miércoles, 20 de julio de 2022

"Movimiento Laborista Nayarit A.C. " y “Humanismo Actuante A.C.” continúan procedimiento para constituirse como partido político local.

 



Las organizaciones ciudadanas "Movimiento Laborista Nayarit A.C. " y “Humanismo Actuante A.C.” continúan su procedimiento para constituirse como un partido político local, el Consejo Local Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit declaró procedente el escrito de manifestación de intención presentado por estas organizaciones, por consiguiente ya están en condiciones de iniciar la celebración de Asambleas Distritales o Municipales, es importante señalar que la asociación optará por el tipo de asamblea conveniente y deberá seguir el mismo formato, bajo ninguna circunstancia podrá modificar el tipo de asamblea elegida.   

 

Movimiento Laborista Nayarit A.C., ya contempló y notificó al Instituto Estatal Electoral de Nayarit el inicio de sus asambleas y optó por realizar asambleas distritales, considerando sus primeras dos asambleas distritales en las localidades de Bucerías y Mezcales en el municipio de Bahía de Banderas. Las Asambleas Distritales deberán realizarse en al menos doce distritos electorales locales y deberán contar con la presencia mínima del equivalente al 0.26 por ciento de la ciudadanía inscrita en el Padrón Electoral del distrito correspondiente. El Padrón Electoral tendrá como base el corte al 10 de abril del 2021 de 894,096 ciudadanos y ciudadanas, por tanto, la ciudadanía equivalente del 0.26 por ciento será de 2,325. 

 

Durante las asambleas el personal del IEEN certificará los siguiente: que las afiliaciones no sean menos del 0.26 por ciento del padrón electoral del distrito o municipio; la asistencia libre; elección de las y los delegados propietarios y suplentes; formación de la listas de afiliados con nombre, domicilio, clave y folio de la credencial; si suscribieron el documento formal de afiliación; si conocen y aprobaron los documentos básicos; inexistencia de intervención de organizaciones gremiales o de otras con objeto diferente al de constituir un Partido Político.

 

Una vez concluidas la totalidad de las asambleas distritales o municipales según el caso, la organización deberá cumplir con el requisito de la celebración de la Asamblea Constitutiva, que consiste en una reunión por las personas delegadas (propietarias o suplentes) electas en las asambleas celebradas, ante la presencia del funcionariado del IEEN a quienes se les delegará la fe pública electoral, para constar los hechos relativos a la asamblea y levantar el acta correspondiente.

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