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El Consejo General del Instituto
Nacional Electoral (INE) celebró una sesión extraordinaria durante la cual
recibió el Informe Final de Actividades del Comité Técnico Asesor para el Conteo
Rápido.
Este informe da cuenta de que la
estimación y resultados presentados a partir del Conteo Rápido fueron exitosos
a pesar de las dificultades logísticas que tuvieron lugar en la Jornada
Electoral del pasado 7 de junio.
El Consejero Presidente del INE,
Lorenzo Córdova, aseguró que el Conteo Rápido demostró su eficacia a partir de
las coincidencias entre el resultado emitido y aquellos arrojados, en su
momento, por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y los
Cómputos Distritales.
Consideró que el Conteo Rápido emitió
resultados exitosos en las pasadas elecciones intermedias y cumplió con el
propósito de proporcionar información la misma noche de la Jornada Electoral.
“Una de las funciones primordiales de
esta autoridad electoral es generar la mayor información posible respecto de lo
que ha ocurrido en la propia jornada, durante las horas que suceden al cierre
de las casillas, las cuales son las horas en las que la sociedad demanda mayor
información sobre los resultados electorales, así sea de manera preliminar”,
precisó el Consejero Presidente.
Durante la sesión las Consejeras y
Consejeros Electorales resolvieron 19 quejas en materia de fiscalización, de
las cuales 12 fueron desechadas, seis infundadas y una fundada.
Al abordar la queja interpuesta por
los partidos políticos de la Revolución Democrática y Morena en contra del
Partido Vede Ecologista de México (PVEM), por la difusión de propaganda a
través de los denominados cineminutos, la cual podría representar un beneficio
y donación en especie por parte de entes prohibidos, el Consejo General
determinó sancionar al partido con 64 millones
380 mil pesos.
La
falta expuesta en el proyecto consiste en que el PVEM recibió de la empresa
Rabokse, S.A. de C.V. una aportación por un monto de 21 millones 460 mil pesos,
al contratar y pagar dicha cantidad de recursos a los cines en favor del
partido político, lo que dio lugar a una sanción del 300 por ciento del monto
involucrado al considerar que la falta fue grave y existió dolo en la conducta.
El
Consejero Electoral Ciro Murayama, Presidente de la Comisión de Fiscalización,
explicó que al
no acreditarse el flujo de dinero del PVEM hacia Rabokse, se está ante la
aportación en especie por parte de una empresa mercantil, ente prohibido
expresamente por la ley.
“Lo que tenemos delante de
nosotros es la acreditación de una donación en especie de un ente expresamente
prohibido en la legislación electoral mexicana desde 1996, que es la
prohibición que tienen las empresas de carácter mercantil de hacer donaciones a
los partidos políticos”, enfatizó.
Posteriormente, en acatamiento a una
sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, el Consejo General del INE ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral, dar inicio a un procedimiento de investigación a los miembros del
Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de
Chiapas.
El procedimiento ordenado tendrá como objetivo analizar la conducta de los
miembros del Consejo General del organismo electoral de Chiapas que
convalidaron los registros de candidaturas pese a que resultaba evidente que los
partidos políticos no cumplían con los estándares constitucionales y legales de
paridad de género.
El acuerdo aprobado ordena a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto,
para que durante la sustanciación del procedimiento, rinda un informe bimestral
al Consejo General, a efecto de que el órgano colegiado dé cumplimiento a la
sentencia.
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