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Acata Consejo General resolución del
Tribunal Electoral y determina que tanto el Presidente de la República como a
las y los titulares de los poderes ejecutivos en las entidades prescindan de
tópicos relacionados con el tema electoral
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El acuerdo atiende lo previsto en la
Constitución en sus artículos 134 y 41 que rigen los procesos electorales en
nuestro país
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La medida se adopta ante una conducta reiterada
y sostenida por parte del Ejecutivo Federal
El
Instituto Nacional Electoral (INE) definió los alcances de la tutela
inhibitoria para salvaguardar la obligación que le impone la Constitución al
Ejecutivo Federal y a las y los titulares de los poderes ejecutivos en las
entidades de conducirse con neutralidad e imparcialidad que garantice que los
procesos electorales en curso se desarrollen en condiciones de equidad y
libertad.
Al
acatar la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF), el Consejo General declaró procedente esta medida cautelar
con la que no se pretende sancionar al Ejecutivo, sino frenar una conducta que
puede generar un desequilibrio en la contienda o en las preferencias
electorales.
En la
sesión, el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello afirmó que la
delimitación que establece el proyecto no sólo es congruente con lo plasmado en
la Constitución en su artículo 134, sino también con la actuación que ha mantenido
el INE a lo largo del tiempo con independencia del partido que esté en el
gobierno.
“Busca
que lo que ocurrió en 2006 nunca más nos vuelva a pasar; es decir, que un
funcionario público de primer nivel ponga en riesgo la equidad en la contienda
electoral. En ese entonces el Presidente Vicente Fox, con sus recurrentes
intervenciones buscando incidir en el voto ciudadano, puso en riesgo la
elección”, agregó.
Por
ello aseveró que el acuerdo no dice si el Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos puede o no realizar conferencias de prensa, o si puede o no
expresarse e informar a la ciudadanía, sino que establece si puede o no
intervenir con sus comentarios o dichos a favor o en contra de algunos de los
contendientes de la elección con el propósito de incidir en el voto ciudadano, lo
que prohíbe la Carta Magna.
Córdova
Vianello refirió que esta disposición ha estado vigente durante 13 años y ha
regido durante cuatro Procesos Electorales Federales y tres gobiernos emanados
de partidos diferentes que en su momento fueron objeto de un señalamiento
cuando violaban el marco constitucional.
“Entre
los funcionarios públicos respecto de los que se
determinaron violaciones constitucionales o la emisión de medidas cautelares
hay que incluir a quienes fueron, en su momento, Presidentes de la República,
Felipe Calderón, primero, y Enrique Peña Nieto, después”, puntualizó.
Los
parámetros aprobados
El
acuerdo establece que entre las manifestaciones que puedan implicar una posible
trasgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el
artículo 134 Constitucional destacan:
·
El ejercicio de las prerrogativas de los
partidos políticos (financiamiento público y acceso a radio y televisión).
·
Vida interna de los partidos políticos
nacionales y locales.
·
Candidaturas de partidos políticos e
independientes (registro, postulación, entre otros).
·
Cargos de elección federal y local.
·
Etapas del Proceso Electoral Federal y locales.
·
Frentes, coaliciones electorales, fusiones,
alianzas nacionales o locales.
·
Plataformas electorales.
·
Campañas electorales.
·
Estrategias electorales de cualquier fuerza
política nacional o local, así como a encuestas de intención de voto o
preferencias electorales.
Sin equidad se ponen en riesgo las elecciones
El
presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, Ciro Murayama aseguró que este
acuerdo busca delinear los parámetros que le permitan al Presidente expresarse
en sus conferencias de manera neutral, sin posicionamientos o valoraciones
favorables o adversas a cualquier actor político-electoral, ya sea en lo federal
o en lo local.
“Sin
equidad se ponen en riesgo las elecciones, por ello hay que observar el deber
de neutralidad que tienen los gobernantes, hayan llegado al poder por el
partido que sea”, sentenció.
A
petición de la Consejera Carla Humphrey, las medidas se hicieron extensivas a
los ejecutivos estatales y, en general, a todos los servidores públicos de todo
órgano y nivel de gobierno, a pesar de que ya existe un antecedente vigente.
De
esta manera, el acuerdo ordena “a las y los titulares de los poderes ejecutivos
de las entidades federativas y a todas las personas servidoras públicas de
cualquier nivel u orden de gobierno, se abstengan de realizar conductas que
involucren manifestaciones cuyo contenido pueden ser de naturaleza electoral
señaladas de forma enunciativa más no limitativa en el apartado de Efectos, del
presente Acuerdo”.
