sábado, 19 de octubre de 2013

Mediante Acuerdo Legislativo. CONGRESO ESTATAL FIJA CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LEYES DE INGRESOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

·         La Trigésima Legislatura, que preside el diputado Armando García Jiménez, asume el compromiso de coadyuvar con las autoridades municipales.

·         Cada una de las 20 iniciativas, será analizada con responsabilidad, puntual y minuciosamente.





Tepic, 18 de octubre del 2013.- Con el interés de asumir el pleno compromiso de coadyuvar con las autoridades municipales en el desarrollo de sus actividades y bajo un marco de respeto a su autonomía, en Sesión Pública Ordinaria realizada en la Sala de Plenos “Licenciado Benito Juárez García” del Congreso del Estado,  los integrantes de la Trigésima Legislatura, que preside el diputado Armando García Jiménez, aprobaron por unanimidad, el acuerdo mediante el cual se establecen los criterios técnico-legislativos para la elaboración y presentación de las iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2014.



Este acuerdo, emitido por la Comisión de Hacienda, Cuenta Pública y Presupuesto, proporciona referencias del marco jurídico aplicables a esta obligación que año con año deben cumplir cada uno de los 20 Ayuntamientos de la entidad; misma en el que se señala como fecha límite para presentar su Ley de Ingresos el día 15 de noviembre.
La Ley de Ingresos Municipal, es un instrumento que proyecta y proporciona sustento a las contribuciones que habrán de recaudarse en el lapso de un año por concepto de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o incluso derivado de algún financiamiento; cantidades estimadas que deben guardar correspondencia con los gastos proyectados a erogar en el mismo periodo.
Es por ello que cada uno de los Ayuntamientos deberán enviar al Poder Legislativo esta iniciativa, exponiendo en ella con claridad, los argumentos razonados y acompañados de referencias legales y cuantitativas, las causas por las cuales proponen incrementar o disminuir alguna tasa, cuota o tarifa; omitir algún concepto, o dar trato preferencial a algún tipo de contribuyente que motive la imposición de alguna cuota.

Cabe hacer mención que las iniciativas que envíen los Ayuntamientos deberán considerar las tarifas que se aplicarán por los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento; así como el estudio técnico previamente aprobado por la Junta de Gobierno.

Uno de los criterios que se deben de tomar en  cuenta para la elaboración de cada una de las iniciativas de la Ley de Ingresos para el 2014; son la Estructura de la Iniciativa que contempla la exposición de motivos, establecer el objeto de la Ley, ámbito de aplicación, ejercicio fiscal en que se aplicará, índice temático, estimado de ingresos y cuerpo normativo.

Con la aprobación de este acuerdo, permite a los Ayuntamientos la optimización del tiempo requerido para analizar cada una de las iniciativas, si no que coadyuve a expedir leyes fiscales municipales de mayor calidad.

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