miércoles, 13 de agosto de 2014

Resuelve el cuerpo colegiado 18 medios de impugnación

Por: José Ma. Narváez Ramírez

La tarde de este miércoles, celebraron su trigésima tercera sesión pública los magistrados de la Sala Constitucional-Electoral del Poder Judicial de Nayarit, y resolvieron en forma unánime dieciocho medios de impugnación promovidos por representantes de partidos políticos y de una coalición con motivo de las recientes elecciones de presidentes municipales y síndicos o de regidores.
Dicho cuerpo colegiado declaró infundados y en su caso inoperantes –por unanimidad- los agravios planteados por los promoventes de diez juicios de inconformidad; en consecuencia, confirmó las resoluciones impugnadas de seis consejos municipales electorales, a saber los de Acaponeta, Ahuacatlán y Compostela, así como Ruiz, San Pedro Lagunillas y Tecuala.
En forma separada, la Sala Constitucional-Electoral que preside el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto sobreseyó  —es decir declaró concluidos sin entrar al fondo del asunto— cinco juicios de inconformidad por haber sido presentados en forma extemporánea; dichos juicios se relacionaban con la elección de regidores de las demarcaciones 1, 2, 3 y 4 del municipio de Santiago Ixcuintla; cuatro de dichas impugnaciones fueron presentadas por el Partido de la Revolución Democrática y otra por el Partido del Trabajo.
Por la misma razón fue sobreseída una apelación del Partido Acción Nacional respecto de un acuerdo del Consejo Municipal Electoral de Tepic. Asimismo se declaró el sobreseimiento de un juicio de inconformidad de Acción Nacional con la elección de regidor de la demarcación 6 de Tepic por haberse desistido el representante de ese mismo partido y el regidor electo, coadyuvante en el juicio.
Entre los juicios de inconformidad en que los magistrados entraron al fondo del asunto se encontraban cuatro en que se impugnaba el resultado de la elección de fórmulas de presidente municipal y síndico: dos iniciados por el Partido Acción Nacional en los casos de Compostela y Ruiz, otro del Partido de la Revolución Democrática en el caso de Acaponeta y el restante de la Coalición “Por el bien de Nayarit” en el caso de Ahuacatlán.
Tocante a este último municipio, y en diverso juicio de inconformidad, la Sala Constitucional-Electoral declaró fundados los agravios planteados por Acción Nacional y anuló la votación recibida en una casilla, específicamente la 57, ubicada en Tetitlán, por la intervención de una candidata suplente a regidora de la Coalición “Por el bien de Nayarit”, aunque ello no alteró el sentido de la votación municipal en Ahuacatlán, que favoreció al PAN. 
El resto de los juicios de inconformidad resueltos se relacionaron con la elección de regidores bajo los principios de mayoría relativa o de representación proporcional en Acaponeta, San Pedro Lagunillas, Santiago Ixcuintla, Ruiz y Tecuala.
Durante la sesión efectuada en la sede del Poder Judicial, el magistrado presidente, doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, señaló que algunas de las elecciones cuyos resultados fueron impugnados resultaron muy competidas, al grado de que en ellas hubo diferencias menores al uno por ciento entre los votos de los ganadores y sus competidores, lo cual por ley obligó a un recuento, y en todos los casos sometidos a su consideración, los magistrados de la Sala Constitucional-Electoral han atendido los principios de legalidad, certeza, objetividad e imparcialidad establecidos en la ley.
Cabe agregar que el pleno de la referida sala es integrado por los magistrados Pedro Antonio Enríquez Soto (presidente), Ismael González Parra, Raúl Gutiérrez Agüero, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas. El secretario de acuerdos es el licenciado Gabriel Gradilla Ortega. 

En fecha próxima, dicho pleno volverá a sesionar en público para resolver otros medios de impugnación presentados respecto de la elección de presidentes y síndicos, así como de regidores. De manera oportuna se informará la fecha de la sesión, que nuevamente será transmitida por Internet a través del portal www.tsjnay.gob.mx.

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