jueves, 30 de mayo de 2013

La Trigésima Legislatura impulsa reformas que garantizan la seguridad jurídica de los gobernados.


Se Aprueba por Unanimidad Otorgar Competencia a la Sala 
Constitucional-Electoral para Conocer 
                Concurrentemente Amparos en Materia Penal.
·         De esta forma el Poder Legislativo le da sentido en esta reforma de que “toda persona tiene derecho a que 
                       se le administre justicia por los tribunales que estarán expeditos para impartirla.


Tepic Nayarit a 30 de Mayo del 2013.-  El pleno de los 

integrantes de la Trigésima Legislatura al H. 

Congreso del Estado de Nayarit, que preside el Diputado, 

Armando García Jiménez, aprobó por 

unanimidad reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial del 

Estado de Nayarit, para dotar de competencia 

expresa a la Sala Constitucional-Electoral a efecto de que ésta 

instancia colegiada conozcan carácter de 

superior jerárquico del juzgador que emita el acto, de los 

juicios de amparo indirectos en materia penal que 

se promuevan por violaciones a los derechos y garantías 

previstas en los artículos 16, 19 y 20 de la 

Constitución General de la República.




Los razonamientos que motivaron el voto afirmativo de las 

diputadas y diputados  de la Asamblea 

Legislativa, se sustentaron en la disposición prevista en el 

artículo 37 de la Constitución Política de los 

Estados Unidos Mexicanos, que postula el principio de acceso a 

la justicia, pronta y expedita.



De esta forma el Poder Legislativo le da sentido en esta reforma de que “toda persona tiene derecho a que 

se le administre justicia por los tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que 

fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”.



Asimismo y con sustento en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la reforma a la Ley Orgánica 

del Poder Judicial tiene la finalidad de satisfacer el contenido de éstos derechos que tienen su fuente de origen en 

la propia Constitución Federal y en la citada Convención.

Al establecerse a nivel local la competencia concurrente en materia de amparo indirecto en la rama penal, se 

salvaguarda uno de los postulados previstos en la Constitución General de la República, como lo es la seguridad 

jurídica de los gobernados.

Dicha enmienda legislativa, cumple con una más de las líneas de acción  en materia de procuración e impartición 

de justicia previstas en el Plan de Desarrollo Institucional del Poder Legislativo.

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