La propuesta
fue respaldada por el Consejero Uuc-kib Espadas, quien consideró que el acuerdo
no puede personalizarse y, por tanto, debe ser extensivo a todo funcionario
público, lo cual fue avalado por el Consejo General.
También
cuestionó la postura asumida por el partido en el poder, luego de que en el
2019 el propio Gobierno Federal acató la disposición sin ningún tipo de
protesta ni resquemor, por lo que cuestionó que se pueda decir que las
limitaciones son un exceso.
En su turno,
la Consejera Dania Ravel señaló que esta medida preventiva fue considerada por
el propio TEPJF que, luego de revocar una medida cautelar concedida por la
Comisión de Quejas, dictó una tutela preventiva al Presidente de la República
para que se abstuviera de realizar expresiones de carácter político-electoral y
estableció la tutela inhibitoria al vincular a los titulares de los Poderes
Ejecutivo Federal, Estatal y Municipal.
“Sus
expresiones, en buena medida, propiciaron que se previeran disposiciones
legales tendientes a evitar que funcionarios públicos de cualquier nivel
dañaran la equidad y la neutralidad en la contienda electoral”, dijo.
Sala Regional
Especializada determinó que las llamadas “mañaneras” tienen cualidades de
propaganda
La Consejera
Claudia Zavala recordó que la propia Sala Regional Especializada determinó
desde 2019 que parte del modelo de comunicación actual que genera las llamadas “mañaneras”,
corresponde y tiene cualidades de propaganda gubernamental, acuerdo que ha sido
impugnado y se está a la espera de un pronunciamiento final por parte de la
Sala Superior del TEPJF.
Ello,
expresó, es lo que obliga al Consejo General a cumplir con la disposición de la
Sala Superior en atención a lo que señala la Constitución en su artículo 134
para definir algún probable ilícito, aunque esto será de forma temporal, hasta
en tanto la Sala Superior defina el significado de este nuevo modelo de
comunicación que se ha elegido desde la Presidencia de la República.
Al
respaldar el acuerdo, el Consejero Martín Faz coincidió en la necesidad de
dictar esta medida precautoria en su modalidad de tutela preventiva
inhibitoria, ante la posible afectación al principio de equidad. Resaltó que
hasta el momento ninguna autoridad jurisdiccional ha determinado que alguna de
las declaraciones de naturaleza electoral, que el Titular del Ejecutivo ha
manifestado durante el desarrollo de las conferencias matutinas, sea ilícita o
provoque algún grado de inequidad.
Igualmente
solicitó que en los tópicos sobre los que se pidió al Presidente, Gobernadores
y servidores públicos en general prescindir de abordar, se considere si existe
o no la posible o aparente finalidad de beneficiar o perjudicar alguna opción
política electoral.
El Consejero
José Roberto Ruiz externó su rechazo al proyecto por considerar que la orden
del Tribunal es que sea el Consejo General quien conozca y resuelva las medidas
cautelares en temáticas como las que se ocupan y no, como se ordena al final
del proyecto, para que los asuntos recaigan nuevamente en la Comisión de Quejas
y Denuncias.
La Consejera
Adriana Favela habló sobre las diferencias en que ha incurrido el propio Presidente
en sus expresiones sobre las distintas coaliciones que se conformarán para el
Proceso Electoral Federal en curso, obligando a la autoridad a pronunciarse
sobre un tema que puede incidir en los comicios.
Hizo
un llamado a todos los involucrados en materia electoral, personas y servidores
públicos ya que “de nosotros depende que estas elecciones sean las más
equitativas, donde haya mayor participación y donde realmente no se ponga en
duda la validez de ninguna de las elecciones”.
El Consejero
Jaime Rivera explicó que esta tutela inhibitoria funciona como una forma de
prevención, ya que no es un hecho totalmente aislado, sino que ha tenido
precedentes y, por lo tanto, puede tenerse la expectativa de que se repita.
"No
se trata de censura y tampoco se trata de decisiones discrecionales del
Instituto, ni de este Consejo ni de su Comisión de Quejas, se trata de aplicar
la Constitución tal como hoy está vigente", apuntó.
Consejeras
y consejeros rechazan por unanimidad solicitud de recusación de Morena
Previo
a la discusión del acuerdo, el Representante de Morena, Sergio Gutiérrez Luna
presentó una solicitud de recusación para que ni el Consejero Presidente,
Lorenzo Córdova, ni el Consejero Ciro Murayama participaran en la discusión del
punto. La solicitud de Gutiérrez Luna fue rechazada por unanimidad por las y
los integrantes del Consejo General.
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