miércoles, 4 de diciembre de 2019

Aprueba Congreso Ley de Movilidad


• Se abroga la Ley de Tránsito y Transporte

•  Entrará en vigor el 1 de enero del 2020

Tepic, 04 de diciembre de 2019.- Con el peatón y su integridad física como prioridad, la Ley de Movilidad para el Estado de Nayarit fue aprobada por el Congreso del Estado.
El nuevo ordenamiento legal recoge las propuestas ciudadanas expuestas en tres Foros Regionales de Movilidad Sustentable y las opiniones de expertos en la materia, tanto locales, nacionales e internacionales.

La Ley de Movilidad sustituye la Ley de Tránsito y Transporte y regulará la seguridad y el libre tránsito de las personas con discapacidad garantizando accesibilidad universal, peatones, usuarios de transporte público, ciclistas y conductores de vehículos, fijarán las bases para la organización, orden y control de la circulación vehicular, peatonal y de los ciclistas, establecerán las bases normativas para la impartición de la educación vial y garantizarán la prestación del servicio público de transporte. 

Los principios rectores de este marco jurídico son la igualdad, equidad, participación y corresponsabilidad social, sustentabilidad, competitividad, el peatón como centro del Sistema de Movilidad, seguridad, accesibilidad, eficiencia, calidad, resiliencia, multimodalidad, innovación tecnológica y antimonopolio.

Con la renovación del marco jurídico, que tenía más de 20 años, permitirá mejorar las condiciones en que se realizan los desplazamientos, tener una sana convivencia en las calles, respetar y dar preferencia al peatón, prevenir conflictos de tránsito, desestimular el uso del automóvil particular, promover el uso del transporte público, reconocer a las personas con movilidad limitada, peatones, usuarios de transporte no motorizado, usuarios del transporte público de pasajeros, prestadores del servicio de transporte público de pasajeros, transporte de carga y usuarios de transporte particular.
Prevé una regulación en cuanto a los requisitos para concesiones de transporte público, instaurar una serie de requisitos para las personas que deseen ser prestadoras del servicio privado de personas a través de aplicaciones móviles, estipula la competencia de las distintas autoridades y la competencia de cada una fomentando la cooperación, incorpora un sistema de control vehicular, crea una regulación de la expedición de licencias, regula la creación y seguimiento de rutas del transporte público.

Al aprobar esta Ley se deberán modificar los Reglamentos Municipales, la Secretaría de Movilidad asumirá las funciones que desempeña la Dirección General de Tránsito y Transporte. 

La Ley contempla como autoridades al Sistema Estatal de Transporte, la Secretaría de Movilidad, el Consejo Estatal de Movilidad y Transporte y el Consejo Consultivo de Participación Ciudadana.

La creación del nuevo marco jurídico tuvo origen en propuestas de los legisladores Heriberto Castañeda Ulloa e Ismael Duñalds Ventura, además de la participación importante de más de 2 mil ciudadanos que presentaron 231 ponencias en los tres Foros de Movilidad Sustentable realizados en los municipios de Bahía de Banderas, Santiago Ixcuintla y Tepic.

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