La Comisión de Quejas y Denuncias del
Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de medidas
cautelares formulada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del promocional
pautado por Morena, denominado “PASADO DE BC”, en sus versiones de radio y
televisión RA00063-21 y RV00033-21, ya que, a decir del quejoso, constituye uso
indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y calumnia al PAN.
En la discusión del asunto, los
integrantes señalaron que el día de hoy la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la revisión del
procedimiento especial sancionador relacionado con el promocional denominado “TUMOR”,
en el que determinó revocar la decisión de la Sala Regional Especializada, la
cual había considerado que el contenido de ese promocional era propaganda
electoral cuya difusión no puede realizarse previo al inicio de las campañas
electorales.
Bajo esta premisa y dado que el
contenido del promocional “PASADO DE BC” era muy similar al del spot denominado
“TUMOR”, se consideró declarar improcedente la medida y retomar el primer
criterio de la Comisión de Quejas y Denuncias, que consideró que es un
promocional de contenido genérico y, por tanto, valida su difusión en la etapa
que ahora está en curso, que corresponde a las precampañas.
La Comisión hizo un recuento del
andamiaje impugnativo del promocional “TUMOR” y de los vaivenes de criterios, haciendo
hincapié que regresan a su criterio original, que fue decantarse por la
improcedencia.
El asunto fue resuelto por unanimidad
de votos de las Consejeras Adriana Favela
y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la
Comisión de Quejas y Denuncias.
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