·
Antes
de emitir el acuse para comenzar la validación de firmas, el Instituto
realizará la cuantificación de los formatos para validar que se cuente con el
equivalente al 2% de la Lista Nominal
·
Los
30 días que tiene el INE para la validación correrán a partir de que se tenga
el acuse, en unos 8 o 10 días
·
Los
registros que no cumplan con el formato requerido, serán clasificados como
inconsistentes
El Instituto Nacional Electoral (INE)
recibió de la Mesa Directiva del Senado de la República 80 cajas con formatos
de apoyo ciudadano a dos consultas populares sobre los temas “juicio a expresidentes e investigación” y “juicio a expresidentes
para condenar los presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o
daños graves al país”, con el objetivo de que la autoridad electoral lleve
a cabo la verificación de las mismas.
Para realizar la verificación del apoyo
ciudadano que establece la Constitución y la Ley Federal de Consulta Popular,
el cual debe ser equivalente al 2% de la Lista Nominal -es decir 1,821,405
registros-, el Instituto desarrollará diversas actividades y etapas que
permitirán dar certeza al procedimiento.
En el oficio INE/SE/0525/2020 enviado
por el Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, al Senador Oscar Eduardo
Ramírez Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva de dicha Cámara, el pasado 17
de septiembre, el Instituto detalló el procedimiento de verificación de las
firmas.
Una vez recibidos los formatos
destinados a recabar el apoyo ciudadano, el INE realizará la revisión y
cuantificación de cada uno, así como de los registros que contienen. En esa
primera cuantificación se revisará que el número de firmas recibidas sea
superior al 2% de la Lista Nominal, actividad que se estima, llevará entre 8 y
10 días.
Los formatos que no correspondan con el
aprobado por la Cámara respectiva o no incluyan la totalidad de sus requisitos,
serán clasificados como formatos inconsistentes y no serán contabilizados los
registros de apoyo ciudadano que en ellos se contengan.
Finalizada la revisión y cuantificación
de formatos, el INE expedirá un acuse de recepción, el cual contendrá el número
total de formatos y registros recibidos. Es a partir de este momento en que
inicia el plazo que la ley otorga al Instituto de 30 días para realizar la
verificación correspondiente.
Expedido el acuse, la autoridad
electoral procede a capturar la información de cada registro y realizar la compulsa
con la base de datos del Padrón Electoral, en la cual identificará que se trate
de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la Lista Nominal, que la firma y datos
coincidan con los registrados ante el INE y que no existan apoyos duplicados.
Durante la verificación, el Instituto
visitará a un porcentaje de las personas registradas en los formatos de apoyo a
la consulta popular para validar si se trata de un apoyo auténtico.
Realizada la verificación, la autoridad
electoral elaborará un informe de resultados que será enviado a la Cámara de
Senadores para su difusión y trámite posterior.
Este trabajo implicará la erogación de
recursos destinados a la contratación de personal e insumos de papelería, así
como equipos para la captura de la información contenida en los formatos en una
herramienta tecnológica que empleará el INE para la verificación.
La revisión y compulsa de los apoyos
estará a cargo de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
En el caso de que el Instituto determine
que se cumple con el 2% de apoyo a la consulta, el Presidente de la Mesa
Directiva de la Cámara de Senadores enviará la petición a la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, junto con la propuesta de pregunta de los peticionarios
para que resuelva sobre su constitucionalidad.
El máximo tribunal del país contará con
20 días naturales para resolver sobre la constitucionalidad de la consulta. De
validarla, la SCJN la turnará al Senado de la República para la emisión de la
convocatoria correspondiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario