- La decisión de la Segunda Sala de la SCJN beneficia a las empresas
y a todas las familias mexicanas al eliminar condiciones monopólicas en el
sector.
- Manifestamos nuestro rechazo al intento de llevar a juicio político
al Ministro Alberto Pérez Dayán por
emitir un voto de calidad a favor del
proyecto.
En
la Confederación Patronal de la República Mexicana, COPARMEX, celebramos la
trascendente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) al declarar que diversas disposiciones de la
Ley
de la Industria Eléctrica aprobada en 2021, transgreden los principios
constitucionales de competencia, libre concurrencia y desarrollo sustentable.
De
acuerdo con el Máximo Tribunal del país, esta legislación secundaria, en lugar
de atender el criterio de eficiencia establecido en la Carta Magna, introdujo
un orden de prelación en el despacho de energía eléctrica, determinando qué
centrales generadoras inyectan primero su energía a la red nacional y así
privilegiar a los generadores del Estado, es decir a la Comisión Federal de
Electricidad y a las plantas asociadas a ella alterando
el
mercado eléctrico.
La
SCJN también consideró que la Ley de la Industria Eléctrica vulneró los
principios de competencia, libre concurrencia y desarrollo sustentable al
establecer disposiciones para la asignación de los contratos de
cobertura
eléctrica y para el sistema de adquisición de certificados de energías limpias.
Es
importante resaltar que, aunque la concesión del amparo parte de la queja de
seis empresas, de acuerdo con
el
resolutivo de la Segunda Sala se generará la misma consecuencia para el resto
de los agentes que participan
en
el mercado eléctrico mayorista, pues, de lo contrario, provocaría que se
aplicaran reglas dispares a las empresas amparadas, contraviniendo los
principios rectores fijados por la Constitución para ese mercado.
Por
otra parte, desde COPARMEX manifestamos nuestro rechazo al intento de someter a
juicio político ante el Congreso de la Unión al ministro Alberto Pérez Dayán
por otorgar el voto de calidad en la discusión sobre la Ley
de
la Industria Eléctrica. Cabe destacar que de acuerdo con el artículo 56 de la
Ley de Amparo: “Cuando uno de
los
ministros se manifieste impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala
(como sucedió con Javier Laynez Potisek), los restantes calificarán la excusa.
Si la admiten, éstos continuarán en el conocimiento del asunto; en caso de
empate, quien presida tendrá voto de calidad”.
El
Juicio Político es procedente cuando alguno de los servidores públicos
previstos en el artículo 110 de la Constitución, redunden en perjuicio de los
intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. En tal sentido, como se
advierte, el hecho de que el Ministro Pérez Dayán haya ejercido la facultad del
voto de calidad,
no
entraña ningún de los referidos supuestos sino todo lo contrario: hizo valer la
vigencia efectiva del orden constitucional.
Es
importante recordar dos casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos que son precedentes vinculantes para el Estado Mexicano. El Tribunal
Constitucional vs. Perú de 1999; y el Tribunal Constitucional vs Ecuador de
2013, en los que se establece que ningún juez constitucional puede ser juzgado
por
el ejercicio de sus facultades, de lo contrario, se estaría violentando el
equilibrio de poderes y poniendo en riesgo la solvencia del Estado
Constitucional de Derecho.
Desde
la Confederación hacemos un llamado al respeto entre los Poderes de la Unión y
a evitar ataques sin sustento contra los integrantes de la SCJN.
Así
mismo, consideramos que la propuesta del Ejecutivo Federal de enviar una nueva
reforma eléctrica para robustecer a la CFE, pero de las mismas características
de la que acaba de ser rechazada en la Suprema Corte, sólo generaría
incertidumbre entre los inversionistas y pondría en duda el respeto al Estado
de Derecho.
El
Poder Judicial ha cumplido una imprescindible labor para preservar la
Constitución, la legalidad y los derechos de todos. Desde COPARMEX reiteramos
el compromiso con la defensa de la libre competencia y la promoción de un entorno jurídico estable para las
inversiones en el sector eléctrico.
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