Líneas
Por:
José Ma. Narváez Ramírez..
Nos informa el señor Alfredo
Romero Robles que el día 11 del mes anterior le fue firmado de recibido en el
Congreso del Estado un oficio conteniendo una denuncia y/o proceso de juicio
político instaurado contra todos los integrantes de la trigésima legislatura
del Congreso del Estado y del Fiscal General del Estado de Nayarit; para que se
declare la procedencia y/o en su caso se turne a la instancia correspondiente
para sus efectos legales conducentes.
Esta
denuncia se hace contra quien o quienes les resulte responsabilidad que en la
presunta desatención a lo dispuesto en el artículo 3º inciso b y c de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo,
evidencian incursión de OMISOS Y ACTOS en ejercicio de sus funciones en
perjuicio de la sociedad en conjunto y/o los que resulten de las inherentes
Leyes, Reglamentos y Códigos Procesales.
Asimismo
en el numeral 13 prevé la atribución del Gobernador del Estado, de nombrar,
remover y toma de previa protesta legal de los titulares de sus dependencias,
que entre las correspondencias contempladas en el numeral 31 no está acreditada
por decreto de ley ni transitorio alguno
la Fiscalía General
del Estado de Nayarit, como parte de la Administración
Pública Centralizada.
Tal
y como se desprende del decreto publicado el día 21 de enero del 2013, en la
página 16 se contempla el transitorio Artículo Segundo que a la letra expresa:
“El Congreso del Estado, dentro de un plazo de un año contado a partir de
entrada en vigor de la presente reforma, deberá expedir las adecuaciones
conducentes relacionadas con la Fiscalía
General.
Cabe
señalar que en escrito de iniciativa enviado por el Ejecutivo Estatal, a manera
de contemplación expone: “La Procuraduría
General del Estado de Nayarit SE TRANSFORMARÁ en una Fiscalía
que dependerá del Poder Ejecutivo. Por tal circunstancia es dable remitirse al
diccionario de la real academia de la lengua española que concluye: Fiscal es
un sujeto sustantivo personal, y Fiscalía es adjetivo persona moral; y por lo
que toca a observancia de todos y cada uno de los artículos reformados, estos
revelan ser contemplativos de materia electoral con administración expresa de la
figura del Fiscal, y OMISOS de la transformación de la Procuraduría General
del Estado de Nayarit, en una Fiscalía que dependerá del Poder Ejecutivo,
evidentemente su legislación quedó a la deriva hasta en tanto el Congreso del
Estado, cumplimentará su propio mandato cautelar dispuesto en el transitorio
artículo segundo para establecer un nuevo sistema de administración de justicia
y toda vez que es de constar que el Congreso del Estado OMITIÓ cumplimentar en
tiempo y forma su propio mandato para la expedición de adecuaciones legales
conducentes relacionadas con la Fiscalía General ,
dejando al descubierto que en el Congreso impera la parálisis legislativa, y el
descuido al rigor jurídico en la técnica legislativa, deja al garete el estado
de derecho, y por ende, en estado de indefensión a la sociedad en conjunto.
Entre
otros señalamientos se lee que en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Nayarit, publicado el 25 de diciembre de 2013, en la página cinco
publica un recuadro identificado como Presupuesto de Egresos para el Ejercicio
Fiscal 2014, apartado RAMO II PODER EJECUTIVO, entre sus dependencias
correspondientes, destaca la sorprendente asignación a la Fiscalía General
del Estado, de 332 millones quinientos cincuenta y nueve mil setecientos 87/100
MN.
El
11 de febrero del presente año, el Fiscal Edgar Veytia, -continúa la denuncia
del Lic. Romero- expidió y firmó oficio.
DAJPC/1139 confirmando que la Policía
Nayarit no existe, preponderando ser superior jerárquico de
un grupo policial de reacción, y le remite a la sociedad la denominación
aludida. De este oficio en mención se desprende que adolece de logotipo
oficial, de la dependencia, aunado la OMISIÓN de los fundamentos legales.
En torno a este oficio, la notable
afirmación que la Policía Nayarit
no existe, es demostrativa –dice- la conducta insensata, sarcástica y hostil,
no obstante que el firmante está consentido a servirse de una posición administrativa
de poder con asignación presupuestal, NO ACTÚA EN CONSECUENCIA contra una circunstancia
que reconoce y ratifica lo que es del dominio público sobre la presencia de un
grupo de individuos que ocultan su rostro y camuflan uniforme color azul
oficial con logotipo de Policía Nayarit, pertrechados portando armas de alto
poder y se transportan por toda la entidad en vehículos con logotipo de Policía
Nayarit sin número de identificación oficial, hostigando y violentando como
mercenarios con impunidad, las garantías individuales consagradas en los
artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna.
Sobre
el tema presupuestal –continúa más adelante la denuncia- dijo el líder del
Congreso local, que será el propio ejecutivo quien tendrá que mandar alguna
modificación de dicho presupuesto de la Fiscalía , para además adecuarlo a las nuevas
responsabilidades que tiene ésta y su nuevo organigrama que tendrá a partir de
la aprobación de esta ley orgánica que le da sustento legal.
“En
la trigésima legislatura no se aplica la legalidad, transparencia e
imparcialidad, sino que funciona con desastre legislativo, lesionando en
destiempo lo que conviene a intereses políticos personales, y no a los que
convienen dentro del marco legal de la sociedad”.
Que
el Congreso del Estado de Nayarit, no acata los tiempos que se le impone
mediante acuerdos, y el desacato de aprobar en tiempo y forma mediante cautelar
prevista en el transitorio artículo segundo, publicado en el Periódico Oficial
Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, de fecha 21 de enero de 2013, deja
de manifiesto que el acuerdo de las adecuaciones legales relacionadas con la
supuesta Fiscalía General, y por ende del Fiscal, JURÍDICAMENTE es ineficaz, o
dicho de otra manera, ESTÁ AFECTADO DE NULIDAD, dejando en estado de
indefensión a la sociedad.
Control…
Señores…. Control… Así termina esta denuncia, pidiendo de conformidad al artículo
8 Constitucional, que, primero: “Tenerme por presentado en tiempo y forma con
la personalidad que ostento, como mexicano por nacimiento y residente
nayaritense.
Segundo:
Una vez analizados y valorados los antecedentes-hechos, y considerando con las
pruebas documentales que se aportan, se me tome la ratificación correspondiente
a que haya lugar y, se dicte resolución de procedencia del presente escrito en
los términos planteados”.- Firma:> Alfredo Romero Robles.
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