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El PRI, cuenta con 16 legisladores; el PAN cuatro
diputados; legisladores sin Partido cuatro; el PRD con dos representantes
populares; el Partido Nueva Alianza con dos y Verde Ecologista de México uno.
Tepic, 13 de abril del 2014.- Con la votación unánime de las diputadas y
diputados, se aprobó el acuerdo mediante el cual se reforma y se declara la
Constitución de los Grupos y Representaciones Parlamentarias de la Trigésima
Legislatura al Congreso del Estado de Nayarit.
La modificación de la Constitución de los Grupos y Representaciones
Parlamentarias, se originó en base a que el pasado 6 de abril la Asamblea
Legislativa aprobó las solicitudes de licencia presentadas por 12 representantes
populares nayaritas.
En esta virtud; el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, está integrado por los representantes populares; María Luisa
Espinoza Martínez, Yara Liz González Padilla, Cristóbal López Benítez, Mateo González Leal, Antonio López Arenas,
Pedro Sánchez Partida, Juan Alberto Ramos Hernández; así como Águeda Galicia
Jiménez, Carlos Alberto Saldate Castillón, Hugo Alejandro Galván Araiza, Pedro
Tello García, Antonio González Huizar, Fernando Ornelas Salas, Omar Reynozo
Gallegos, Alejandro Tapia Flores y Armando García Jiménez; Coordinador
Parlamentario.
Los legisladores Francia Arcelia Jauffred García, Clemente Ulloa Arteaga,
Erika de la Paz Castañeda Contreras y Rafael Valenzuela Armas; integran la Fracción
Parlamentaria del Partido Acción Nacional.
El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, será
coordinado por la legisladora María Dolores Porras Domínguez y se integra a
esta Fracción el diputado José Vladimir
Valenzuela Barrutia.
Los representantes populares sin partido en esta Trigésima Legislatura,
son: la diputada María del Rocío González Arriola; el Diputado Carlos Amador
Jaime Nolazco, el diputado Carlos Carrillo Santana y el diputado José Santos Rentería de la Cruz.
Ante esta decisión, la Comisión de Gobierno, que preside el diputado
Armando García Jiménez, ha sido respetuosa de la voluntad expresada por los legisladores,
petición que jurídicamente es viable, así se señala en el artículo 44 del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, por lo que se dan
las condiciones de autorizar los efectos conducentes políticos,
operativos y administrativos.
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