La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral (INE) ordenó al Presidente de México, Andrés Manuel López
Obrador, que durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral,
éste incluido, se abstenga de difundir logros de gobierno, incluyendo programas
sociales, obra pública y cualquier información que pueda incidir en las
preferencias electorales de la ciudadanía.
Esta tutela preventiva tiene su origen en las
expresiones e imágenes emitidas durante la conferencia mañanera del pasado 16
de abril. Ese mismo día, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y
Movimiento Ciudadano presentaron queja en contra del Presidente de la República
por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido
(campaña electoral), así como la probable trasgresión al principio de
imparcialidad y equidad en la contienda electoral. Consideraron que el
mandatario realizó expresiones que constituyen propaganda gubernamental al exponer
logros de su gobierno, como la entrega de becas y apoyos sociales en tres
entidades federativas. Por tanto, los quejosos solicitaron tutela preventiva y ordenar
al Titular del Poder Ejecutivo abstenerse de utilizar los programas sociales que
pudieran afectar el proceso en curso.
Las expresiones denunciadas emitidas por el
Presidente de la República fueron: “Chiapas, Oaxaca y Guerrero, los tres
estados con más pobreza, con más población indígena son los que más apoyos están
recibiendo; se están dando becas, se está apoyando a los productores del
campo, se están entregando pensiones a adultos mayores, a niñas y niños con discapacidad nada más en Guerrero
se entregan fertilizantes gratuitos a todos los productores de Guerrero a todos; beneficiarios un millón seiscientos setenta y tres, es
probable que casi todos los hogares de Chiapas estén recibiendo cuando menos un
apoyo, por eso el ciento veinticuatro porque hay quienes recibe dos, tres
porque si en un hogar hay más de dos adultos mayores pues son dos apoyos; nada más de programas sociales o de
bienestar que llegan de forma directa, aquí no está lo de fertilizantes, aquí
no está lo de la vacuna que se está aplicando que es universal y que es
gratuita”.
La Comisión estimó que, bajo la apariencia del
buen derecho, las manifestaciones aludidas, se consideran constitutivas de
propaganda gubernamental, con la exaltación de logros o acciones
gubernamentales, además de que tales declaraciones estuvieron acompañadas de la
reproducción de imágenes, particularmente una tabla que contenía datos sobre
tres entidades federativas en las que se señalaron cifras de las personas beneficiarias,
aun y cuando en las mismas se están llevando a cabo los procesos electorales
federal y locales.
El colegiado también reconoció que no se trató
de manifestaciones espontáneas, sino que, de un análisis preliminar, se
advierte que fueron preparadas para su emisión pública, pues contenían gráficas
y datos previamente obtenidos de una dependencia gubernamental, lo cual está prohibido
durante la etapa de campañas según lo dispuesto por el artículo 41
constitucional.
Por lo anterior, tomando en consideración que
las conferencias de prensa del Presidente de México se llevan a cabo de manera
regular, de lunes a viernes, y que no hay indicios de que serán suspendidas
durante esta etapa de campañas electorales, la Comisión advirtió la existencia
de un riesgo inminente de que vuelva a ocurrir tal conducta y se ponga en
riesgo los principios rectores del proceso electoral.
En
consecuencia, se le ordenó al Presidente que, de inmediato, en un plazo que no exceda
de seis horas, elimine o modifique las publicaciones que contienen la
conferencia del 16 de abril de dos
vínculos de Facebook y uno de YouTube; así como a la Coordinación General de
Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República que en el mismo
plazo elimine dicho contenido de las redes sociales y plataformas oficiales del
Presidente y del Gobierno de México.
De igual forma, en tutela preventiva, se le ordenó al Presidente que,
durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral, se abstenga de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las
personas beneficiarias-, obra pública e incluso emitir cualquier tipo de
información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Esa obligación de neutralidad del Presidente debe observarse incluso cuando
responda a preguntas en sus conferencias de prensa.
La Comisión
consideró improcedentes otras tres medidas cautelares
Por otra parte, se abordó el caso de Tania Berenice Garza Soto en contra de los integrantes del Consejo General
del Instituto Electoral de Coahuila por la presunta comisión de violencia
política en razón de género en su contra, durante el procedimiento de selección
y designación del Comité Municipal Electoral de Sabinas. Se estimó improcedente, pues de un análisis
preliminar, no se advierte en la decisión de ese órgano alguna causa
relacionada con su condición de género.
Además,
la Comisión analizó una queja presentada por Morena en la que denunció nueve promocionales
pautados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por considerar que
se hace uso indebido de la pauta, existe calumnia y se vulnera el interés
superior de la niñez. La Comisión decidió no conceder la cautelar porque no existió vulneración al interés
superior de la niñez, ya que el PRI acreditó que las personas que aparecen son
mayores de edad. Otros dos spots ya concluyeron su difusión, por lo que se
trata de hechos consumados. Asimismo, la Comisión consideró que no se advierte
que se haga una imputación específica de hecho o delito falso a Morena, de
manera clara y sin ambigüedades.
Finalmente, la
Comisión conoció de las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción
Nacional (PAN), en contra de Morena y de su dirigente nacional por la difusión
de un promocional de radio y televisión, por considerar que se hace uso
indebido de programas sociales para generar coacción o presión al electorado. Se
estimó la improcedencia de la solicitud, pues el posicionamiento de Morena
se realiza en el marco de la libertad de expresión, sin que se advierta la
existencia de manifestaciones que puedan catalogarse como una amenaza directa e
inmediata hacia el votante.
Los cuatro asuntos fueron aprobados por unanimidad
de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero
Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.
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