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Los
implicados incumplieron el procedimiento de fiscalización
El Consejo General del Instituto
Nacional Electoral (INE) aprobó por mayoría ordenar la cancelación del registro
como candidatos en el estado de Guerrero a los ciudadanos Yair García Delgado,
José Fernando Lacunza Sotelo, Félix Salgado Macedonio, Pablo Amílcar Sandoval
Ballesteros, Luis Walton Aburto, así como a la candidata Adela Román Ocampo,
por omitir presentar informes de ingresos y gastos de precampaña, a pesar de
que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó diversos actos y mensajes que
debieron ser reportados.
El proyecto impone al partido Morena,
por la omisión en la presentación de los informes de ingresos y gastos de sus
precandidatos, una multa por 6 millones 573 mil 391.97 pesos.
La Consejera Adriana Favela Herrera,
presidenta de la Comisión de Fiscalización, indicó que, derivado del criterio
que ha sostenido la mayoría del Consejo General, la sanción por no haber
presentado su informe de gastos de precampaña es la pérdida o cancelación de su
registro como candidatos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en
el estado de Guerrero.
Favela Herrera explicó que a pesar de
que Morena rechazó tener precandidatos y periodo de precampañas, la autoridad
electoral determinó lo contrario, por lo que en el caso de los ciudadanos
sancionados se actualiza el precepto previsto en la norma que los obliga a la
presentación de los informes correspondientes.
“Cualquier persona que aspira a una
candidatura tiene que presentar un informe de precampaña, obviamente también
tiene una circunstancia complicada porque tendría que tener los accesos a los
distintos sistemas para el reporte es el partido político, pero si el partido
político asume que no tenían precampaña y no da acceso a esos sistemas, pues
entonces las personas no logran rendir el informe”, sostuvo al expresar su
desacuerdo con la sanción de pérdida de registro.
Si hay precampaña y hay precandidatos,
se debe cumplir con lo que dice la ley
El Consejero Jaime Rivera Velázquez
explicó que la convocatoria de Morena en el estado de Guerrero determina la
calidad de precandidatos para quienes participan en el proceso de selección,
por lo que en ese documento emitido por el propio partido se establece el
carácter de las precandidaturas, a pesar de que el instituto político señale
que no hubo precampañas.
Para el Consejero Rivera “los elementos son
bastante claros” y para la Comisión de Fiscalización quedó demostrado tanto
documentalmente, como con múltiples pruebas técnicas y de hechos, así como
declaraciones de los involucrados, que diversos actores políticos y militantes
de Morena se asumieron como precandidatos a la gubernatura de Guerrero y
actuaron como tales.
“Sí hubo precampaña, sí hubo
precandidatos y si hay precampañas y hay precandidatos se da el supuesto de
obligación de cumplir conforme a la ley con los informes de ingresos y gastos de
precampaña y también se da el supuesto de la sanción que corresponde conforme a
la ley”, subrayó.
El Consejero Uuc-kib Espadas Ancona
refirió que el problema surge de una verbalización engañosa, sin embargo, la
sanción de la cancelación de un registro podría ser desproporcionada, aunque es
legal.
“El hecho de que la sanción se
establezca en la ley, no elimina el deber del INE de considerar los derechos
constitucionales. La sanción de cancelar las candidaturas afecta el derecho de
los votados, de los partidos y de los votantes a elegir a su gobernador”.
No podemos dejar de aplicar la ley
“Nosotros no somos jueces
constitucionales para dejar de aplicar la ley, dejar de aplicar la sanción o la
consecuencia jurídica que está establecida claramente en la ley”, dejó en claro
la Consejera Carla Humphrey Jordan.
Mencionó que el Tribunal Electoral del
Poder judicial de la Federación estableció que todo acto orientado a la
obtención de alguna candidatura debe ser considerado como precampaña,
independientemente de la denominación que se le dé.
Además “la sanción puede sonar, ser o
parecer desproporcionada”, pero la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales establece que si un precandidato incumple la obligación
de entregar su informe de ingreso y gastos de precampaña dentro de los plazos
establecidos pierde el derecho y no podrá ser registrado formalmente como
candidato.
La Consejera Claudia Zavala Pérez
destacó que el sistema de fiscalización electoral se ha reforzado con cada
reforma, por lo que en la actualidad se cuenta con un modelo que permite
identificar los gastos en cada momento, con base en reglas muy precisas que
deben ser cumplidas por los aspirantes a puestos de elección popular y por los
partidos políticos.
Afirmó que las personas que participan
en un proceso de selección interna tienen la obligación de presentar informes
sobre sus gastos, aunque éstos se lleven en ceros por no haber realizado
erogaciones.
Adicionalmente, dijo, los partidos políticos
están obligados a registrar a todas las personas aspirantes en sus procesos
para que pueda llevarse, en su caso, el modelo de contabilidad necesario en el
sistema.
“Debemos ser muy precisos en que la
responsabilidad de los partidos políticos es la original, porque ellos
propician para dar de alta en el sistema, pero todas las personas aspirantes
son corresponsables”, ratificó.
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