Judicial, el magistrado presidente,
doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, señaló que algunas de las elecciones cuyos
resultados fueron impugnados resultaron muy competidas, al grado de que en
ellas hubo diferencias menores al uno por ciento entre los votos de los
ganadores y sus competidores, lo cual por ley obligó a un recuento, y en todos
los casos sometidos a su consideración, los magistrados de la Sala
Constitucional-Electoral han atendido los principios de
legalidad, certeza, objetividad e imparcialidad establecidos en la ley.
Cabe
agregar que el pleno de la referida sala es integrado por los magistrados Pedro
Antonio Enríquez Soto (presidente), Ismael González Parra, Raúl Gutiérrez
Agüero, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas. El secretario de
acuerdos es el licenciado Gabriel Gradilla Ortega.
En
fecha próxima, dicho pleno volverá a sesionar en público para resolver otros
medios de impugnación presentados respecto de la elección de presidentes y
síndicos, así como de regidores. De manera oportuna se informará la fecha de la
sesión, que nuevamente será transmitida por Internet a través del portal www.tsjnay.gob.mx.
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