• El 31 de enero vence el plazo para
manifestar la intención de contender por diputaciones e integrantes de los ayuntamientos
Sin registro
de aspirantes concluyó este 11 de enero el plazo para la recepción de escrito
de manifestación de intención para la candidatura independiente a la
gubernatura, por lo que —para ese puesto de elección popular— en el actual
Proceso Electoral Local sólo participarán candidatos de trece partidos
políticos, diez nacionales y tres locales.
Para los
ciudadanos interesados en contender de manera independiente para los cargos de
diputados e integrantes de los ayuntamientos, el plazo para la recepción del
escrito de manifestación de intención finaliza el próximo 31 de enero, por lo
que aún hay tiempo de cubrir este requisito ante el Instituto Estatal Electoral
de Nayarit (IEEN).
El presidente
del IEEN, José Francisco Cermeño Ayón, así como las y los consejeros
electorales invitaron a la ciudadanía interesada en participar en el proceso
electoral mediante esta vía a visitar la página web
http://ieenayarit.org/html/registroci.php, en donde podrán consultar la
convocatoria correspondiente, así como los formatos que deberán llenar y presentar
ante el organismo electoral, el presidente resalto los trabajos que se están
realizando en comisiones, en este caso de los integrantes de la comisión
temporal de candidaturas independientes.
El funcionario
electoral precisó que, si se concreta alguna manifestación de intención para
diputados o integrantes de los ayuntamientos, el 5 de febrero se entregaría la
constancia de aspirante y, del 3 de febrero al 22 de febrero, sería el periodo
en que tendría que recabar el apoyo ciudadano, con base en la lista nominal de
electores, con corte al mes de diciembre del año previo al de la elección.
Para la
fórmula de diputaciones por el principio de mayoría relativa, el apoyo
ciudadano deberá ser, cuando menos, del 2 por ciento de la lista nominal
correspondiente al distrito en que se postule, en tanto que para la planilla de
la presidencia y sindicatura deberá ser de, cuando menos, el 2 por ciento de la
lista nominal correspondiente al municipio en que se postulen.
Para las
fórmulas de regidurías por el principio de mayoría relativa deberá ser de
cuando menos el 2 por ciento de la lista nominal correspondiente a la
demarcación en que se postule.
En los tres
casos, el porcentaje deberá estar integrado por ciudadanas y ciudadanos de por
lo menos la mitad de las secciones electorales.
El apoyo
ciudadano deberá ser recabado por medio de la aplicación móvil desarrollada por
el Instituto Nacional Electoral y, en caso de que acrediten estar en los
supuestos de excepción previstos en los lineamientos para el registro de la
ciudadanía aspirantes a candidaturas independientes aprobado por el Consejo
Local, lo podrán recabar utilizando la cédula física de la relación de apoyo
ciudadano, en los formatos proporcionados por el Instituto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario