domingo, 22 de septiembre de 2013

La Trigésima Legislatura. APRUEBA REFORMAS AL CODIGO PENAL Y DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA SANCIONAR A QUIENES PROMUEVAN CONSTRUCCION DE FRACCIONAMIENTOS ILEGALES


·        “La enmienda legislativa salvaguarda el bienestar integral  de los ciudadanos, inhibe las conductas  ilícitas  que buscan  menoscabar la tranquilidad  y afectar el patrimonio  de la gente”, diputada Jocelyn Patricia Fernández Molina.



Tepic,  22 de septiembre del 2013.-  Con el fin de regular  y castigar con el rigor debido todas aquellas conductas que atentan el orden en el desarrollo urbano, los asentamientos  humanos irregulares, afectando el patrimonio de las personas, en Sesión Pública Ordinaria de los integrantes de la Trigésima Legislatura, que preside el diputado Armando García Jiménez, aprobaron por unanimidad el proyecto de decreto que reforma y adicionan diversos artículos de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales del Estado de Nayarit, en materia de fraccionamiento ilegal de inmuebles.
En el contenido de esta interesante e innovadora iniciativa presentada por la diputada Jocelyn Patricia Fernández Molina, señala que habrá de sancionarse  a quien sin contar  con licencias, autorizaciones y permisos de la autoridad administrativa, realice u ordene realizar cualquier  tipo  de publicidad ofreciendo lotes de un terreno.
Un punto importante de esta reforma es que  se contempla como sujeto activo del delito al servidor público que valiéndose de su cargo, de manera irresponsable autorice licencias que permita fraccionar  en lotes un terreno sin que se reúnan las condiciones exigidas por las leyes o planes de desarrollo urbano vigente.
En lo que se refiere a la pena de prisión que actualmente es de 6 a 10 años, se pretende que esta pueda ser incrementada hasta en una mitad cuando las conductas previstas, se realicen en áreas protegidas o preservación ecológica o en zonas no consideradas aptas para vivienda por los planes y programas de Desarrollo Urbano.
Una más de las bondades de esta enmienda legislativa, es que el Agente del Ministerio Público al ejercer la acción penal, asegurará y procederá a poner en cuestión el inmueble ante el organismo encargado del desarrollo urbano en el Estado, poniéndolo a disposición de la autoridad competente para efecto de su posterior decomiso debiendo girar oficio al Registro Público de la Propiedad  y del Comercio del Estado de Nayarit, a fin de evitar movimientos traslativos de dominio.
En lo que compete a la constitución de asentamientos humanos irregulares, se establece  que quien promueva, induzca, aliente o permita la formación de asentamientos  integrados por dos o más familias, incurrirá en el delito penal.
En suma, el decreto que reforma  y adiciona diversos artículos de los Códigos Penal y de Procedimientos Penales del Estado de Nayarit, en materia de fraccionamiento ilegal de inmuebles, tiene como propósito fundamental salvaguardar el bienestar integral  de los miembros de la comunidad, además de inhibir  las conductas  ilícitas  que buscan  menoscabar la tranquilidad  y afectar el patrimonio  de la gente.

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