La Comisión de
Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por
unanimidad de votos, siete medidas cautelares solicitadas por diversas
ciudadanas y personas servidoras públicas, por la aparente comisión de
Violencia Política en Razón de Género, generación de discurso de odio,
calumnia, actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y la
posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en
la contienda electoral.
Facebook deberá
eliminar contenidos en un plazo no mayor a 12 horas Una Diputada Federal, quien
solicitó la protección de sus datos, denunció a Noticias Cuautla, BDM noticias
y otros, por Violencia Política contra de las Mujeres en Razón de Género
(VPMRG), derivado de la difusión de diversas publicaciones en la red social
Facebook y otros medios electrónicos.
La Comisión, respecto a dos publicaciones denunciadas, otorgó
las medidas cautelares solicitadas, porque de un análisis preliminar consideró
que podrían actualizar VPMRG en contra de la quejosa, en virtud de que se
encuentran dirigidas a menoscabar a la denunciante por el hecho de ser mujer,
en el libre ejercicio de un derecho político electoral, en sus vertientes de
participación política y voto pasivo, al estar acreditada su calidad de
Diputada Federal; en consecuencia, Facebook, por conducto de Meta Platforms
INC, deberá retirar su contenido en un plazo no mayor a 12 horas. Por otro
lado, negó el retiro del resto de las publicaciones denunciadas, pues de un
análisis preliminar al contenido, estimó que éstas sustancialmente constituyen
opiniones respecto a su trayectoria política, por lo que no se advierte que las
frases o expresiones lleven a considerar una situación de violencia,
vulnerabilidad, poder o desventaja basada en cuestiones de género.
Publicaciones en Facebook, preliminarmente, no constituyen
Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en contra de Senadora
de la República La Senadora Susana Harp Iturribarría denunció la difusión, en
los perfiles de Facebook de las páginas denominadas “La Nota” y “Te
informamos”, de 36 publicaciones que podría constituir VPMRG en su perjuicio.
El colegiado determinó improcedente ordenar el retiro de dos
publicaciones, las cuales podrían contener lenguaje sexista, pues éstas ya no
están disponibles, por lo que se trata de actos consumados de manera
irreparable.
Para el resto de las publicaciones, se concluyó, bajo la
apariencia del buen derecho, que no están dirigidas a la quejosa por su calidad
de mujer, sino que, aparentemente, se está en presencia de una crítica a la
Senadora de la República por su trabajo parlamentario.
No hay elementos de odio en publicación de Morena en red
social X El Partido de la Revolución Democrática (PRD) y una persona que
solicitó la protección de sus datos, denunciaron al partido Morena por actos
anticipados de precampaña y por mensajes de odio, derivado de la difusión de un
video en la red social X, antes Twitter, en el cual se utilizan frases que, a
decir del quejoso, generan discurso de odio en contra de las mujeres.
La Comisión de Quejas
negó ordenar su retiro ya que, en apariencia del buen derecho, no se advierte
que el video reúna elementos que constituyan discurso de odio, pues no existe
un señalamiento claro o expreso hacia la persona denunciante, sino que las
afirmaciones se encuentran dirigidas a la persona representante del Frente
Amplio por México y su actividad política, sin que las mismas se sustenten
preliminarmente en elementos de género.
Publicaciones en redes de Claudia Sheinbaum no vulneran la
equidad en la contienda Movimiento Político Restaurador de México A.C., y
Bertha Xóchilt Gálvez Ruiz presentaron quejas en contra de Claudia Sheinbaum
Pardo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Morena, derivado de la publicación en
la red social X, sobre la renuncia del Ministro en retiro y la posterior
reunión entre los denunciados, también quejándose de la difusión de una
entrevista radiofónica en la que Zaldívar manifiesta que se sumará a los trabajos
de Claudia Sheinbaum.
Al respecto el colegiado resolvió que es improcedente retirar
las publicaciones de la red social X de Claudia Sheinbaum Pardo, toda vez que,
desde una perspectiva preliminar, no se advierte que en el contenido se
presente una plataforma electoral, se solicite el voto o se busque posicionar a
la denunciada de manera anticipada frente al electorado. Resulta igualmente
improcedente ordenarle al ciudadano Ministro en retiro Arturo Zaldívar Lelo de
Larrea se abstenga de difundir, comunicar, expresar o manifestar su apoyo a
Claudia Sheinbaum, al versar sobre hechos futuros de realización incierta.
Publicaciones del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez y
diversos ciudadanos no violan la normativa electoral Jorge Álvarez Máynez y
Rafael Ángel Lecón Domínguez, denunciaron a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, a los
partidos integrantes del Frente Amplio por México y a quien resulte
responsable, por la celebración de un evento, en la sede del Partido Acción
Nacional (PAN), con motivo del registro como precandidata a la Presidencia de
la República, así como por la presentación de su informe de labores en el Monumento
a la Revolución.
