Reforma Constitucional

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martes, 1 de octubre de 2013

En Nayarit APRUEBAN REFORMAS AL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA DAR MAYOR CLARIDAD Y EFICACIA A LAS NOTIFICACIONES


·        La ejecución de las notificaciones se efectuarán en tres días y no en 24 horas como se realizaban con anterioridad.

·        Las notificaciones se podrán realizar a través de la red de Internet que ofrecen a los procesos jurisdiccionales.




Tepic, 01 de octubre del 2013.- Con el fin de  brindar mayor  claridad  y eficacia en materia de notificaciones; este martes en Sesión Pública Ordinaria de los integrantes de la Trigésima Legislatura, que preside el legislador Armando García Jiménez, aprobaron por unanimidad el decreto que reforma y adiciona diversos artículos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit.






La esencia y finalidad primordial  de las notificaciones, es la de garantizar  la defensa en juicio; cumple con efectivizar y dar ejercicio al principio de bilateralidad, pues las partes de una relación jurídica, deben tener conocimiento de todas las resoluciones que dicta el órgano jurisdiccional al que se halla sometido el conflicto; por tanto si surge  una notificación imperfecta  puede causar grandes perjuicios económicos y personales a las partes.
Esta enmienda legislativa, la cual fue presentada por el Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial, a  través de su Presidente, el Magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto;   se especifica que la notificación  y el exhorto judicial, constituyen elementos de vital importancia para la consolidación de la justicia dentro del sistema jurídico nayarita, por ende resulta imperativo dotar a estos actos de mayor puntualidad y calidad en sus preceptos.
El exhorto, significa, incitar con palabras, razones y ruegos a que haga o deje de hacer algo; los objetivos que persiguen los exhortos pueden ser variados; realizar una notificación, citación o emplazamiento, desahogar  total o parcialmente una prueba; y ejecutar o reconocer una sentencia.
En este mismo dictamen se señala que queda estipulado como plazo para efectuar las notificaciones tres días, anteriormente se efectuaban en 24 horas; se incluye la exigencia  para que los abogados registren en el Tribunal  Superior de Justicia, la cédula profesional que los acredita como profesionistas del derecho, de igual forma abre la posibilidad para que las notificaciones puedan realizarse a través de otros medios incluyéndose  los correos electrónicos; se incluyen además reglas claras y precisas para la práctica de notificaciones personales y el acreditamiento de las mismas.
En una más de las reformas, en sus artículos 75 y 76, se incorpora el uso de los nuevos recursos tecnológicos  específicamente los que ofrece la red de internet a los procesos jurisdiccionales, con la intención  de que tanto las partes, abogados y la propia autoridad puedan beneficiarse del  empleo de este tipo de herramientas; esto surge como una respuesta para lograr  que los procesos judiciales que utilicen ese medio  se desarrollen con una mayor celeridad, economía y seguridad procesal.
Con la aprobación de esta enmienda legislativa, los representantes populares nayaritas hacen de la notificación procesal y el exhorto  judicial, actos más seguros, transparentes, confiables y eficaces, en beneficio de las partes y de los propios auxiliares de la administración de justicia, quienes contarán con un marco legal más propicio para desempeñar sus funciones.

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