La Comisión
de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente
la solicitud de Morena para emitir medidas cautelares en contra del Partido
Revolucionario Institucional (PRI) por la difusión del promocional denominado
“BARREDORA” pautado en sus versiones para televisión RV00826-20 y radio, pues a
dicho del partido desalienta la simpatía del electorado y perjudica a Morena,
afectando con ello la equidad en la contienda comicial.
Del análisis
preliminar del material mencionado, bajo la apariencia del buen derecho, la
Comisión consideró que no existen elementos que justifiquen ordenar la
suspensión de su difusión o su retiro.
Los
integrantes de la Comisión destacaron que, por congruencia de los criterios
sostenidos en las sesiones anteriores, en donde se ha permitido la difusión de
promocionales que reivindican acciones de gobierno como es el caso del spot “VACUNA”
pautado por Morena, resulta válido que también existan promocionales críticos a
los actos de gobierno y su partido. Lo anterior, sin dejar de observar que
sigue pendiente la resolución sobre el fondo del asunto por parte de la Sala
Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF), a la cual le corresponde determinar si es válida o no la
temática del contenido del promocional denunciado durante la etapa de precampañas.
Por otra
parte, en la misma sesión se analizó la medida cautelar solicitada también por
Morena en contra del Partido de la Revolución democrática (PRD), por la
difusión del promocional denominado “ALIANZA” en sus versiones de televisión RV00816-20
y radio RA01005-20, por considerar uso indebido de la pauta y actos anticipados
de campaña.
La Comisión
determinó en este caso sí otorgar las medidas cautelares puesto que, en el
promocional denunciado, se hace referencia a la conformación de una alianza de
tres partidos políticos PRI, PAN y PRD, con miras a la próxima integración de
la Cámara de Diputados. Una vez más, los integrantes de la Comisión refirieron
que, por congruencia de criterio, dado que en el pasado inmediato se ordenó el
retiro del anuncio “TUMOR” donde Morena hacía referencia crítica a la coalición
del PRI, PAN y PRD, no correspondería dejar al aire un anuncio favorable a la conformación
de dicha coalición. Ello, porque ya la Sala Especializada del TEPJF señaló que
la referencia a las coaliciones electorales en los anuncios es propia de la
etapa de campañas, la cual inicia hasta el mes de abril próximo y no antes.
El colegiado ordenó
al PRD sustituir el promocional “ALIANZA”
en sus versiones de televisión y radio, con material genérico o de
reserva, en un plazo no mayor a seis horas. También mandató a las
concesionarias de radio y televisión detener la transmisión del promocional
mencionado en un plazo que no exceda las 12 horas, así como realizar la
sustitución de dicho material con el que indique esta autoridad electoral.
Ambos asuntos
se resolvieron por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y
Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión
de Quejas y Denuncias.
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