Al respecto, se
determinó, bajo la apariencia del buen derecho, que del análisis integral al
material denunciado, éste alude a actividades realizadas inherentes a su cargo,
ya que el mismo tiene por objeto difundir de manera genérica temas de interés
general para la ciudadanía, por lo que no se trata de propaganda, tampoco se
configura promoción personalizada, pues de manera preliminar, sólo se trata de
su deber de rendir cuentas, y sobre los actos anticipados de campaña se negó la
medida cautelar, ya que contiene frases genéricas. Respecto de las
publicaciones realizadas por el PAN, se resolvió que no existe algún indicio de
que se trató de eventos proselitistas o que tuvieran como efecto presentar
propuestas de campaña o exaltar cualidades de los servidores públicos presentes
en dichos eventos, de ahí la improcedencia de ordenar su eliminación.
De un análisis preliminar a otros sitios y otras ligas de
internet, se advierte que se trata de publicaciones realizadas por ciudadanos o
por personas distintas a los denunciados, por medio de las cuales hacen
señalamientos o referencias de apoyo a las actividades realizadas por Gálvez
Ruiz, lo cual está amparado por la libertad de expresión.
En lo que respecta a las publicaciones hechas en los medios
de comunicación, se trata de notas informativas, mismas que forman parte del
quehacer periodístico y que están protegidas por la libertad de expresión y de
información, por tanto, no se justifica su retiro. Finalmente, por cuanto hace
a la tutela preventiva, se negó ordenar a la y los denunciados que se suspenda
cualquier evento o acto público de igual o similar naturaleza, al tratarse de
hechos futuros de realización incierta.
La Comisión hace un
llamado a Samuel Alejandro García Sepúlveda a conducirse con prudencia
discursiva El PRD y el PAN denunciaron a Samuel Alejandro García Sepúlveda,
Dante Delgado Rannauro, Clemente Castañeda Hoeflich, Salomón Chertorivski
Woldenberg, así como al partido Movimiento Ciudadano (MC), derivado de la
celebración del evento de registro de precandidatura al cargo de Presidente de
la República, realizado el pasado 12 de noviembre de 2023, así como por la difusión
en redes sociales. Al respecto, bajo la apariencia del buen derecho y desde una
óptica preliminar, se consideró que el contenido de las frases o expresiones no
incluyen manifestaciones que puedan constituir actos anticipados de precampaña
y campaña, ya que no se advierte referencia alguna que pudiera ser considerada
como un posicionamiento relacionado con el Proceso Electoral Federal 2024.
De igual manera, se
negó ordenar a los denunciados abstenerse de efectuar actos como los
denunciados o similares, al tratarse de actos futuros de realización incierta,
pues no se tiene ningún elemento para suponer que se llevarán a cabo eventos
con similares características. Sin embargo, se hizo un llamado a Samuel
Alejandro García Sepúlveda, a conducirse con prudencia discursiva en todo
momento, con la finalidad de evitar que sus manifestaciones se traduzcan en expresiones
que busquen favorecer o perjudicar a un partido político, cuidando que su
actuar se encuentre siempre ajustado a los principios constitucionales de
imparcialidad y neutralidad. Publicaciones en X, Instagram y YouTube no
constituyen preliminarmente calumnia ni violencia política en razón de género
en contra de Diputada del PAN María Teresa Castell de Oro Palacios, Diputada
Federal, denunció a María Clemente García Moreno, Salma Luévano Luna, Victoria
Sámano, fundadora y directora de “LLECA-Escuchando la Calle”, así como al
partido Morena y a quien resulte responsable, derivado de la difusión de
publicaciones que las denunciadas realizaron en sus redes sociales X, Instagram
y YouTube, las cuales, en concepto de la quejosa, son actos constitutivos de
calumnia y Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en su
contra. La Comisión consideró negar las medidas cautelares, pues de manera
preliminar, no se advierte que las publicaciones señaladas estén dirigidas a la
quejosa por su calidad de mujer, sino que, aparentemente, se está en presencia
de un material por el que se critica discursos realizados por la denunciante.
Es decir, el material no se encuentra basado en algún
estereotipo por razón de género o por el hecho de ser mujer; esto es, no se
desprende algún elemento objetivo para que, en sede cautelar, se determine que
las expresiones tienen por objeto menoscabarla, denigrarla o calumniarla por
ser mujer, ni generar una situación de violencia, vulnerabilidad, poder o
desventaja basada en cuestiones de género en detrimento de los derechos
político-electorales de la denunciante.
En cuanto a ordenarles se abstengan de realizar y difundir
expresiones similares en cualquier medio de comunicación, se negó de igual
forma la tutela preventiva, debido a que en sede cautelar no se está ante
conductas evidentemente ilícitas que ameriten el dictado de una medida cautelar
como la solicitada por la parte denunciante; máxime que ésta versa sobre hechos
futuros de realización incierta. Por el probable uso indebido de recursos
públicos, promoción personalizada y la culpa in vigilando, en todos los casos,
serán temas que analizará de fondo la Sala Regional Especializada.
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