Las organizaciones ciudadanas "Movimiento
Laborista Nayarit A.C. " y “Humanismo Actuante A.C.” continúan su
procedimiento para constituirse como un partido político local, el Consejo
Local Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit declaró procedente
el escrito de manifestación de intención presentado por estas organizaciones,
por consiguiente ya están en condiciones de iniciar la celebración de Asambleas
Distritales o Municipales, es importante señalar que la asociación optará por
el tipo de asamblea conveniente y deberá seguir el mismo formato, bajo ninguna
circunstancia podrá modificar el tipo de asamblea elegida.
Movimiento Laborista Nayarit
A.C., ya contempló y notificó al Instituto Estatal Electoral de Nayarit el
inicio de sus asambleas y optó por realizar asambleas distritales, considerando
sus primeras dos asambleas distritales en las localidades de Bucerías y
Mezcales en el municipio de Bahía de Banderas. Las Asambleas Distritales
deberán realizarse en al menos doce distritos electorales locales y deberán
contar con la presencia mínima del equivalente al 0.26 por ciento de la ciudadanía
inscrita en el Padrón Electoral del distrito correspondiente. El Padrón Electoral
tendrá como base el corte al 10 de abril del 2021 de 894,096 ciudadanos y
ciudadanas, por tanto, la ciudadanía equivalente del 0.26 por ciento será de 2,325.
Durante las asambleas el
personal del IEEN certificará los siguiente: que las afiliaciones no sean menos
del 0.26 por ciento del padrón electoral del distrito o municipio; la
asistencia libre; elección de las y los delegados propietarios y suplentes; formación
de la listas de afiliados con nombre, domicilio, clave y folio de la credencial;
si suscribieron el documento formal de
afiliación; si conocen
y aprobaron los documentos básicos; inexistencia de intervención de
organizaciones gremiales o de otras con objeto diferente al de constituir un
Partido Político.
Una
vez concluidas la totalidad de las asambleas distritales o municipales según el
caso, la organización deberá cumplir con el requisito de la
celebración de la Asamblea Constitutiva, que consiste en una reunión por las
personas delegadas (propietarias o suplentes) electas en las asambleas
celebradas, ante la presencia del funcionariado del IEEN a quienes se les
delegará la fe pública electoral, para constar los hechos relativos a la
asamblea y levantar el acta correspondiente.
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